Resumen del modulo 1 de Derecho Constitucional
Enviado por Eric • 4 de Octubre de 2018 • 5.538 Palabras (23 Páginas) • 494 Visitas
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Constitución de los Estados Unidos de 1787
Con ella se inició una nueva etapa en la historia institucional, sirviendo como modelo para los constituyentes de la generalidad de los estados del mundo, en especial de América. Es la primera constitución que establece:
- Su supremacía sobre todo el ordenamiento jurídico
- La creación del Estado federal
- La República con separación, equilibrio y contralor de los poderes
- La administración de la justicia como poder del Estado y con la facultad de controlar la supremacía constitucional
- La declaraciones de los derechos
La revolución francesa
Constitucionalismo francés
Ha sido también precursor del constitucionalismo clásico. A partir de la revolución de 1789, con la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, ejerció influencia a través de todas constituciones y documentos que se fueron sucediendo desde fines del siglo XVIII y durante el siglo XIX.
La declaración de los derechos individuales y la división de los poderes integran una superlegalidad constitucional.
La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano disponía: “toda sociedad en la cual no esté asegurada la garantía de los derechos ni determinada la separación de los poderes, carece de Constitución”
Postulados del constitucionalismo clásico
- La organización política tiene como finalidad la protección de los grandes objetivos de libertad, seguridad y propiedad.
- Dicha organización política se asienta sobre dos principios: a) los derechos y garantías individuales; y b) la división y equilibrio de los poderes.
- Lo anterior se prescribe en una Constitución, elaborada como fruto deductivo de la razón y formulada en un texto escrito, solemnemente proclamado y rígido.
- Esta Constitución es una ley de garantías y suprema, porque es la fuente última de validez de todo el ordenamiento jurídico (superlegalidad o supremacía constitucional)
- Surge el Estado de derecho, regido por la racionalidad de las normas jurídicas; la voluntad de la ley por encima de la del monarca; poder limitado y racionalizado por el derecho.
- El poder debe estar dividido y equilibrado: PE, PL y PJ teniendo presente que el PL es la expresión máxima de la soberanía y de la voluntad popular.
- Afirmación del sistema representativo y republicano.
- En lo social prima el individuo, en lo político el ciudadano.
- Estado liberal, abstencionista, no intervencionista y gendarme.
Expansión y crisis del constitucionalismo clásico.
El proceso constitucionalizador se difundió y expandió en Europa y América. La Constitución escrita, fundamental y suprema vino a ser una necesidad del Estado liberal moderno. La difusión del constitucionalismo siguió de modo bastante paralelo la curva de la industrialización, ya que fue la clase media quien, además de realizar la revolución industrial, demandó el gobierno constitucional.
No obstante, las profundas modificaciones que se produjeron en la sociedad a partir de la mitad del siglo XIX como consecuencia de la revolución industrial, gravitaron en el constitucionalismo, lo democratizaron, ampliando el ámbito funcional del poder del Estado. Declina el liberalismo político y acrecen los procesos de socialización. El Estado abstencionista no satisface las necesidades de la época, ya que el juego de las libertades y la supuesta armonía que de sus competencias se esperaba, no se produjeron.
- EL CONSTITUCIONALISMO SOCIAL
Surgimiento
La cuestión social
La marginación de grandes masas de trabajadores y el deterioro de sus relaciones con el capital, provocan la irrupción de la llamada cuestión social, que reclama del Estado no sólo la protección de la libertad, sino además, el aseguramiento y promoción de la justicia social.
Sigue la libertad como valor vigente y supremo don; pero la perspectiva del constitucionalismo clásico entró en crisis, porque entró en crisis el liberalismo pues dejó de ser una creencia predominante y fundamento del constitucionalismo. Entró en crisis la idea de la legalidad y su raigambre racionalista: la ley objetiva, inmutable, formal, impersonal.
Esta concepción del derecho como pura normatividad legal sufrió un impacto contundente con las doctrinas que tenían en cuenta también las realidades individuales y sociales, y que golpeaban a las instituciones establecidas.
El enfoque socialista
Frente al enfoque individualista que sostiene que el Estado debe circunscribir su acción al mínimo indispensable, surge entonces la concepción socialista, que proclama como esencial la intervención del Estado y que, en la relación del capital con el trabajo, no ve sino una lucha de clases que debe concluir en la dictadura del proletariado.
La doctrina social católica
El constitucionalismo, nacido originariamente bajo el signo del individualismo, evoluciona rápidamente hacia lo social, meta a la que va a acercarse en los últimos tiempos bajo la forma del constitucionalismo social.
En esta nueva posición, la otra corriente ideológica que influye decisivamente, es la doctrina social católica. Esta condena la lucha de clases porque hace fuerza a los que legítimamente poseen; pervierte los deberes del Estado e introduce una completa confusión entre los ciudadanos, ya que los ricos y los trabajadores se necesitan mutuamente. Sostiene la propiedad individual y propicia la familiar. Le otorga una principal función gerencial al Estado en la consecución del bienestar general y establece los derechos fundamentales del trabajador: remuneración suficiente, limitación de la jornada laboral, descanso y vacaciones, asociación gremial, etc.
Primeras recepciones constitucionales
Toda esta compleja y vital problemática social, comienza a ser receptada por las constituciones que siguen la primera posguerra mundial de 1914, asumiendo no solamente la estricta problemática política,
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