SANCIONES CONTEMPLADAS POR LA LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA
Enviado por Helena • 23 de Marzo de 2018 • 1.250 Palabras (5 Páginas) • 517 Visitas
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Y por haber incurrido en algún otro tipo de infracción se aplicarán las siguientes sanciones:
Concentración ilícita
Por haber incurrido en este tipo de práctica.
DESCONCENTRACIÓN parcial o total de dicha concentración.
MULTA hasta por el equivalente al 8% de los ingresos del Agente Económico.
Por participar, directa o indirectamente, en representación o por cuenta y orden de persona moral.
INHABILITACIÓN para ejercer cargos directivos y de representación de una persona moral hasta por 5 años.
MULTA hasta por el equivalente a 180 mil veces el salario mínimo
Concentración que debieron ser notificadas
Por no haber notificado una concentración que la LFCE establece ser notificada.
MULTA de hasta 5 mil veces el salario mínimo y hasta el equivalente del 5% de los ingresos del Agente Económico
Por intervenir como fedatario público en los actos relativos a una concentración sin haber sido autorizada.
MULTA hasta por equivalente a 180 mil veces el salario mínimo
Insumos esenciales y barrera a la competencia
Existencia de insumos esenciales que generan efectos anticompetitivos o de barreras indebidas a la competencia.
Ordenar medidas para regular el acceso a los insumos esenciales o para eliminar la barrera a la competencia.
Por incumplimiento de la regulación establecida respecto al insumo esencial o la orden de eliminar la barrera.
MULTA hasta por equivalente al 10% de los ingresos del Agente Económico.
Incumplir con las resoluciones de la Comisión
Por haber incumplido con las condiciones fijadas en la resolución de una concentración.
MULTA hasta por equivalente al 10% de los ingresos del Agente Económico.
Por haber incumplido la corrección, supresión, desconcentración parcial o total de una concentración ilícita fijada en la resolución.
MULTA hasta por equivalente al 8% de los ingresos del Agente Económico.
Mal manejo de información o declaraciones falsas
Por haber declarado falsamente o entregado información falsa.
MULTA hasta por el equivalente a 17 mil veces el salario mínimo.
Por alterar, destruir o perturbar de forma total o parcial documentos, imágenes o archivos electrónicos.
PRISIÓN por un plazo de 1 a 3 años y de 500 a 5 mil veces el salario mínimo.
CONCLUSIÓN
Posterior al análisis de las sanciones establecidas en la Ley en comento y al compararlas con el monto de la licitación para la adquisición de servicios integrales de laboratorio y diagnóstico realizado por el IMSS, nota periodística que me permitió tener un panorama en cuanto al costo beneficio que pudiera obtener un Agente Económico por la realización de prácticas anticompetitivas, concluyo que para que las sanciones contempladas en la LFCE cumplan con su objetivo de disuadir, las multas deberían ser aún mayores al beneficio que pudiera obtener el Agente Económico por incurrir en prácticas monopólicas o concentraciones ilícitas, porque estas lejos de cumplir su objetivo pudieran incentivar a la práctica de dichas acciones.
BIBLIOGRAFÍA
Ley Federal de Competencia Económica (Publicada el 23 de mayo de 2014)
Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE)
https://www.cofece.mx
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