SISTEMA ARMONIZADO. ORIGEN Y EVOLUCIÓN
Enviado por Jerry • 8 de Noviembre de 2017 • 1.080 Palabras (5 Páginas) • 1.080 Visitas
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ACETICO).
2002.10.00 -Tomates enteros o en trozos.
2002.90.00 -Los demás.
6. NOTAS LEGALES
Representan un conjunto de disposiciones jurídicas, las cuales precisan el contenido y el alcance de las secciones, capítulos o subpartidas de la nomenclatura. Los tipos de notas legales son las siguientes:
- Definitorias: Indican las características de las mercancías a que se refiere una determinada partida.
- Ampliativas: Indican hasta que productos de mercancías se extiende la nomenclatura o una nomenclatura determinado.
- Restrictivas: Señalan limitaciones a ciertas mercancías que podrían clasificarse en una determinada partida, y que son incluidas en otras dependiendo de los criterios de clasificación.
- Clasificatorias: Indican que productos están clasificadas dentro de una determinada o cuando sea de una misma naturaleza, especie o tengan el mismo uso de aplicación.
- Excluyentes: Muestran que tipos o clases de mercancía deben excluirse de una determinada partida.
- Incluyentes: Indican que productos están clasificados o incluidos dentro de una determinada partida.
- Explicativas: Indican con mayor precisión y certeza donde deben ubicarse determinadas mercancías, dependiente de las reglas de interpretación dentro del Sistema de la Nomenclatura como del arancel.
7. REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS DE CLASIFICACION
REGLA 1: Los títulos de las secciones de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas de las notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y notas de acuerdo con las reglas siguientes:
REGLA 2: a)Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada alcanza al artículo incluso incompleto o sin terminar, siempre que esté presente las características esenciales del articulo completo o terminado, o cuando se presente desmontado. b) Cualquier referencia a una materia en una partida determinada alcanza a dicha materia incluso mezclada o asociada con otras materias; las manufacturas de una materia determinada alcanza también a las constituidas total o parcialmente por dicha materia.
REGLA 3: a)La partida con descripción más específica tendrá prioridad sobre las partidas de alcance más genérico; cuando dos o más partidas son igualmente específicas, la clasificación se realiza conforme a la regla siguiente: (b) En productos mezclados o compuestos: la materia prima que le da al producto el carácter esencial. c) Cuando no se pueda clasificar por las reglas anteriores, la mercancía se clasificara en la última partida por orden de numeración entre las susceptibles de tenerse en cuenta.
REGLA 4: Las mercancías que no puedan clasificarse aplicando las reglas anteriores se clasifican en la partida que comprenda aquellas con las que tenga mayor analogía.
REGLA 5: a) Los estuches para cámaras fotográficas, instrumentos musicales, armas, instrumentos de dibujos, collares y continentes similares, se clasifican con dichos artículos. b) La regla anterior, no es obligatoria cuando los envases sean susceptibles de ser utilizados razonablemente de manera repetida.
REGLA 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de las subpartidas así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores.
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