TEMA: ENSAYO SOBRE VIOLACION ENTRE CONYUGES EN TERMINO AL CODIGO PENAL DE PUEBLA.
Enviado por Ledesma • 25 de Mayo de 2018 • 2.309 Palabras (10 Páginas) • 516 Visitas
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Si bien el problema tiene su origen a raíz del mal comportamiento que demuestra el ser humano dentro de la sociedad por que cual quiera de los consortes puede ser sujeto activo o pasivo es claro precisar que esto surge a partir del seno familiar, tal vez por que sufrió de algún tipo de violencia o en su defecto era testigo acular de los actos que acontecían en casa referente a violencia y esto ocasiona que a cierta edad decida formar una familia pero imitando lo que veía en casa, es por eso que hay que acentuar que en casa se aprende a respetar a nuestros semejantes; retomando el ámbito jurídico la suprema corte de justicia de la nación a través de una serie de casos de los cuales toma vista sobre el problema del que hemos venido hablando decide crear una jurisprudencia con ámbito de validez oficial con el propósito de que este delito fuese sancionado alegando que toda persona tiene derechos reales sobre su propio cuerpo decidiendo cuando realizar y cuando no realizar actos sexuales referentes al tema del que hemos estado versando la investigación, así se llegó a la conclusión que es delito si se conjuga ya que se transgreden esos derechos sobre el cuerpo que posee la persona. La trascendencia que tuvo esta resolución hizo que se tomara en cuenta este acto como equiparación en el delito de violación es decir con algún tipo de agravante un claro ejemplo que podemos citar es el código de defensa social del estado libre y soberano de puebla que en su artículo 269 fracc. VII. Ya que nos señala Además de las sanciones que señalan los artículos que anteceden, se impondrán de uno a seis años de prisión, cuando el delito de violación o su equiparable fueren cometidos; fracc. VII. Por un cónyuge contra el otro o entre quienes vivan en la situación prevista por el artículo 297 del Código Civil del Estado. Además de este ordenamiento en el código civil del mismo Estado este delito es causal de divorcio necesario tal y como lo señala el artículo 454 en su fracción segunda apartado D, así pues podemos darnos cuenta de todo lo que lleva inmerso un acontecimiento social como este la trascendencia que tuvo desde su decreto hasta nuestros días, esto nos deja en claro que nadie puede tomar posesión sobre nuestro propio cuerpo ni siquiera nuestro cónyuge, ya que estaría violando un mandato de ley.
CONCLUSIÓN
Después de todo lo analizado y expuesto con anterioridad podemos llegar a que el delito de violación entre cónyuges, nace a través de la mala influencia que se tiene sobre la persona y que lo hace delinquir ya que afecta su pensar, haciendo que obre de mala manera, si bien en el seno familiar es donde se dan los primeros pasos para el buen desarrollo de la personalidad no hay que dejar de lado los elementos externos que hacen influir dentro de la psique del individuo como lo son los programas con contenido sexual dentro de la televisión, internet, periódicos y revistas ya que estos despiertan el interés sobre conocer más sobre los actos sexuales, esto al paso del tiempo que el ser humano comienza a interactuar con otras personas crece más su interés así hasta llegar a un punto en el que crea una familia y trata de cumplir todas sus fantasías sexuales todo dependiendo de la situación en la que se vea inmersa el sujeto ya sea estando bajo los influjos del alcohol, o algún tipo de droga o bien realizándolos con todo el dolo posible estando en completa sobriedad. La violación de un consorte a otro no tendría por qué ser penado si nos basáramos a los principios sobre los que versa el amor o el por qué se contraen nupcias pero como ya lo hemos señalado las personas son cambiantes en su personalidad así que es mal visto este tipo de actuar ya que no tendría por qué verse o escucharse, de este modo el mejor método para terminar con este tipo de situaciones seria que a la primera detección de abuso lo más conveniente sería denunciar para evitar daños posteriores y que se llegue a un punto en el que ya no halla retroceso por parte del agresor.
FUENTES DE CONSULTA
1.- Código civil del estado libre y soberano de puebla, 1era edición de estos ordenamientos, en un solo volumen, editorial Cajicá, Puebla, puebla, 2012.
2.- Suprema Corte de justicia de la nación, temas selectos de derecho familiar, sistema bibliotecario de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, primera edición noviembre del 2010.
3.- Claudia Fernández Jiménez, comentario delito de violación entre cónyuges, anuario jurídico nueva serie, 1994.
4.- Lilia Mónica López Benítez, acceso de las mujeres a la justicia violación entre cónyuges desde la perspectiva de la equidad de género, revista del instituto dela judicatura federal.
5.- Libertad como derecho, Eduardo García Máynez
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