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Tema: ESTATUTO DE UNA FUNDACIÓN

Enviado por   •  27 de Octubre de 2018  •  8.521 Palabras (35 Páginas)  •  293 Visitas

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Al existir entidades públicas con políticas encaminadas a cumplir los principios constitucionales del buen vivir y leyes que encaminan este proceso, nuestro país posee un gran número de instituciones basadas en la ley de economía popular y solidaria y en los caos que amerite controlada por la súper intendencia de economía popular y solidaria. Nuestro análisis se basara en las fundaciones que por lo general no tienen fines de lucro sino todo lo contrario, nacen para satisfacer necesidades sociales con su autogestión administrativa y financiera autónoma e independiente de instituciones gubernamentales. A nivel estatal, se usa para describir corporaciones que están organizadas para mejorar un interés público o comunitario en lugar de una ganancia individual personal o financiera. Por lo tanto, las organizaciones sin fines de lucro no pueden distribuir ganancias o pagar dividendos; cualquier excedente debe ser utilizado para promover las metas y objetivos de la organización. Sin embargo, a todas las organizaciones sin fines de lucro se les permite contratar a empleados a sueldo para administrar las actividades de la organización.

Marco teórico

CONCEPTOS Y FUNDAMENTOS NECESARIOS

¿Qué es una fundación?

La Fundación es una institución privada reconocida por la Ley y cuya finalidad consiste en prestar a la Sociedad unos determinados servicios considerados de interés público. Surgen por voluntad de una o varias personas, denominadas fundadores o instituidores, que adscriben un determinado patrimonio al cumplimiento de un fin de interés general. Para que surja la figura jurídica de la Fundación es necesario que se den los siguientes requisitos:

- La voluntad de constituirla, debidamente expresada a través de testamento o escritura pública.

- El patrimonio o dotación económica que permita el cumplimiento del fin que se propone.El fin perseguido, que debe ser siempre de interés general.

- Los Estatutos o normas de organización interna

Concepto jurídico de fundación

Una fundación es una persona jurídica de derecho privado cuya principal característica es ser una organización sin ánimo de lucro. Las asociaciones están dotadas con un patrimonio propio el cual es otorgado por sus fundadores, la fundación tiene la obligación de perseguir los fines que se encuentren establecidos en su objeto social, aunque también debe cuidar de su patrimonio como un medio para la consecución de los fines.

Estructura general de una fundación sin ánimo de lucro

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¿Qué es un estatuto?

En términos generales, entendemos por estatuto a aquel conjunto de leyes que se redactan y hacen públicas en una sociedad para ser respetadas y tomadas en cuenta por todos los ciudadanos de la región a la que se haga referencia. Sin embargo, yendo a mayores especificidades, podemos decir que el estatuto es una forma menor de leyes ya que por lo general se redacta en el marco de una región, ciudad o área específica, así como también puede ser el conjunto de leyes que rigen a una institución o entidad de manera particular. El estatuto, por tanto, puede encontrarse en la mayoría de los casos supeditado a un conjunto de leyes mayores como la constitución nacional de cada país. (DefinicionABC, 2017)

LAS FUNDACIONES SEGÚN LA LEY DEL ECUADOR

Procedimiento

¿Quién aprueba la constitución de una fundación o corporación?

Es facultad del Presidente de la República el aprobar la constitución de una fundación o corporación (Artículo 584 del Título XXIX del Código Civil). Sin embargo, por razones de orden práctico, esta atribución ha sido delegada a los Ministros de Estado (Decreto Ejecutivo 339 de 28 de noviembre de 1998 y Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, artículo 11 literal k), quienes de acuerdo a la materia de que se trate podrán aprobar los estatutos y las reformas de las mismas y podrán otorgar la personería jurídica.

¿Cuáles son los requisitos para obtener la aprobación de una fundación?

Para obtener la aprobación de una fundación, se deberá presentar una solicitud, dirigida al Ministro de Estado que corresponda o al Secretario General de la Administración Pública, firmada por el miembro fundador delegado para ello, adjuntando en un solo expediente, los siguientes documentos, debidamente certificados por el Secretario de la organización:

- Acta de la Asamblea Constitutiva de la organización en formación, suscrita por todos los miembros fundadores, la misma que deberá contener expresamente:

- La voluntad de los miembros de constituir la misma

- La nómina de la directiva provisional;

- Los nombres completos, la nacionalidad, números de los documentos de identidad y domicilio de cada uno de los miembros fundadores; y,

- La indicación del lugar en que la entidad en formación tendrá su sede, con referencia de la calle, parroquia, cantón, provincia e indicación de un número de teléfono, fax, o dirección de correo electrónico y casilla postal, en caso de tenerlos.

- Copia del correspondiente estatuto que deberá incluir la certificación del Secretario provisional, en la que se indique con exactitud la o las fechas de estudio y aprobación del mismo.

¿Cuál es el patrimonio mínimo para una fundación?

Las fundaciones deberán acreditar en una cuenta de integración de capital un patrimonio mínimo de USD 4.000 dólares.

¿Cuál es el contenido del estatuto de una fundación para su aprobación?

El estatuto de una fundación o corporación deberá contener al menos los siguientes puntos:

- Nombre, domicilio y naturaleza jurídica de la organización.

- Objetivos, fines específicos y fuentes de ingresos.

- Clase de miembros.

- Derechos y obligaciones de los miembros.

- Régimen disciplinario.

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