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ÁREA DE CIENCIAS POLÍTICAS Y JURÍDCAS PROGRAMA MUNICIPLAIZADO DE FORMACIÓN EN DERECHO

Enviado por   •  20 de Diciembre de 2017  •  8.632 Palabras (35 Páginas)  •  533 Visitas

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El concepto de jurisdicción debe ubicarse en el objeto de la misma y además, atender a la naturaleza substancial de esa función que la caracteriza, debiendo eliminarse de su concepto cualquier elemento distractor que impida establecer y determinar la categoría conceptual de lo que es y representa la jurisdicción, no sólo como función inherente a la acción y al acto final del proceso (sentencia), sino desde el punto de vista de su esencia misma

El Procedimiento Ordinario es bastante extenso y puede ser complejo incluso en su etapa de ejecución, por lo tanto se debe estudiar a fondo para lograr que se cumpla la justicia con objetividad y a través de un procesos que pueda ser ágil y con garantía de hacer valer los derechos de los ciudadanos o ciudadanas que en su debido momento soliciten la intervención de un tribunal de primera o segunda instancia.

DERECHO PROCESAL

Es la rama del derecho que estudia el conjunto de normas y principios que regulan la función jurisdiccional del estado y por tanto fija el procedimiento que ha de seguir para obtener la actuación del derecho positivo y que determinan las personas que deben someterse a la jurisdicción del estado y los funcionarios encargados de ejércela.

CONTENIDO DEL DERECHO PROCESAL

Se refiere al proceso o más concretamente a los procedimientos y por extensión a todo lo que tenga relación, por eso tradicionalmente se considera como parte integrante lo referente con la formación de los órganos jurisdiccionales que es más bien un derecho judicial.

El contenido del derecho procesal lo podemos agrupar en varios aspectos:

- una parte institucional que comprende las normas sobre la formación y funcionamiento de los órganos judiciales, su jurisdicción y competencia.

- un aspecto que agrupa lo relativo a las partes en el proceso regulando su capacidad, legitimación asistencia y representación.

- un aspecto real que se refiere a las acciones o más bien pretensiones, cuestiones previas, pruebas y, en fin, a los actos procesales.

- un carácter para judicial referente a los actos de jurisdicción voluntaria y a los casos de arbitraje.

RAMAS DEL DERECHO PROCESAL

Originalmente el derecho procesal está dividido en dos ramas: el derecho procesal civil y derecho procesal penal .pero de acuerdo a su naturaleza de la norma jurídica tenemos las ramas siguientes:

- Derecho procesal administrativo: estable los requisitos y maneras para la aplicación, impugnación o revocatoria de los actos administrativos de efectos generales o particulares.

- Derecho procesal tributario: establece los requisitos y trámites para hacer efectivos los tributos de los contribuyente del Fisco Nacional estados y municipal, y demás para impugnar los actos de la administración en materia tributaria.

- Derecho procesal militar: determina la aplicación de las penas y sanciones a las personas que están en los supuestos previstos en las leyes militares y demás organizador de la administración de justicia en materia penal-militar.

- Derecho agrario: tiene por objeto dirimir los asuntos contenciosos que se susciten con motivo de las leyes que regulan la propiedad de los predios rurales, las actividades de la agroindustria, los recursos naturales renovables en los fundos.

- Derecho procesal laboral: establece los requisitos para hacer valer los derechos y deberes derivados de las relaciones entre trabajadores y sus patronos.

- Derecho procesal constitucional: protege y hace efectivos los derechos y garantías constitucionales.

- Derecho procesal de niños y adolescentes: protege los derechos de los niños y adolescentes y regulan la función tuitiva del estado con motivo de los hechos punibles cometidos por los adolescentes.

DERECHO PROCESAL CIVIL

Es el conjunto de normas jurídicas que regulan: las relaciones jurídicas de los sujetos procesales y la aplicación de leyes civiles a los casos concretos de controversia de las partes.

NATURALEZA DEL DERECHO PROCESAL

La cuestión de saber si el derecho procesal forma parte del Derecho Público o del Derecho privado tiene importancia desde el punto de vista práctico porque en más legislaciones que consideran al derecho procesal civil como una rama del derecho público, acuerdan al juez amplias facultades en la dirección del proceso.

El derecho procesal civil forma parte del derecho público, ya que regula una función del estado.

CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO PROCESAL CIVIL

Constituye una rama autónoma de las ciencias jurídicas.

- Una característica particular del derecho procesal civil es la relación estrecha con el derecho civil, el hecho de afirmar la autonomía del derecho procesal civil no autoriza a negar sus vinculaciones con el derecho civil.

- Es común decir que el derecho procesal es un derecho formal, en cuanto no regula directamente el goce, uso o disfrute de un derecho o bien, sino que establece la forma de las actividades que deben realizarse para obtener del estado la garantizar o goce del bien.

- El derecho procesal civil se caracteriza como un derecho instrumental, en el sentido de no ser un fin en sí mismo, sino que sirve de instrumento para lograr la observación del derecho sustantivo.

TERMINOLOGÍA

- Parte: es toda aquella persona natural o jurídica que interviene en un proceso en defensa de un interés o derecho.

- Parte actora: es aquella que invoca la existencia de un derecho a su favor.

- Parte demandada: es aquella frente a la cual se invoca la pretensión de la actora.

- Acusación en el derecho procesal penal: es poner en conocimiento del órgano jurisdiccional la comisión de un hecho punible imputable a una persona determinada.

- Denuncia: acto por el cual se pone en conocimiento a la autoridad, de un hecho sancionado en las leyes, para que se averigüe y determine quién es el responsable y se le castigue.

- En materia penal las partes se denominan :

Acusador o querellante: es la parte que introduce ante el órgano jurisdiccional

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