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. ADQUISICION DE LA JURISDICCION- SUSPENSION DE LA JURISDICCION.

Enviado por   •  17 de Agosto de 2018  •  3.531 Palabras (15 Páginas)  •  932 Visitas

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- la rama ejecutiva en ocasiones tiene función judicial.

Función legislativa

Función jurisdiccional

1. es abstracta. No tiene destinatarios específicos.

1. es concreta. Está dirigida a las partes.

2. es creativa. Crean una situación.

2- es declarativa. Declara un derecho.

3.la ley es general. Se dirige a todos los ciudadanos.

3. es particular o específica. Se dirige a las partes, salvo unas sentencias que tienen efectos erga omnes (sentencias corte constitucional. EXEQUIBILIDAD O INEXEQUIBILIDAD

4. puede ser derogada

4. la sentencia no puede ser derogada. Porque tiene efectos de cosa juzgada

5. mutable

5. inmutable.

6. previa. La ley es previa al hecho

6. posterior. La sentencia es posterior al hecho

Ejemplo: cuando el congreso está juzgando al presidente, o los magistrados. Está ejerciendo función jurisdiccional. El congreso es un equivalente jurisdiccional. Tiene jurisdicción de forma transitoria.

Función administrativa.

Función jurisdiccional.

1. Relación entre el Estado y el administrado. Es una relación vertical.

2. Es una relación entre 3 sujetos, Estado, demandante y demandado.

2. fin: es un interés público.

2. interés particular o privado

3. el Estado actúa por cuenta propia

3. actúa el Estado a través de un juez o los equivalentes jurisdiccionales

4. se puede expulsar el ordenamiento jurídico.

4. no se expulsa del ordenamiento jurídico, porque es inmutable y produce efectos de cosa juzgada.

El inspector de trabajo, puede tener jurisdicción. Pero no en todos los casos. No tiene cuando le sella un establecimiento de comercio a un comerciante. Porque es una relación vertical. Pero cuando el inspector llama a las partes en conflicto, a arreglar el conflicto, por ejemplo en violencia intrafamiliar. En realidad no tiene

La DIAN. No tiene función jurisdiccional.

Circular 15/27 febrero. Alcaldía Medellín. Art 206 código nacional de policía. Los inspectores no tienen función jurisdiccional.

5. GARANTÍAS DE LA JURISDICCIÓN.- GARANTÍAS QUE TIENE QUE TENER EL JUEZ.

1. INDEPENDENCIA. INTERNA Y EXTERNA.

2. QUE SEA UN JUEZ LEGAL Y NATURAL. ESTAR DEBIDAMENTE NOMBRADO Y POSESIONADO Y PREESTABLECIDO.

3. QUE SEA UN JUEZ TÉCNICO. ABOGADO TITULADO. LA TIENE QUE EJERCER UN PROFESIONAL EN DERECHO, EXCEPTO EN LOS JUECES DE PAZ.

6. CUALIDADES DE LA JURISDICCIÓN.

1. UNIDAD: ES ÚNICA, NO SE CLASIFICA. ES SOLO UNA LA FUNCIÓN DE ADMINISTRAR JUSTICIA.

2. EXCLUSIVIDAD. SOLO LA EJERCE EL ESTADO, SALVO CUANDO LO DELEGA ENTRE LOS EQUIVALENTES JURISDICCIONALES.

MARZO 27/2017.

No siempre la rama judicial administra justicia.

7. NATURALEZA DE LA JURISDICCION:

- bifronte: doble. Porque es un deber-poder y un derecho.

Derecho: cada uno de nosotros tenemos a que nos administren justicia.

8 CRITERIOS O ELEMENTOS DE LA JURISDICCIÓN.

3 criterios:

1. orgánico- elemento subjetivo: regla general, el órgano del Estado o el órgano delegado por el Estado que administra justicia. ¿Quién es el que está ejerciendo la jurisdicción?

2. funcional- teleológico: cuál es la función. Se refiere a la materia, lo que se ejerza por parte del órgano sea resolver un conflicto frente a un derecho sustancial.

3. Formal. Debe existir:

3.1 fenómeno terceidad: un tercero por encima de las partes que resuelve el conflicto.

3.2 deben existir partes.

3.3 debe haber un procedimiento.

Si es positiva en los 3 elementos, existe función jurisdiccional.

9. FORMAS DE EJERCER LA JURISDICCIÓN, O TUTELAS DE LA JURISDICCIÓN.

1. tutela cognoscitiva- de conocimiento-declarativa: declarando un derecho. Es cuando hay una pretensión discutida entre dos o más personas. Se busca declarar un derecho.

1.1 tutela mero-declarativa: cuando el juez ve que el derecho existe, pero frente al mismo hay duda o hay incertidumbre. [Ejemplo: reivindicación.][Ejemplo: la prescripción adquisitiva de dominio]

1.2 Tutela declarativa constitutiva: aquella en la cual el derecho no existe, por lo tanto, se constituye, modifica o se extingue. [Divorcio, culpable por homicidio]

1.3 tutela de condena: es aquella en la cual el fx jurisdiccional da una prestación de dar, hacer o no hacer. [Penal: pena o medida de seguridad]

2. tutela ejecutiva- es aquella en la cual el fx busca satisfacción del derecho. Busca la efectividad del derecho. Busca que el derecho se cumpla, se satisfaga. Es una tutela cierta pero insatisfecha. Ejemplo: 1. Cuando hay un título valor clara, expresa y exigible 2. Cuando el cesación de efectos civiles o divorcio se ordena la inscripción en el respectivo registró. 3. En la filiación cuando se ordena la inscripción en el registro civil de nacimiento. 4. Posesión.

3. función cautelar. No es principal, siempre es accesoria a la ejecutiva o a la declarativa. Busca el efectivo cumplimiento

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