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AUTOEFICACIA Y ROL ORIENTADOR DEL DOCENTE EN EL SUBSISTEMA DE EDUCACION INICIAL

Enviado por   •  25 de Enero de 2018  •  13.978 Palabras (56 Páginas)  •  641 Visitas

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La educación inicial es un tema de gran importancia, ya que la buena formación de niños y niñas desde muy pequeños va a ser factor determinante en la construcción, y desarrollo de una nueva cultura de crianza, a formar una nueva generación de personas, que piensan por cuenta propia y a tener capacidades fundamentales para aprender a lo largo de toda la vida. Es por ello que el sistema educativo venezolano fija su atención en todos los autores que tienen que ver con la formación del individuo y refiere la personalización de la educación, la cual esta relacionada con la adaptación a las necesidades educativas de cada niño/a; las mismas precisan un profundo conocimiento de todos y cada uno de ellos, exigiendo un docente conocedor de sus funciones, destacándose en este caso, las funciones básicas que el docente de educación inicial debe cumplir como son las de enseñar y orientar, identificándola como mediadora de la práctica pedagógica.

Y para ello la docente debe ser garante de proporcionarles a los niños (as), padres, madres y representante una Orientación desde el conocimiento, y su formación juega un papel protagónico. En este orden de ideas Torreyes (2009:37), expresa que “en Venezuela la Orientación Educativa se desarrolla en cada uno de los niveles educativos”

“La Orientación Educacional en el Nivel Primario se concibe como un servicio de apoyo al niño para la identificación de las características bio-psico-sociales, el desarrollo de sus habilidades, destrezas, aptitudes y valores, tendientes a la maduración paulatina de su personalidad y la adaptación a los distintos medios en que le tocará actuar. La tarea del Orientador se centrará en el apoyo al docente para que asuma su rol de Maestro-Orientador”.

Por otro lado la educación en este sentido, hace ya 26 años que el 9 de julio de 1980, El Congreso de la República de Venezuela decretó la Ley Orgánica de Educación, en donde se hace una clara definición de lo que se espera de la Educación. El Título I de Disposiciones Fundamentales, en su Artículo Tercero expresa que:

“La educación tiene como finalidad fundamental el pleno desarrollo de la personalidad y el logro de un hombre sano, culto, crítico y apto para convivir en una sociedad democrática, justa y libre, basada la familia como célula fundamental y en la valorización del trabajo; capaz de participar activa, consciente y solidariamente en los procesos de transformación social; consustanciado con los valores de la identidad nacional y con la comprensión, la tolerancia, la convivencia y las actitudes que favorezcan el fortalecimiento de la paz entre las naciones y los vínculos de integración y solidaridad latinoamericana.

En este Artículo, podemos tener una visión amplia de lo que se espera lograr a partir de un proceso educativo a cualquier nivel, comenzando con la educación inicial, hasta llegar al Nivel de Post Grado. Es interesante resaltar que el Artículo se inicia con la mención de una finalidad fundamental que es “pleno desarrollo de la personalidad y el logro de un hombre sano, culto, crítico y apto para convivir en una sociedad democrática, justa y libre” (Ley Orgánica de Educación, 1999:1)

Esto es de considerable importancia si tomamos en cuenta que el Sistema Educativo tiene en sus manos el deber por Ley de formar a los miembros de la sociedad, pero no solo instrumental y técnicamente, desarrollando habilidades de trabajo en áreas específicas, sino que su responsabilidad, trasciende en mucho este nivel y tiene que ver con la complejidad de integrar el ser humano a la sociedad, en plena facultades y de madurez cognoscitivas y socio-afectivas, consientes y en general con responsabilidad social para consigo mismo y con los demás, lo cual se incluye, entre otros aspectos, dentro de lo que podría considerarse como una personalidad bien desarrollada, objeto fundamental de la educación.

Ahora bien, en este mismo cuerpo jurídico, en el Título IV: De La Profesión Docente, Capítulo I en lo referido a las Disposiciones Generales expresa en su Artículo 77 que:

“El personal docente estará integrado por quienes ejerzan funciones de enseñanza, orientación, panificación, investigación, experimentación, evaluación, dirección, supervisión y administración en el campo educativo y por los demás que determinen las leyes especiales y los reglamentos.” (Ley Orgánica de Educación). Queda claro pues, que las funciones que se esperan de un docente son amplias, superando en mucho la simple actividad de transmitir conocimientos y que incluye la acción de orientar a los educandos.

Por otra parte, el Día del Educador, desde el Ministerio de Educación Cultura y Deporte de la República Bolivariana de Venezuela se emitió un comunicado en el cual se expresa: “En conclusión, el Perfil del docente está delineado en la Carta Magna. El docente es un guía, un orientador del proceso de formación integral del niño y el adolescente que, según la L.O.P.N.A., es un ciudadano porque es sujeto de Deberes y Derechos. El docente no es el centro del proceso educativo, lo es el alumno, pero el maestro puede convertirse en un líder, en un paradigma de la ciudadanía universal en cuanto que su vida personal y profesional constituyan un modelo de ciudadano, respetuoso de la dignidad humana y convencido defensor de los Derechos Humanos, por un lado; y por el otro, un profesional que ponga muy en alto el orgullo de ser venezolano.” (aldeaeducativa.com, 2006)

Cuando se dice que un educador es un orientador del proceso de formación integral del niño y el adolescente, se habla de una postura específica en la que el docente debe ser capaz y estar dispuesto a atender todas la áreas de vida de los alumnos que se encuentren a su cargo. Pero para ser capaz, debe tener las competencias necesarias, adquiridas a través de su proceso de formación profesional y para estar dispuesto debe haber un desarrollo de la conciencia de responsabilidad que tiene con sus alumnos y con la sociedad en la que se encuentra. Al mismo tiempo que debe tener la visión global de su rol en la sociedad y en la historia de su país.

En esta teoría se defiende, como constructo principal para realizar una conducta, la autoeficacia, tal que la relación entre el conocimiento y la acción estarán significativamente mediados por el pensamiento de autoeficacia. Las creencias que tiene la persona sobre la capacidad y autorregulación para poner en marcha dicha conducta serán decisivas. De esta manera, las personas estarán más motivadas si perciben que sus acciones pueden ser eficaces, esto es si hay la convicción de que tienen capacidades personales que les permitan regular sus acciones. Bandura concede una gran importancia

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