COMO SE DA UN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO LOCAL
Enviado por Eric • 13 de Diciembre de 2018 • 1.361 Palabras (6 Páginas) • 518 Visitas
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VI.- La parte arrendataria conviene en que la localidad rentada la recibe en buen estado, teniendo todos los servicios en perfecto estado, de conformidad con lo que señala el inventario y en caso de descompostura será a cargo de la parte arrendataria los gastos y reparación o reposición de los mismos, relevando a la parte arrendadora de cualquier responsabilidad que pueda resultar de la falta y normal funcionamiento de dichos servicios.
VII.- Convienen las partes en que el arrendatario pagará el consumo de agua y demás derechos u obligaciones que las autoridades cobren por el servicio.
VIII.- El arrendatario se obliga, por su parte, a efectuar las reparaciones de aquellos deterioros que sean de poca importancia, y que hayan sido causados por él o por las personas que ocuparen la finca arrendada, además, se obliga: I. A pagar, cumplidamente, la renta estipulada II. A servirse de la finca arrendada sólo para local comercial; III. A no hacer cambio en la misma sin el consentimiento, previo y por escrito, del arrendador; IV. A dar aviso al arrendador de toda novedad perjudicial para la finca, así como de las goteras y deterioros de la misma, siendo responsable de los daños y perjuicios que su omisión cause; VI. A conservar la finca en el buen estado en que la recibió, y a devolverla en ese mismo estado al terminar el arrendamiento; cumpliendo con todas las obligaciones que el Código Civil del Estado impone a los arrendatarios.
IX.- El arrendador, además se obliga: I. A no estorbar, de manera alguna, el uso de la cosa arrendada, a no ser por causa de reparaciones urgentes e indispensables; II. A garantizar el uso o goce pacífico de la finca arrendada, por todo el tiempo del contrato; III. A responder de los daños y perjuicios que sufra el arrendatario por los defectos o vicios ocultos de la finca objeto del contrato, anteriores al arrendamiento; IV. A responder de los daños y perjuicios, si el arrendatario sufre la evicción sobre toda o parte de la finca arrendada; V. Expedir al arrendatario el recibo correspondiente a la cantidad que éste le entregue, por concepto de la renta estipulada; VI. A devolver el saldo a favor del arrendatario al terminar el arrendamiento, en caso de que lo hubiere, y a cumplir con todas las demás obligaciones que el Código Civil del Estado, impone a los arrendadores.
X.- El arrendatario conviene con el arrendador y están de acuerdo que conoce el local comercial que arrienda, sus instalaciones, las disposiciones legales que regulan el urbanismo de la zona donde se encuentra, por lo cual convienen en rentarlo para los fines a que se refiere la cláusula primera en este contrato, cuyas disposiciones legales que lo regulan son asimismo conocidas por la arrendataria.
XI.- Este Contrato comienza a surtir efectos y obligaciones y a causar la renta desde el momento en que se pacta verbalmente obligándose ambas partes, además a firmarlo.
PARA TODO LO RELACIONADO A LA INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO, LAS PARTES SE SOMETEN EXPRESAMENTE A LAS LEYES Y TRIBUNALES DEL DISTRITO JUDICIAL DE PUEBLA, PUEBLA.
LEÍDO QUE FUE EL PRESENTE CONTRATO POR LAS PARTES QUE EN EL INTERVIENEN, LO RATIFICAN Y FIRMAN DE CONFORMIDAD EN LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISIETE
H. ciudad de Puebla, Puebla; a veinte de julio del dos mil diecisiete.
ARRENDATARIO ARRENDADOR
JOSEFINA TECUA CALVARIO. JUAN QUINTERO HERNANDEZ
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