ORGANISMOS PÚBLICOS IMPLICADOS EN EL PROCESO Y TRÁMITES QUE REALIZA UNA EMPRESA A TRAVÉS DEL DPTO. TALENTO HUMANO
Enviado por Stella • 16 de Abril de 2018 • 1.603 Palabras (7 Páginas) • 562 Visitas
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CONSEJERO: El administrador del personal es una persona que representa la empresa a quien recurre los empleados para tratar asuntos personales ya sean problemas materiales, de salud, económicos, profesionales, etc.
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REPRESENTANTE DE LA EMPRESA: El director de personal ha sido siempre el representante de la empresa pero cuando necesita de alguien de la empresa para que le represente en alguna función casi siempre sería una persona del departamento del personal esto se debe a que el administrador de personal es el que mejor conoce los movimientos de la empresa.[pic 8]
SOLUCIONADOR DE PROBLEMAS: Este administrador debe ser solucionador de problemas respecto a la controversia y dilemas que implica la administración de recursos además debe ser el que toma las decisiones finales en relación con asuntos de personal.
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AGENTE DE CAMBIO: Esta función corresponde más a un administrador de personal ya que se le considera al más adecuado para introducir e implementar cambios en la institución.
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FUNCIONES Y TAREAS DEL DPTO. TALENTO HUMANO DE UNA EMPRESA.
Las funciones varían dependiendo del tipo de organización en que estas pertenezcan entre ellas tenemos las siguientes:
- Ayuda y presta de servicios a la organización a sus dirigentes, gerentes y empleados.
- Describe las responsabilidades que define cada puesto laboral y las cualidades que debe tener la persona que lo ocupa.
- Evaluar el desempeño del personal.
- Reclutar el personal para cada puesto.
- Capacita y desarrolla programas, cursos y toda actividad que vaya en función de mejoramiento de los conocimientos de personal.
- Brinda ayuda psicológica a sus empleados.
- Lleva el control de beneficios de sus empleados.
- Distribuye políticas y procedimientos de recursos humanos.
- Supervisa la administración los programas de prueba.
- Desarrolla un marco personal basado en competencia.
- Garantiza la diversidad en el puesto de trabajo.
OTRAS FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS
Las Unidades de Administración del Talento Humano, ejercerán las siguientes atribuciones y responsabilidades:
- Cumplir y hacer cumplir la presente ley, su reglamento general y las resoluciones del Ministerio de Relaciones Laborales, en el ámbito de su competencia.
- Elaborar los proyectos de estatuto, normativa interna, manuales e indicadores de gestión del talento humano.
- Elaborar el reglamento interno de administración del talento humano, con sujeción a las normas técnicas del Ministerio de Relaciones Laborales.
- Elaborar y aplicar los manuales de descripción, valoración y clasificación de puestos institucionales, con enfoque en la gestión competencias laborales.
- Administrar el Sistema Integrado de Desarrollo Institucional, Talento Humano y Remuneraciones.
- Realizar bajo su responsabilidad los procesos de movimientos de personal y aplicar el régimen disciplinario, con sujeción a esta ley, su reglamento general, normas conexas y resoluciones emitidas por el Ministerio de Relaciones Laborales.
- Mantener actualizado y aplicar obligatoriamente el Sistema Informático Integrado del Talento Humano y Remuneraciones elaborado por el Ministerio de Relaciones Laborales.
- Estructurar la planificación anual del talento humano institucional, sobre la base de las normas técnicas emitidas por el Ministerio de Relaciones Laborales en el ámbito de su competencia.
- Aplicar las normas técnicas emitidas por el Ministerio de Relaciones Laborales, sobre selección de personal, capacitación y desarrollo profesional con sustento en el Estatuto, Manual de Procesos de Descripción, Valoración y Clasificación de Puestos Genérico e Institucional.
- Realizar la evaluación del desempeño una vez al año, considerando la naturaleza institucional y el servicio que prestan las servidoras y servidores a los usuarios externos e internos.
- Asesorar y prevenir sobre la correcta aplicación de esta Ley, su Reglamento General y las normas emitidas por el Ministerio de Relaciones Laborales a las servidoras y servidores públicos de la institución.
- Cumplir las funciones que esta ley dispone y aquellas que le fueren delegadas por el Ministerio de Relaciones Laborales.
- Poner en conocimiento del Ministerio de Relaciones Laborales, los casos de incumplimiento de esta Ley, su reglamento y normas conexas, por parte de las autoridades, servidoras y servidores de la institución. En el caso de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, sus entidades y regímenes descentralizados, las respectivas Unidades de Administración del Talento Humano, reportarán el incumplimiento a la Contraloría General del Estado.
- Participar en equipos de trabajo para la preparación de planes, programas y proyectos institucionales como responsable del desarrollo institucional, talento humano y remuneraciones.
- Aplicar el subsistema de selección de personal para los concursos de méritos y oposición, de conformidad con la norma que expida el Ministerio de Relaciones Laborales.
- Receptar las quejas y denuncias realizadas por la ciudadanía en contra de servidores públicos, elevar un informe a la autoridad nominadora y realizar el seguimiento oportuno.
- Coordinar anualmente la capacitación de las y los servidores con la Red de Formación y Capacitación Continuas del Servicio Público.
ORGANISMOS PÚBLICOS IMPLICADOS EN EL PROCESO Y TRÁMITES QUE REALIZA UNA EMPRESA A TRAVÉS DEL DPTO. TALENTO HUMANO.
Los organismos públicos implicados en el proceso y trámites que realiza a través del departamento de talento humano son: el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), el Servicio de Rentas Internas (SRI) y el Ministerio de Relaciones Laborales.
Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS): El patrono debe afiliar al trabajador al IESS y enviar la
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