CONTRATO DE ARRENDAMIENTO N°003-2014/III DE.
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SEPTIMO:
El incumplimiento de las estipulaciones prescritas en las clausulas TERCERO, CUARTO y QUINTO de parte del ARRENDATARIO, estará sujeto a las siguientes medidas:-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-
- Amonestación escrita la primera vez.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.
- De continuar el incumplimiento, se procederá a resolver el presente Contrato.-.-.-.-
OCTAVO:
LA III DIVISION DE EJERCITO AREQUIPA podrá resolver el presente Contrato, de acuerdo al mecanismo contemplado en el Código Civil, si el arrendatario deja de abonar la merced conductiva en la fecha convenida.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-
En cualquier caso de resolución o terminación del Contrato; El arrendatario se encuentra obligado a cancelar la totalidad de los montos pendientes de pago.-.-.-.-.-.-.-.
NOVENO:
El contrato formalizado en este instrumento podrá ser resuelto en cualquier momento por la III División de Ejército, previo aviso con 30 días de anticipación, debiendo EL ARRENDATARIO entregar el predio en las mejores condiciones de mantenimiento y conservación en cumplimiento de esto se procederá a la devolución de la garantía. Para tal efecto todas las comunicaciones entre las partes se reputaran validas si se realizan en los domicilios señalados en la parte introductoria del presente instrumento.-
DECIMO:
Se someten en forma clara y expresa que ante cualquier conflicto controversia que surgiera entre las partes, esta será resuelta mediante arbitraje de Derecho, renunciando a acudir al Fuero Civil.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.
Mostrando conformidad y aceptación en los términos y condiciones establecidas, se suscriben las partes en la Ciudad de Arequipa, a los cinco días del mes de Agosto del año dos mil catorce.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-
Firmado en Arequipa, el 05 de Agosto del dos mil catorce.
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O-117273356-A+ Nataly Katty VILCA MIRANDA
LUIS ENRIQUE ARROYO SANCHEZ DNI 42507583
General de División ARRENDATARIO
Comandante General de la III División de Ejercito
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