CONTRATO DE OBRA A PRECIO ALZADO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, POR SU PROPIO DERECHO ---------------------- A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA LOS CONTRAYENTES, Y POR LA OTRA ----------------- ADMINISTRADOR UNICO A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMIN
Enviado por tolero • 14 de Abril de 2018 • 1.121 Palabras (5 Páginas) • 583 Visitas
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CUARTA.- EL CONTRATISTA se obliga a iniciar la obra objeto de este contrato a partir que el ACREDITADO reciba la primera ministración, y se compromete a observar las etapas parciales y a terminar la obra en 301 días naturales posteriores a la fecha que reciba la primera ministración, desarrollando los trabajos de acuerdo con el programa de obra que se anexa. Las demoras en la construcción de la obra, sean de cualquier clase, no modificarán el plazo convenido, a menos que sean aprobadas por escrito por el ACREDITADO.
QUINTA.- EL CONTRATISTA se obliga a cumplir el presente contrato por si mismo y no podrá consecuentemente, sin autorización expresa y por escrito del acreditado, hacerlo ejecutar por medio de otra persona, quedando bajo su responsabilidad la obra que se realice.
SEXTA.- En caso de que el CONTRATISTA llegara a transmitir en cualquier forma, los derechos que haya adquirido mediante este contrato, sin la autorización previa del ACREDITADO, estos no reconocerán efecto jurídico alguno a dicha transmisión, por lo que únicamente el contratista estará legitimado para exigir el cumplimiento de cualquier obligación derivada de este contrato.
SEPTIMA.- Cualquier infracción a las normas vigentes a las normas de construcción, será de la exclusiva responsabilidad del CONTRATISTA, quien quedará obligado a cubrir las multas correspondientes y a resarcir al ACREDITADO de cualquier pago que tenga que hacer por estos conceptos.
OCTAVA.- EL CONTRATISTA acepta su responsabilidad civil:
- Cuando de lugar, con hechos y omisiones a conflictos laborales que incidan en la realización permanente de los trabajos y declara que cuenta con los elementos propios y suficientes para cumplir con sus obligaciones laborales en los términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo y expresamente libera a el acreditado de cualquier responsabilidad al respecto.
- Daños y perjuicios a terceros que pudiesen ocasionarse con motivo de la realización de la obra.
NOVENA.- EL CONTRATISTA se obliga a garantizar la calidad de la obra a que se refiere la Cláusula Primera inciso a), por un plazo de un año a partir dela fecha de su terminación y entrega, y se hace responsable de cualquier desperfecto que ésta sufra con motivo de deficiencias en la construcción y por la utilización de materiales de calidad inferior a la especificada.
DECIMA.- CAUSAS DE RESCICION.- Son causa de rescisión del presente contrato, sin responsabilidad alguna para EL ACREDITADO las siguientes:
- Si EL CONTRATISTA, sin aviso previo de él acreditado y sin el consentimiento de LOS CONTRATTANTES, traspasa o cede los derechos sobre el presente contrato o encomiende a otro contratista las obligaciones que aquí contrae sin el consentimiento indicado.
- El incumplimiento de algunas especificaciones a que debe estar sujeta la obra.
- La falta de cumplimiento en el programa de obra y en el proyecto de la construcción.
- Si el CONTRATISTA no cubre oportunamente el salario de sus trabajadores y que con ello ocasione un conflicto laboral entre sus trabajadores.
- En general, por el incumplimiento de parte del CONTRATISTA a cualquiera otra de las obligaciones derivadas del presente contrato y sus anexos a las Leyes y reglamentos aplicables respecto a la ejecución de la obra objeto del presente contrato.
Leído el presente contrato y sus anexos por los otorgantes, lo ratifican y firman en la ciudad de GUADALAJARA JALISCO EL -----------------
LOS CONTRATANTES
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EL CONTRATISTA
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