INFORME DE PRACTICA PROFESIONAL CONTADOR GENERAL.
Enviado por klimbo3445 • 17 de Abril de 2018 • 10.536 Palabras (43 Páginas) • 936 Visitas
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GLOSARIO
Renta Presunta: Es aquella que para fines tributarios de la ley impuestos a la Renta se presume a partir de avalúo fiscal de los inmuebles agrícolas y no agrícolas, valor de tasación de los vehículos y valor de las ventas de productos mineros, para lo cual se les aplicara un porcentaje determinado para su tributación.
Renta Efectiva: es aquella que se determina mediante contabilidad completa o simplificada.
Sociedad de Personas: las sociedades de cualquier clase o denominación, excluyéndose únicamente a las anónimas.
Sociedades Anónimas: es aquella sociedad mercantil cuyos titulares lo son en virtud de una participación en el capital social a través de títulos o acciones.
Primera Categoría: renta del capital y de las empresas comerciales, industriales, mineras y otras.
Segunda Categoría: rentas como sueldos, salarios, dietas, gratificaciones, participaciones, montepíos, pensiones, gastos de representación, u honorarios provenientes del ejercicio de las profesiones liberales, ocupación lucrativa, etc.
Boletas de Compraventas y Servicios: todas las personas naturales o jurídicas, sociedades de hecho o comunidades que realicen operaciones de venta o presten servicios gravadas con iva deben emitir sus respectivas boletas timbradas por el SII.
Libros Contables: al iniciar la actividad empresarial, por general deben contar con un juego de libros contables, estos deben ser timbrados por el SII.
Timbraje de Documentos: los diversos documentos tributarios como facturas, boletas de ventas y servicios, guías de despachos, notas de créditos, notas de débitos, boletas de honorarios, boletas de prestación a terceros, etc. Deben ser timbrados en el SII acompañados con un poder notarial autorizado por el contribuyente, en caso que sea un mandatario, fotocopia de la cedula de identidad, formularios de timbrajes form. (3230) y última declaración (IVA).form 29
Inicio de Actividad: form (4415), la declaración de inicio de actividades ante el SII es un trámite obligado al emprender un negocio. Esta declaración fija el domicilio tributario, da lugar al Rol único tributario, (RUT) clasifica a la empresa por su actividad económica, y le asigna un código, y habilita para timbrar libros y documentos tributarios, form 3230
El Fut: (fondo de utilidades tributarias) Libro donde se registran las utilidades tributarias o perdidas tributarias, de las empresas que declaren renta efectiva de primera categoría, acumuladas o distribuidas en el ejercicio, es un registro de entradas, salidas y saldos. Se parece a una tarjeta de existencias, tiene además distintas secciones, se planifican los retiros y la carga tributaria de los contribuyentes, también podríamos decir que tiene distintos tipos de utilidades susceptibles de ser retiradas.
Perdidas de Documentos Tributarios: es una situación grave que le puede ocurrir al empresario, porque las sanciones contempladas en la ley son fuertes, independientes de que el SII no las aplica siempre en sus tramos más altos, la multa es de hasta un 20% del capital efectivo con un tope de 30 UTA a menos que la pérdida sea calificada de fortuita por el SII.
Impuesto al Valor Agregado: (IVA), tiene por objeto gravar el valor que se le va añadiendo al precio de venta de bienes y servicios en cada etapa de comercialización.
Impuesto a las Utilidades de la Empresa: la normativa tributaria contempla diferentes Impuestos a la renta, por ejemplo, impuesto de primera categoría que afecta a las utilidades de las empresas, que determina la renta mediante contabilidad completa; pero también está el Impuesto global complementario; Impuesto adicional; Impuesto a las ganancias de capital; impuesto único a los trabajadores, etc.
Facturas de Ventas: Están obligados a emitir factura los comerciantes, en las operaciones que realicen con otros comerciantes o prestadores de servicios.
Notas de Debito y Créditos: Estos documentos son complementarios a las facturas y tienen la finalidad de corregir, aumentando o disminuyendo los valores de una factura anterior. La nota de Débito aumenta los valores y la nota de créditos los disminuye.
CONTABILIDAD BASICA[pic 1]
La Contabilidad es un elemento del sistema de información de una empresa que proporciona datos sobre su patrimonio y la evaluación del mismo destinado a facilitar las tomas de decisiones de los administradores de las empresas.
La contabilidad tiene diversos libros que son indispensables para toda empresa los cuales son de acuerdo al ART 25 del Código del Comercio:
- Diario
- Mayor
- Inventarios y Balances
- Libro FUT
Existen también los llamados “Libros Auxiliares” tales como, el Libro de
Caja, el Diario Auxiliar de Compras y Ventas, el Diario de Cuentas Corrientes, Documentos por Pagar, Libro de Remuneraciones, Bancos, Etc.
Artículo 26 . – Del Código del Comercio, Todo comerciante debe llevar en idioma castellano su contabilidad.
Artículo 27. – Del Código del Comercio. En el Libro Diario se asentarán, día por día, las operaciones que haga el comerciante, de modo que cada partida exprese claramente quién es el acreedor y quién es el deudor, en la negociación a que se refiere, o se resumirán mensualmente, por lo menos, los totales de esas operaciones siempre que, en este caso, se conserven todos los documentos que permitan comprobar todas las operaciones, día por día.
Articulo 28.- del código de comercio, Llevándose libro de caja y facturas, podrá omitirse en el libro diario el asiento detallado, tanto de las cantidades que entraren, como de las compras, ventas, y remesas de mercaderías que el comerciante hiciere.
Artículo 29. – del código del comercio, Todo comerciante, al comenzar su giro y al fin de cada año, hará en el libro de inventarios una descripción estimatoria de todos sus bienes, tanto muebles como inmuebles y de todos sus créditos, activos y pasivos, vinculados o no a su comercio.
El inventario debe cerrarse con el balance y la cuenta de ganancias y pérdidas; ésta debe demostrar con evidencia y verdad los beneficios obtenidos, así como cualesquiera otras obligaciones contraídas bajo condición suspensiva con
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