Disputa resuelta entre países por la Corte Internacional de Justicia. Caso “LaGrand”
Enviado por tolero • 9 de Enero de 2018 • 1.242 Palabras (5 Páginas) • 542 Visitas
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En conclusión considero que este caso es sumamente autentico ya que mientras lo leía no solo imaginaba una discusión entre Estados Unidos y Alemania, sino que la Corte, bajo mi punto de vista, también se vio involucrada, no solo como mediadora sino como defensora de su posición y derecho de disponer de decisión. Otra cosa que note fue que todas las decisiones de la Corte en este caso fueron casi unánimes, a excepción del Juez Oda, el cual mencionó su punto de vista, argumentando que todo el caso le parecía fuera de lugar, comenzando por lo que, para él, fue un error acatar el procedimiento proprio motu ya que de ahora en adelante las naciones se verían tentadas a simplemente esperar ante una situación urgente para enviar su demanda a la Corte y porque, estando de acuerdo con el argumento de Estados Unidos, cree que casos como estos le convienen a una Corte Penal Internacional no a la CIJ. A pesar de que la Corte no cuente con el poder de ir sobre la soberanía de los Estados como el Ius Cogens, creo que sus decisiones tienen un peso en la sociedad internacional gigantesco y cada caso como este va afectando el trato que los países reciben. Considero que la Corte tiene una personalidad más humana que las otras burocracias que vemos en el sistema internacional, ya que estas representan directamente a los jueces debido a que estos deben de ser neutrales y no a la imagen o a los ideales de algún país como el Consejo de Seguridad. Podría comprender, por qué Estados Unidos se negó a tomar las medidas de la Corte a tiempo cuando analicé como se llevó el caso en Arizona, lleno de mentiras y eventos dramáticos, sin embargo considero que cualquier otro país, a pesar del juicio que se haya llevado a cabo hubiera respetado las medidas otorgadas por la Corte, estos nos enfurece a todos, como Estados Unidos puede moverse en el mundo como si estuviera haciendo trampa en un juego de mesa pero creo que las consecuencias se mostrarán a la larga cuando nos demos cuenta que los países pequeños, subdesarrollados y hasta muchas veces abusados, somos más.
Bibliografía:
- http://www.un.org/spanish/law/icc/statute/spanish/rome_statute(s).pdf, CONVENCION DE VIENA SOBRE RELACIONES CONSULARES, 24 de abril de 1963
- 1999: Walter LaGrand, a German gassed in America; Matthias Lehmphul, 2008. Disponible en: http://www.executedtoday.com/2008/03/03/1999-walter-lagrand/
- Judgment of 27 June 2001: LaGrand Case. (Germany v- United States of America), Paula Padrino, 2001. Disponible en: https://www.youtube.com/watch?v=ma9cRx2JGm4
- LAGRAND CASE (GERMANY v. UNITED STATES OF AMERICA) (MERITS) Judgment of 27 June 2001. Disponible en: http://www.icj-cij.org/docket/files/104/7738.pdf
- LaGrand Case (Germany v. United States of America) Summary of the Order, 5 March 1999. Disponible en: http://www.icj-cij.org/docket/files/104/7728.pdf
Alejandra Hernández Aguirre
RN698446
Sábado 12 de Marzo de 2016
Derecho Internacional Público
ITESO
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