REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DE LA COFRADÍA DE JESÚS CAMINO DEL CALVARIO
Enviado por Ensa05 • 18 de Julio de 2018 • 10.909 Palabras (44 Páginas) • 393 Visitas
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CONSILIARIO Y VICECONSILIARIO
6.1 – Tendrán los contenidos, derechos y obligaciones que figuran en el artículo 19 de los Estatutos.
HERMANO/A MAYOR
- El Hermano/a Mayor realizará las funciones encomendadas en el artículo 20 y su nombramiento se ajustará a lo estipulado en el artículo 21 de los Estatutos, y además:
- – Deberá asistir, como representante de la Cofradía, a los actos religiosos que le inviten: la Autoridad Eclesiástica, Cofradías, Hermandades y asociaciones religiosas o civiles. En caso de no poder asistir personalmente, delegará de acuerdo con los Estatutos, para que la Cofradía esté siempre representada.
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- - En caso de un posible hermanamiento con otra Cofradía, Hermandad o Congregación, asistencias de éstas a nuestras procesiones o de nuestra Cofradía a sus desfiles procesionales, deberá presentarlo al Capítulo General para su aprobación, una vez que la Junta de Gobierno lo haya aceptado por unanimidad.
- – Posee el voto de calidad en los Capítulos y Juntas de Gobierno.
- – Representará a la Cofradía en todas las ocasiones en que se requiera su presencia en calidad de Hermano/a Mayor.
- – En la Junta Coordinadora de Cofradías y en reuniones o asambleas similares, tendrá autoridad para tomar decisiones de todo tipo, siempre que éstas sean urgentes y no puedan ser consultadas, informando lo más rápidamente posible a la Junta de Gobierno.
- – Tiene firma de la Cofradía y está facultado para comprar, vender, recibir donaciones o legados y contratar en nombre de la Cofradía bienes y servicios; firmar contratos y tomar acuerdos con otras Entidades, Organizaciones o persona físicas, contando siempre con la autorización de la Junta de Gobierno, por mayoría simple o unanimidad dependiendo de la importancia de la materia.
- – Podrá prohibir, con el visto bueno del Consiliario, la participación de la Cofradía en actos que puedan suponer un menoscabo para la misma, para sus bienes o para la integridad de sus componentes.
- – En los desfiles procesionales, en casos excepcionales que puedan vulnerar los Estatutos o el presente Reglamento, prevalecerá el criterio del Hermano/a Mayor sobre el del Hermano/a Cetro.
6-2-I - Presidirá personalmente, si no media causa mayor, todas las reuniones de la Cofradía.
- – Previa comunicación a la Junta de Gobierno podrá cambiar de Sección a los Hermanos/as que observen un incumplimiento reiterado e injustificado de los Estatutos o de este Reglamento, a los que mantengan una actitud desconsiderada con otros cofrades y a los que no observen una conducta adecuada o realicen actos que menoscaben la disciplina o el buen nombre de la Cofradía.
- - Será el responsable de que todos los Hermanos/as de la Junta de Gobierno conozcan sus misiones.
- – En las procesiones llevará el cetro de mayor categoría.
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HERMANO/A TENIENTE
- Ejercerá las funciones asignadas en el artículo 22 de los Estatutos, y además:
- Será el encargado de los locales que estemos autorizados a utilizar en nuestra sede, la Basílica Parroquia de Santa Engracia.
- Será el coordinador con los respectivos responsables, del adecuado almacenamiento y mantenimiento de los bienes de la Cofradía.
- Anualmente coordinará la actualización del inventario de las pertenencias de la Cofradía.
- Se encargará de la colocación de las placas correspondientes al año en la Cruz in Memoriam, en recuerdo de los Hermanos/
as fallecidos.
- Será el responsable de las publicaciones, creando un archivo de las mismas durante su mandato.
- Elaborará anualmente el listado de Guardias ante los “Pasos” y Velas ante el Santísimo, para que se incluyan en el
Programa de Actos de la Cuaresma y Semana Santa.
- En las procesiones llevará cetro, si va en la presidencia junto al Hermano Mayor o sustituyéndole. Asistirá a
las reuniones del a Junta Coordinadora, si así lo autoriza la misma.
HERMANO/A CETRO
- Tendrá los derechos y obligaciones estipulados en el artículo 23 de los Estatutos, y además:
- Programará los actos litúrgicos, de acuerdo con el Consiliario, comunicando al resto de la Junta de Gobierno el lugar y
liturgia a seguir. En caso de desacuerdo deberá tratar de realizar las modificaciones solicitadas por la Junta de Gobierno. En último extremo prevalecerá el acuerdo entre el Consiliario y él.
- Propondrá a la Junta de Gobierno los itinerarios y horarios de salida de los desfiles procesionales, que serán definitivos con la aprobación de ésta.
Tratará de encontrar los horarios e itinerarios idóneos para modificarlos los menos posible y de esta forma no desorientar a los fieles que nos distinguen con su asistencia.
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- Antes de salir la procesión, los cambios de itinerario o de orden procesional que considere necesarios los consultará con el
Hermano/a Mayor, para tomar una decisión final.
- En el momento de la procesión será el responsable de tener en su ubicación idónea los elementos procesionales (Estandarte, Cruz in Memoriam, Faroles, Atributos, Pebeteros, etc.).
- Será el responsable de encargar la instalación de las baterías de los “Pasos”, iluminación de Atributos, etc., para los desfiles procesionales.
- Será el responsable de encargar las flores para los “Pasos” y tenerlas en el lugar y hora que acuerde con el Hermano/a Cabecero correspondiente.
- Convocará las reuniones
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