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REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DE LA COFRADÍA DE JESÚS CAMINO DEL CALVARIO

Enviado por   •  18 de Julio de 2018  •  10.909 Palabras (44 Páginas)  •  393 Visitas

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CONSILIARIO Y VICECONSILIARIO

6.1 – Tendrán los contenidos, derechos y obligaciones que figuran en el artículo 19 de los Estatutos.

HERMANO/A MAYOR

- El Hermano/a Mayor realizará las funciones encomendadas en el artículo 20 y su nombramiento se ajustará a lo estipulado en el artículo 21 de los Estatutos, y además:

- – Deberá asistir, como representante de la Cofradía, a los actos religiosos que le inviten: la Autoridad Eclesiástica, Cofradías, Hermandades y asociaciones religiosas o civiles. En caso de no poder asistir personalmente, delegará de acuerdo con los Estatutos, para que la Cofradía esté siempre representada.

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- - En caso de un posible hermanamiento con otra Cofradía, Hermandad o Congregación, asistencias de éstas a nuestras procesiones o de nuestra Cofradía a sus desfiles procesionales, deberá presentarlo al Capítulo General para su aprobación, una vez que la Junta de Gobierno lo haya aceptado por unanimidad.

- – Posee el voto de calidad en los Capítulos y Juntas de Gobierno.

- – Representará a la Cofradía en todas las ocasiones en que se requiera su presencia en calidad de Hermano/a Mayor.

- – En la Junta Coordinadora de Cofradías y en reuniones o asambleas similares, tendrá autoridad para tomar decisiones de todo tipo, siempre que éstas sean urgentes y no puedan ser consultadas, informando lo más rápidamente posible a la Junta de Gobierno.

- – Tiene firma de la Cofradía y está facultado para comprar, vender, recibir donaciones o legados y contratar en nombre de la Cofradía bienes y servicios; firmar contratos y tomar acuerdos con otras Entidades, Organizaciones o persona físicas, contando siempre con la autorización de la Junta de Gobierno, por mayoría simple o unanimidad dependiendo de la importancia de la materia.

- – Podrá prohibir, con el visto bueno del Consiliario, la participación de la Cofradía en actos que puedan suponer un menoscabo para la misma, para sus bienes o para la integridad de sus componentes.

- – En los desfiles procesionales, en casos excepcionales que puedan vulnerar los Estatutos o el presente Reglamento, prevalecerá el criterio del Hermano/a Mayor sobre el del Hermano/a Cetro.

6-2-I - Presidirá personalmente, si no media causa mayor, todas las reuniones de la Cofradía.

- – Previa comunicación a la Junta de Gobierno podrá cambiar de Sección a los Hermanos/as que observen un incumplimiento reiterado e injustificado de los Estatutos o de este Reglamento, a los que mantengan una actitud desconsiderada con otros cofrades y a los que no observen una conducta adecuada o realicen actos que menoscaben la disciplina o el buen nombre de la Cofradía.

- - Será el responsable de que todos los Hermanos/as de la Junta de Gobierno conozcan sus misiones.

- – En las procesiones llevará el cetro de mayor categoría.

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HERMANO/A TENIENTE

- Ejercerá las funciones asignadas en el artículo 22 de los Estatutos, y además:

- Será el encargado de los locales que estemos autorizados a utilizar en nuestra sede, la Basílica Parroquia de Santa Engracia.

- Será el coordinador con los respectivos responsables, del adecuado almacenamiento y mantenimiento de los bienes de la Cofradía.

- Anualmente coordinará la actualización del inventario de las pertenencias de la Cofradía.

- Se encargará de la colocación de las placas correspondientes al año en la Cruz in Memoriam, en recuerdo de los Hermanos/

as fallecidos.

- Será el responsable de las publicaciones, creando un archivo de las mismas durante su mandato.

- Elaborará anualmente el listado de Guardias ante los “Pasos” y Velas ante el Santísimo, para que se incluyan en el

Programa de Actos de la Cuaresma y Semana Santa.

- En las procesiones llevará cetro, si va en la presidencia junto al Hermano Mayor o sustituyéndole. Asistirá a

las reuniones del a Junta Coordinadora, si así lo autoriza la misma.

HERMANO/A CETRO

- Tendrá los derechos y obligaciones estipulados en el artículo 23 de los Estatutos, y además:

- Programará los actos litúrgicos, de acuerdo con el Consiliario, comunicando al resto de la Junta de Gobierno el lugar y

liturgia a seguir. En caso de desacuerdo deberá tratar de realizar las modificaciones solicitadas por la Junta de Gobierno. En último extremo prevalecerá el acuerdo entre el Consiliario y él.

- Propondrá a la Junta de Gobierno los itinerarios y horarios de salida de los desfiles procesionales, que serán definitivos con la aprobación de ésta.

Tratará de encontrar los horarios e itinerarios idóneos para modificarlos los menos posible y de esta forma no desorientar a los fieles que nos distinguen con su asistencia.

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- Antes de salir la procesión, los cambios de itinerario o de orden procesional que considere necesarios los consultará con el

Hermano/a Mayor, para tomar una decisión final.

- En el momento de la procesión será el responsable de tener en su ubicación idónea los elementos procesionales (Estandarte, Cruz in Memoriam, Faroles, Atributos, Pebeteros, etc.).

- Será el responsable de encargar la instalación de las baterías de los “Pasos”, iluminación de Atributos, etc., para los desfiles procesionales.

- Será el responsable de encargar las flores para los “Pasos” y tenerlas en el lugar y hora que acuerde con el Hermano/a Cabecero correspondiente.

- Convocará las reuniones

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