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Es el límite de la jurisdicción. La competencia es determinante para que una autoridad pueda actuar válidamente.

Enviado por   •  7 de Febrero de 2018  •  4.316 Palabras (18 Páginas)  •  464 Visitas

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- Por razón del valor o cuantía

En casi todos los sistemas judiciales se han creado órganos para conocer de asuntos de poco monto o importancia. Los jueces menores y de paz conocerán de asuntos a lo sumo de 180 y 100 días de salario mínimo y término medio de 2 años y 6 meses respectivamente (art. 119 y 119 LOPJEJ)

- Por razón del grado

Supone las distintas etapas del proceso, en donde, en Primera Instancia conoce el juez natural o de Primer Grado; en Segunda Instancia, conocen los tribunales de apelación o de Segundo Grado.

- Competencia por razón del turno

Es un fenómeno de distribución de trabajo. Cuando en el lugar existen dos o más jueces que puedan conocer del mismo asunto. El turno puede ser por fechas o conforme se vayan presentando los asuntos en forma consecutiva.

- Otras clasificaciones de la Competencia

Por prevención, Por acumulación (se divide a su vez en competencia por conexidad y por atracción).

- Competencia por Prevención

Es un criterio afinador de la competencia. La prevención va a provocar que solo uno de ellos termine por ser el competente.

- Competencia por Acumulación

Cuando un juez que originalmente no era competente para conocer de un negocio determinado, puede ser competente posteriormente porque se acumule otro proceso a un proceso del que ya estaba conociendo.

- ¿Cuándo procede la competencia por conexidad?

Los juicios se componen de tres elementos; acciones, personas y cosas o causa. Dos o más juicios son conexos entre sí cuando tienen en común, dos de dichos elementos. En el caso de que la ley de procedimientos correspondiente lo permita el expediente más nuevo se glosa al expediente más antiguo y se resuelven con una sola sentencia.

- ¿Cuándo procede la Competencia por Atracción?

En el supuesto de juicios universales como en materia de quiebra, el concurso civil y los sucesorios, en donde el juez resulta competente para conocer de los asuntos relacionados.

- ¿Qué son las Cuestiones de Competencia?

Surgen cuando dos órganos de una misma jurisdicción pretenden conocer de un mismo asunto o pretenden apartarse de su conocimiento. Las cuestiones de competencia se dan en dos formas; negativa y positiva.

- Cuestiones de Competencia Negativa

Se da cuando dos jueces del mismo orden jurisdiccional se niegan a conocer de un determinado asunto diciendo que son incompetentes. Las cuestiones de competencia negativa se resuelven acudiendo al superior jerárquico común de los órganos que dijeron ser incompetentes.

- Cuestiones de Competencia Positiva

Surgen cuando un juez está conociendo de un negocio y se le impugna su competencia diciendo que la competencia le corresponde a otro juez. Se puede dar de dos formas; cuando dos o más órganos jurisdiccionales se consideran competentes para conocer de una sola causa y cuando el demandado considera que el juez que conoce del negocio es incompetente.

- ¿Cómo se puede Objetar la Competencia de un Órgano?

A través de la Inhibitoria o Declaratoria.

- ¿En qué consiste la Inhibitoria?

Debe intentarse ante el juez que se considera competente y se tramita como un incidente. Tiene como finalidad solicitar al juez que el demandado considera competente que gire oficio inhibitorio al juez considerado incompetente, pidiéndole que deje de conocer el negocio y le remita los autos.

- ¿En qué consiste la Declinatoria?

Se propondrá ante el juez a quien se considera incompetente, pidiéndole que se abstenga del conocimiento del negocio y le remita los autos al juez considerado competente. Se plantea al contestar la demanda y se hace valer como excepción.

- ¿En qué consisten los conflictos jurisdiccionales?

Surgen entre tribunales u órganos estatales pertenecientes o jurisdicciones diversas y lo importante es saber a cuál de ellas le corresponde conocer de un juicio determinado.

- ¿En que consisten las Cuestiones de competencia?

Son aquellas en las que se parte del presupuesto de que si existe jurisdicción y que está en debate saber cuál es el tribunal que tiene competencia para conocer del asunto.

- ¿Cómo está integrado el Poder Judicial?

- La Suprema Corte de Justicia de la Nación

- El tribunal Electoral

- Los tribunales Colegiados de Circuito

- Los Juzgados de Distrito

- El consejo de la Judicatura Federal

- El jurado Federal de ciudadanos; y

- Los tribunales de los Estados y el Distrito Federal

- ¿En qué artículo Constitucional se habla sobre la integración del Poder Judicial Federal?

Articulo 94, Constitucional

- ¿Cómo está integrado el Poder Judicial del Estado de Jalisco?

Supremo tribunal de Justicia

- Tribunal Electora

- Tribunales de lo Administrativo

- Tribunal de Arbitraje y Escalafón

- Jueces de Primera Instancia; Especializados y Mixtos.

- Jueces Menores

- Jueces de Paz

- Jurado Popular

- Consejo de la Judicatura del Estado

- Instituto de Justicia Alternativa

- ¿Cómo está integrada la SCJN?

Se compone de 11 ministros y funcionará en Pleno o en Salas. En el pleno se requieren un mínimo de 7 asistentes para que los acuerdos sean validos. Las salas se componen

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