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ANTECEDECENTES HISTORICOS DE LOS MECANISMOS ALTERNOS DE SOLUCION DE CONFLICTOS.

Enviado por   •  12 de Julio de 2018  •  868 Palabras (4 Páginas)  •  392 Visitas

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Teniendo ya claro que los mecanismos alternos de resolución de conflictos son maneras diferentes para resolver conflictos distintos a la vía judicial. Hablemos un poco del origen de ellos, si bien es cierto, la jurisdicción es la capacidad que tiene el estado de administrar justicia, eventualmente éste mediante la ley se la otorga a los particulares para que puedan dirimir ciertos conflictos sin la necesidad de la participación directa de un órgano judicial del Estado.

"históricamente las M.A.S.C siempre han existido, prueba de ello es que en 'Grecia, la conciliación se encontraba regulada por la ley, donde los Tesmotetes analizaban el conflicto en sí mismo con el fin de llegar a un acuerdo con fuerza de ley. En Roma, las doce tablas respetaban los acuerdos a los cuales llegaran las partes en disputa. Con la llegada del cristianismo, estas formas de solucionar los problemas encontraron eco en las sagradas escrituras.

En la antigua china, según Confucio, los conflictos se solucionaban con la “persuasión moral y el acuerdo, y no bajo coacción” lo anterior en apariencia rechazaba un mecanismo de intervención de un “adversario” que pondría fin a una relación armoniosa; sin embargo es precisamente en este gran imperio donde se sigue ejerciendo la conciliación y existe una importancia considerable por el respeto a la autodeterminación y mediación, toda vez que se presenten conflictos que no puedan resolverse de manera directa.

En Japón también existían las figuras de conciliación y mediación a cargo de un líder que tenía la responsabilidad de ayudar a los miembros de la población a resolver sus conflictos.

En áfrica solucionaban de manera informal las discrepancias con una junta de vecinos, en la cual una persona respetada acercaba a las partes para que llegaran a resolver su situación.

Las comunidades religiosas siempre han mediado en los desacuerdos de sus feligreses y durante siglos el sacerdote, ministro o rabino han sido llamados para resolver problemas de convivencia y reorganizar sus relaciones.

En cuanto a la Edad Media, a partir del Fuero Juzgo, ley 15, título I, libro II se habla de los mandaderos de paz y avenidores, quienes eran funcionarios temporalmente nombrados en cada caso por el rey para conciliar y avenir pleitos que éste indicaba específicamente.

A partir del siglo XVIII, la conciliación fue considerada como un medio de resolución de conflictos permanente. Dicho proceso fue progresivo y empezó en países del norte como "Holanda y se extendió por Europa por países como Francia y España declarando así su obligatoriedad antes de ejercer cualquier acción civil.

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