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CONTRATOS Y OBLIGACIONES CONVENIO Art 1792. Siempre será entre 2 o más sujetos

Enviado por   •  19 de Octubre de 2018  •  2.744 Palabras (11 Páginas)  •  359 Visitas

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- CARACTERISTICAS DE LA COMPRAVENTA

- Comprende la venta de cosas y derechos.

- Establece obligaciones esenciales de las partes que son la transmisión de la propiedad o la titularidad de un derecho y el pago de un precio cierto y en dinero.

- Establece obligaciones implícitas es decir que van inmersas la entrega de la cosa y recibir la cosa.

- Existe la garantía de la edición que es responder por los vicios ocultos la cual puede quedar sin efectos por pacto expreso.

- Asunción de la titularidad cuando se refiere a venta de derechos.

- CLASIFICACION DE LA COMPRAVENTA.

- Es un contrato sinalagmático, oneroso, conmutativo, salvo el contrato de esperanza que es aleatorio.

- Es instantáneo por su naturaleza pero su ejecución puede ser diferida. Ejemplo, la venta a plazos.

- Es consensual y formal

- Es traslativo de propiedad

- Es un contrato principal

- Puede ser un contrato de adhesión. Ejemplo, las máquinas expendedoras.

EJECUCION DIFERIDA= Venta a plazos

EJECUCION ESCALONADA= Venta en abonos

PLAZO= Acontecimiento de realización cierta

ADHESION= Cuando una de las partes establece las condiciones (derechos y obligaciones) y uno las acepta.

- ESPECIE DE LOS CONTRATOS DE COMPRAVENTA.

- CIVIL: La situación propia es la relación entre personas, no comerciantes, no se verifica la especulación solo se refiere a la transmisión de derechos reales sin que exista un aprovechamiento económico.

- MERCANTIL: Se produce con el propósito directo y preferente de traficar o especular art. 75 y 371 del código de comercio, de igual manera se consideran mercantiles las que tengan por objeto títulos de crédito, acciones u obligaciones y se considera que en las compraventas mercantiles no se produce lesión por tratarse de una especulación comercial.

- COMPRAVENTA PÚBLICA Y PRIVADA.

- PÚBLICA: Se presenta de acuerdo a quien realiza la venta y significa que es llevar en una almoneda (subasta) publica el ofrecimiento de la cosa para adjudicarla al sujeto que más pague por ella.

- PRIVADA: Se presenta cuando los que intervienen son sujetos que no tienen la característica de ser entes públicos y por lo tanto son comunes y corrientes.

- COMPRAVENTA JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL.

- JUDICIAL: Se presenta un juez.

- EXTRAJUDICIAL: Son todas aquellas que no se llevan a cabo ante un juez.

- COMPRAVENTA COMUN Y ORDINARIA: Se rige por las reglas generales en materia de compraventa.

- COMPRAVENTA ESPECIAL: No se ajusta al tipo ordinario y se rige por disposiciones especiales. Ejemplo, la venta con reserva de dominio o ventas por acervo (cuando venden un total sin especificarlo).

- COMPRAVENTA VOLUNTARIA Y NECESARIA.

- VOLUNTARIA: Acto propio del sujeto en el cual externa su deseo. La transferencia de la propiedad se verifica cuando el propietario quiere llevar acabo el paso de la misma.

- NECESARIA: El vendedor es obligado a la transferencia de la propiedad esto significa que no existe un deseo, sino que se encuentra comprometido.

- MODALIDADES DE COMPRAVENTA:

- VENTA DE ENSAYO: El contrato queda sujeto a una condición suspensiva y se perfecciona hasta que la cosa es apta para el uso o servicio, entendiendo que si no es favorable el ensayo no se perfecciona la venta. Ejemplo; netflix, spotify.

- VENTA DE AGRADO O GUSTO: Depende del agrado del comprador, se entenderá perfeccionada hasta que el comprador quede satisfecho y le haga el comunicado al vendedor.

- VENTA A VISTAS: Se configura después de haber examinado la cosa y su funcionamiento. Ejem. Celular.

- VENTA POR CUENTA, PESO Y MEDIDA: Se determina por la totalidad del objeto aun y cuando no se haya concretado la medición de las cosas. Ejem. Cosecha.

- VENTA POR ACERVO O PRECIO ALZADO: Se presentan cuando se fija el costo de forma global sin que pueda rescindirse el contrato, si no es la cosa de la calidad a la que se comprometió, más no así por la cantidad. No se exige cantidad si no calidad.

- VENTA ADMESURAM: Se realiza fijando un precio a cada medida o metro solo bienes inmuebles.

- VENTA ADCORPUS: Se presenta cuando se lleva a cabo la compraventa a simple vista solo bienes inmuebles.

- ELEMENTOS REALES DE LA COMPRAVENTA.

- COSA: Debe ser determinada y existente por naturaleza.

- PRECIO: Cierto y en dinero.

- ELEMENTOS FORMALES.

- Sobre bienes muebles es un contrato consensual.

- Sobre bienes inmuebles es un contrato formal sea en escritura pública o privada.

- OBLIGACIONES DEL VENDEDOR.

- Tiene que conservar las cosas hasta su entrega incluso realizar los actos necesarios para que material y jurídicamente se conserve.

- Hacer entrega de la cosa, se puede realizar bajo tres formas. Art. 2284 código civil. REAL, JURIDICA Y VIRTUAL.

- TRANSMITIR LA PROPIEDAD DE LA COSA: Generalmente de forma simultánea al celebrar el contrato pero en ocasiones puede diferirse.

- GARANTIZAR POR EL HECHO PERSONAL: Consiste en que el vendedor debe abstenerse de cualquier forma de perturbar de hecho o derecho la posesión del comprador y de esta forma menoscabar dicha posesión.

- DEBE GARANTIZAR VICIOS OCULTOS: Son los defectos no manifiestos de la cosa y que son anteriores a la compraventa y esto puede producir responsabilidad del vendedor en la que se incluye la rescisión por los daños y perjuicios.

- Tiene la obligación que al garantizar

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