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Como se da el CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE INMUEBLE

Enviado por   •  2 de Noviembre de 2018  •  3.814 Palabras (16 Páginas)  •  472 Visitas

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE INMUEBLE III

enunciativa, y no limitativa, tales como reponer cristales rotos, resanar y repintar las paredes, despostillados de enjarre, reparación de: chapas, puertas, cortocircuito, instalaciones eléctricas: y en general, aquellas que regularmente son causadas por el uso normal y constante, y que impliquen más bien molestia que dispendio; deberán ser realizadas, cubiertas y pagadas por “LOS ARRENDATARIOS”, mientras esté en vigencia el presente Contrato de Arrendamiento. Por las reparaciones antes mencionadas, no tendrá derecho a reembolso alguno “LOS ARRENDATARIOS”, por estar dispuesto así, expresamente en la ley. En cuanto a las reparaciones mayores, que deban ser realizadas por “EL ARRENDADOR”, deberán ser solicitadas por escrito, por “LOS ARRENDATARIOS”, y deberán ser atendidas por “EL ARRENDADOR”, en un término de 20 veinte días naturales, a partir de la fecha de acuse de recibo, por parte de “EL ARRENDADOR”.-------------------------------------------------------------------------------

CUARTA.- La duración del presente Contrato de Arrendamiento, será de 12 doce meses, contados a partir del día 29 del mes de Octubre del año 2016, dos mil dieciséis, y hasta el día 29 del mes de Octubre del año 2017 dos mil diecisiete; entregando dicho día “LOS ARRENDATARIOS”, a “EL ARRENDADOR”, el inmueble, materia del presente Contrato de Arrendamiento, en las mismas buenas condiciones de construcción, uso y funcionalidad para ser ocupada y habitada; en las cuales la recibió “LOS ARRENDATARIOS”. Serán directa, personal, universal, conjunta y solidariamente responsables de cualquier violación a lo anterior, tanto “LOS ARRENDATARIOS”, como “EL FIADOR”, de los daños y perjuicios causados por dicha conducta.-----------------------------------------------------------------------------------------------

QUINTA.- Convienen voluntaria y expresamente ambas partes, que “LOS ARRENDATARIOS”, pagarán a “EL ARRENDADOR”, en concepto de Contraprestación, Renta o Precio del Arrendamiento, del Bien inmueble, materia del presente Contrato, la cantidad de $ 000,00.00 pesos y 00/100 M.N.; cantidad vigente durante el término del presente Contrato de Arrendamiento; dicha cantidad la pagará “LOS ARRENDATARIOS” a “EL ARRENDADOR”, precisamente el día 29 de cada mes, depositándola en la Cuenta Bancaria XXXXXXXXXX, misma que se encuentra a nombre de “EL ARRENDADOR” en la institución de crédito denominada “XXXXXXXXX”. Entendiéndose que dicho pago será aplicado en forma mensual y por adelantado; así como el recibo correspondiente le será expedido a “LOS ARRENDATARIOS” cuando “EL ARRENDADOR” haya verificado dicho depósito bancario a su favor.-----------------------------------------------------------------------------------

SEXTA.- Expresamente convienen, tanto “EL ARRENDADOR”, como “LOS ARRENDATARIOS”, que en caso de mora mayor de 03 tres días en el pago de la renta establecida en la clausula quinta del presente acuerdo de voluntades; se generará a partir del 04 cuarto día el cobro de un interés equivalente a XXXXXXX pesos por día de atraso a cargo de “LOS ARRENDATARIOS”, y por todo el tiempo que “LOS

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE INMUEBLE IV

ARRENDATARIOS”; continúen en mora, cantidad que será en concepto de Pena.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

SEPTIMA.- Convienen voluntaria y expresamente, tanto “EL ARRENDADOR”, como “LOS ARRENDATARIOS”, que; vencida la duración del presente Contrato de Arrendamiento, establecida en la Clausula Cuarta, en ningún caso y bajo ninguna circunstancia, se entenderá prorrogado del mismo, sino que será necesaria la celebración, suscripción y firma de un nuevo Contrato de Arrendamiento, expreso y por escrito; por lo que en consecuencia en forma voluntaria y expresa renuncian “LOS ARRENDATARIOS”, a la prórroga que establece el artículo 2051 dos mil cincuenta y uno del Código Civil del Estado de Jalisco, así como a la establecida en el artículo 2044 dos mil cuarenta y cuatro de la misma legislación; inclusive.----------------

OCTAVA.- Convienen voluntaria y expresamente tanto “EL ARRENDADOR” como “LOS ARRENDATARIOS”, lo siguiente: -------------------------------------------------------------

1.- Que 30 treinta días naturales anteriores a la terminación de la vigencia del presente Contrato de Arrendamiento, “LOS ARRENDATARIOS”, deberán notificar por escrito a “EL ARRENDADOR”, si desea celebrar un nuevo Contrato de Arrendamiento.

2.- A su vez; “EL ARRENDADOR”, deberá notificarle por escrito en 05 cinco días naturales a partir del acuse de recibo del aviso mencionado anteriormente; a “LOS ARRENDATARIOS”, las nuevas condiciones para la celebración y firma del nuevo Contrato de Arrendamiento.------------------------------------------------------------------------

3.- “LOS ARRENDATARIOS” a su vez, deberán informar a “EL ARRENDADOR”, por escrito dentro de los 03 tres días naturales contados a partir del acuse de recibo de las nuevas condiciones, si acepta o no dichas condiciones; entendiéndose en todo caso, que si 20 veinte días naturales antes del vencimiento del presente Contrato de Arrendamiento, no se ha firmado y suscrito un nuevo Contrato, estarán obligados “LOS ARRENDATARIOS”, a desocupar el inmueble, materia del presente Contrato, precisamente el día del vencimiento del mismo, establecido en la Clausula Cuarta del presente acuerdo de voluntades.------------------------------------------------------------------

NOVENA.- Declaran y reconocen en forma voluntaria y expresamente, tanto “EL ARRENDADOR”, como “LOS ARRENDATARIOS”, que actualmente el servicio de energía eléctrica se encuentra al corriente en su respectivo pago; por lo que a partir de la fecha de firma del presente acuerdo de voluntades, será por cuenta, cargo y riesgo de “LOS ARRENDATARIOS”, la contratación y pago de los servicios de energía eléctrica, teléfono, o cualquier otro servicio de la misma índole, similar, y/o conexo con los mismos, siendo directamente responsables “LOS ARRENDATARIOS”, de la suspensión, cancelación, y/o pago oportuno de los mismos; además de ser igualmente responsables “LOS ARRENDATARIOS”, de los daños y perjuicios que se originen a terceras personas, por el uso de dichos servicios. Así mismo, se obligan

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE INMUEBLE V

expresamente “LOS ARRENDATARIOS”, cada bimestre a entregar a “EL ARRENDADOR”,

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