RENTAS DE QUINTA CATEGORIA
Enviado por Kate • 16 de Diciembre de 2018 • 2.899 Palabras (12 Páginas) • 336 Visitas
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- Determinar: La Proyección del impuesto anual y las retenciones mensuales a realizarse
- Solución :
- Renta bruta:
- Haber mensual 16,929 x 12 S/.203,148.00
- Gratificación (2) 16,929 x 2 33,858.00
______________
- Total renta bruta S/.237,006.00
- Deducción Art.46 D.Leg.774
- 7 UIT = 3,950 x 7 (27,650.00)
________________
- Total renta neta S/. 209,356.00
CALCULO DE LA IMPUESTO DEL A RENTA NETA DEL TRABAJO Y FUENTE EXTRANJERA
Renta Imponible de Trabajo
RNT+RNFE*
Diferencia
Tasa
Importe S/.
Hasta
5UIT
0
19,750
19,750
8%
1,580
Más de 5UIT
Hasta 20UIT
19,751
79,000
59,250
14%
8,295
Más de 20 UIT
Hasta 35 UIT
79,001
138,250
59,250
17%
10,072.5
Más de 35 UIT
Hasta 45 UIT
138,251
177,750
39,500
20%
7,900
Más de 45 UIT
177,751
209,356
31,606
30%
9,481.8
Total Impuesto Anual
209,356
37,329.3
CALCULO RENTENCIÓN MENSUAL Impuesto Anual= 37,329.3
Según establece el Art 40 D.S. 122-94 (reglamento el Impuesto a la Renta) la retención d cada mes se determina d la siguiente manera:
- Retención mes de enero 2010 S/.37,329.3 / 12 = 3,110.8
- Retención mes de febrero 2010 S/.37,329.3 / 12 = 3,110.8
- Retención mes de marzo 2010 S/.37,329.3 / 12 = 3,110.8
- Retención abril IC- ( + ene.-mar.)/9 = 37,329.3 - 9,332.4 = 27,996.9/9 =3,110.8
- Retención mayo IC- ( + ene.-abr.)/8 = 37,329.3-12,443.2=24,886.1/8 = 3,110.8
- Retención junio IC- ( + ene.-abr.)/8 = 37,329.3-12,443.2=24,886.1/8 = 3,110.8
- Retención julio IC- ( + ene.-abr.)/8 = 37,329.3-12,443.2=24,886.1/8 = 3,110.8
- Retención agosto IC- ( + ene.-jul)/5 = 37,329.3-21,775.6=15,553.7/5 = 3,110.8
- Retención setiembre IC- (+ ene.-ago.)/4 = 37,329.3-24886.4=12,442.9/4 =3,110.8
- Retención octubre IC- ( + ene.-ago)/4 =37,329.3-24886.4=12,442.9/4 =3,110.8
- Retención noviembre IC- ( + ene.-ago.)/4 = 37,329.3-24886.4=12,442.9/4 =3,110.8
- Retención diciembre IC- ( + ene.-nov.) = 37,329.3-34,218.8 = 3,110.5
- Total Impuesto Retenido S/. 37,329.3
IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS:
Ámbito de Aplicación: En principio, el IGV constituye un IVA cuya estructura se rige bajo el método de base financiera y del llamado método de impuesto contra impuesto, el cual permite efectuar la deducción del impuesto pagado en las compras y adquisiciones q se consuman en el PROCESO PRODUCTIVO o sean gasto de la actividad económica del sujeto del impuesto.
1. Operaciones Gravadas
- Venta de bienes muebles (Titulo Oneroso)
- Prestación o utilización de servicios (Anfitrionas)
- Contratos de construcción (Clasificación Internacional Industrial Uniforme de las Naciones Unidas).
- Primera venta de inmuebles
- Importación de bienes.
2. Exoneraciones e Inafectaciones
- Exoneraciones (Artículos de Venta e Importación de Productos) Las incluidas en los Apéndices I y II (TUO de la Ley del Impuesto General a las ventas e Impuesto Selectivo al Consumo D.S. 055-99-EF y sus modificaciones).
- Inafectaciones- Arrendamiento de bienes muebles e inmuebles (solo en caso de personas naturales que constituyan Rentas de primera o segunda categorías).
- Instituciones Educativas
- Operaciones de Banco Central de Reserva.
- Sector Público Nacional y entidades sin fines de lucro.
- Transferencia de bienes reorganización empresas
- Juegos de Azar.
- Importación de bienes donados a entidades religiosas
- Importación de bienes donados en el exterior, etc.
- Transferencia de Bienes Usados.
- Asociaciones
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