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RENTAS DE QUINTA CATEGORIA

Enviado por   •  16 de Diciembre de 2018  •  2.899 Palabras (12 Páginas)  •  285 Visitas

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...

- Determinar: La Proyección del impuesto anual y las retenciones mensuales a realizarse

- Solución :

- Renta bruta:

- Haber mensual 16,929 x 12 S/.203,148.00

- Gratificación (2) 16,929 x 2 33,858.00

______________

- Total renta bruta S/.237,006.00

- Deducción Art.46 D.Leg.774

- 7 UIT = 3,950 x 7 (27,650.00)

________________

- Total renta neta S/. 209,356.00

CALCULO DE LA IMPUESTO DEL A RENTA NETA DEL TRABAJO Y FUENTE EXTRANJERA

Renta Imponible de Trabajo

RNT+RNFE*

Diferencia

Tasa

Importe S/.

Hasta

5UIT

0

19,750

19,750

8%

1,580

Más de 5UIT

Hasta 20UIT

19,751

79,000

59,250

14%

8,295

Más de 20 UIT

Hasta 35 UIT

79,001

138,250

59,250

17%

10,072.5

Más de 35 UIT

Hasta 45 UIT

138,251

177,750

39,500

20%

7,900

Más de 45 UIT

177,751

209,356

31,606

30%

9,481.8

Total Impuesto Anual

209,356

37,329.3

CALCULO RENTENCIÓN MENSUAL Impuesto Anual= 37,329.3

Según establece el Art 40 D.S. 122-94 (reglamento el Impuesto a la Renta) la retención d cada mes se determina d la siguiente manera:

- Retención mes de enero 2010 S/.37,329.3 / 12 = 3,110.8

- Retención mes de febrero 2010 S/.37,329.3 / 12 = 3,110.8

- Retención mes de marzo 2010 S/.37,329.3 / 12 = 3,110.8

- Retención abril IC- ( + ene.-mar.)/9 = 37,329.3 - 9,332.4 = 27,996.9/9 =3,110.8

- Retención mayo IC- ( + ene.-abr.)/8 = 37,329.3-12,443.2=24,886.1/8 = 3,110.8

- Retención junio IC- ( + ene.-abr.)/8 = 37,329.3-12,443.2=24,886.1/8 = 3,110.8

- Retención julio IC- ( + ene.-abr.)/8 = 37,329.3-12,443.2=24,886.1/8 = 3,110.8

- Retención agosto IC- ( + ene.-jul)/5 = 37,329.3-21,775.6=15,553.7/5 = 3,110.8

- Retención setiembre IC- (+ ene.-ago.)/4 = 37,329.3-24886.4=12,442.9/4 =3,110.8

- Retención octubre IC- ( + ene.-ago)/4 =37,329.3-24886.4=12,442.9/4 =3,110.8

- Retención noviembre IC- ( + ene.-ago.)/4 = 37,329.3-24886.4=12,442.9/4 =3,110.8

- Retención diciembre IC- ( + ene.-nov.) = 37,329.3-34,218.8 = 3,110.5

- Total Impuesto Retenido S/. 37,329.3

IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS:

Ámbito de Aplicación: En principio, el IGV constituye un IVA cuya estructura se rige bajo el método de base financiera y del llamado método de impuesto contra impuesto, el cual permite efectuar la deducción del impuesto pagado en las compras y adquisiciones q se consuman en el PROCESO PRODUCTIVO o sean gasto de la actividad económica del sujeto del impuesto.

1. Operaciones Gravadas

- Venta de bienes muebles (Titulo Oneroso)

- Prestación o utilización de servicios (Anfitrionas)

- Contratos de construcción (Clasificación Internacional Industrial Uniforme de las Naciones Unidas).

- Primera venta de inmuebles

- Importación de bienes.

2. Exoneraciones e Inafectaciones

- Exoneraciones (Artículos de Venta e Importación de Productos) Las incluidas en los Apéndices I y II (TUO de la Ley del Impuesto General a las ventas e Impuesto Selectivo al Consumo D.S. 055-99-EF y sus modificaciones).

- Inafectaciones- Arrendamiento de bienes muebles e inmuebles (solo en caso de personas naturales que constituyan Rentas de primera o segunda categorías).

- Instituciones Educativas

- Operaciones de Banco Central de Reserva.

- Sector Público Nacional y entidades sin fines de lucro.

- Transferencia de bienes reorganización empresas

- Juegos de Azar.

- Importación de bienes donados a entidades religiosas

- Importación de bienes donados en el exterior, etc.

- Transferencia de Bienes Usados.

- Asociaciones

...

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