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Los Programas sea este ejecutado o no en una Entidad de Atención

Enviado por   •  24 de Noviembre de 2017  •  2.214 Palabras (9 Páginas)  •  448 Visitas

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Tenga a sus servicios personas no idóneas, a juicio del Consejo Municipal de Derechos del Niño, Niña

y Adolescente del Municipio Los Salias.

No haya efectuado, en su presupuesto anual, una estimación acorde con el programa a ejecutar.

Que no cumpla con alguno de los recaudos solicitados.

El Registro de las Entidades de Atención tiene una vigencia de cinco (05) años renovables, pudiendo

ser revocado en cualquier momento por el Consejo Municipal de Derechos de Niños, Niñas y

Adolescentes, cuando a juicio del ultimo y por recomendación de la Coordinación de Defensa y

Registro, se haya producido algunas variaciones que amenace o viole el ejercicio de los derechos y

garantías contemplados en la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente.

La inscripción de Programas se otorga por el tiempo que el responsable del mismo haya declarado

para su ejecución, pudiendo ser prorrogado a petición de dicho responsable. En todo caso, la

inscripción de un programa puede ser suspendida o aun revocada cuando, a juicio del Consejo

Municipal de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, previa opinión de la Coordinación de Defensa

y Registro, si la ejecución de tal programa viole o amenace el ejercicio de los derechos y garantías

contemplados en la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente.

El Consejo Municipal de Derechos del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Los Salias, a través de la

Coordinación de Defensa y Registro, se reserva el derecho de realizar las supervisiones a Entidades

de Atención y Programas registrados por denuncia o por oficio cuando este lo considere pertinente.

Una vez obtenido el Registro la Entidad de Atención e Inscripción del Programa, el Consejo Municipal

de Derechos del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Los Salias, emitirá una Resolución y

certificado con una numeración correlativa y será de obligatorio cumplimiento por parte de los

responsables, colocar en un lugar visible al publico en general dicho certificado una vez obtenido el

Registro, los y las Responsables de la entidad de Atención adquieren el compromiso de no clausurar la

institución por un plazo mínimo de tres (03) años, contados desde la fecha del registro o de su

renovación.

La coordinación de Defensa y Registro cuando compruebe irregularidades en la prestación del

correspondiente servicio, según la gravedad de los hechos, podrá interponer a la Entidad de Atención o

al Programa las siguientes medidas:

1. Advertencia.

2. Suspensión de sus responsables.

3. Suspensión por tiempo determinado o clausura.

4. Revocación del Registro o de la Inscripción.

El procedimiento para aplicar las medidas antes señaladas en el articulo anterior, se encuentran

establecidas en los artículos números 284, 285, 286, 287, 288, 289, 290, 291, 292, 293, 294, 295, 296,

297, 298, 299, 300, 301, 302, 303, 304, 305, 306 y 307, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños,

Niñas y Adolescentes.

El Consejo Municipal de Derechos del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Los Salias, negara la

inscripción de un Programa, a su juicio, siempre y cuando el mismo no responda a los principios de

respeto a los derechos y garantías consagrados en la Ley, o no cumplan los requisitos establecidos en

los artículos Segundo y Tercero de la presente Resolución.

Una vez subsanada la causa que origino la negación del registro o inscripción a que se refiere el

artículo Segundo y Tercero de la presente resolución, el o la responsable de la Entidad de Atención o

del Programa podrá presentar una nueva solicitud.

Reforma parcial del Reglamento Interno del Consejo de Derechos de Niños, Niñas y adolescentes.

Resolución 007/2010. Publicada en Gaceta Municipal Nº 06/02 de fecha 10 de febrero de 2010.

CONSEJO MUNICIPAL DE DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

INFORME DE GESTIÓN

Síntesis : Establecer las normas que regulen a la Junta Directiva y al Personal Operativo del Consejo

de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Los Salías, en cuanto a su Estructura,

Organización, Administración y Funcionamiento, así como también aquellos aspectos relacionados

con el ejercicio y competencia de este órgano administrativo

3. PARTICIPACIÓN ACTIVA DE LA COMUNIDAD DEL MUNICIPIO LOS SALIAS EN PRO DE

GARANTIZAR LA DEFENSA Y PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS DE SUS NIÑOS, NIÑAS Y

ADOLESCENTES.

Activar a la comunidad del Municipio Los Salias a la participación en manejo y desarrollo de programas

y

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