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Analisis sentencia agrario

Enviado por   •  15 de Febrero de 2018  •  838 Palabras (4 Páginas)  •  479 Visitas

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La sala evidencia que los hechos por los cuales se condenaron a los ciudadanos Martin Javier Jiménez y Rafael Celeste Belisario no poseen carácter penal por lo que decreta la nulidad absoluta de todas las actuaciones realizadas en la causa y se ordena la inmediata libertad de los presente ciudadanos, es decir se declara con lugar la solicitud de avocamiento. De igual modo se desaplica el control difuso de la constitucionalidad de los articulo 471-A Y 472 del Código Penal Venezolano, en aquellos casos donde se observe un conflicto entre particulares devenido de la actividad agraria, siendo está decisión de carácter vinculante para todos los tribunales de la Republica.

Despenalización

Con respecto al caso explanado en la sentencia es importante recalcar que se realizo un proceso por los delitos de invasión, perturbación violenta de la posesión de bienes inmuebles e incendios en el fundo “San Jerónimo” llevado el proceso fundamentándose en los artículos 471-A y 472 del Código Penal Venezolano.

En relación a esto es de relevancia señalar que el artículo 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela #7 nos establece que: “Ninguna persona podrá ser sancionada por actos u omisiones que no fueren previsto como delito, faltas o infracciones en leyes preexistentes”. De igual modo el artículo 197 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario nos establece que “Los juzgados de primera instancia agraria conocerán de las demandas entre particulares que se promuevan con ocasión de la actividad agraria”, tomando en cuenta el asunto de los ciudadanos Rafael Celestino Belisario y Martin Javier Jiménez a los cuales se les imputan los cargos de invasión, perturbación violenta de la posesión de bienes inmuebles e incendios se ventilo por vía del procedimiento penal siento esto contrario a los establecido por la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.

Por lo tanto la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia presidido por la Magistrada Luisa Estella Morales Lamuño se decide que se desaplica el control difuso de la constitucionalidad en los artículos 471-A y 472 del Código Penal Venezolano, y se declaran nulos todos los actos realizados en la causa expuesta por lo que se ordena la libertad inmediata de los ciudadanos Rafael Celestino Belisario y Martin Javier Jiménez.

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