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Apuntes Bienes.

Enviado por   •  8 de Febrero de 2018  •  2.925 Palabras (12 Páginas)  •  290 Visitas

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PATRIMONIO DE AFECTACIÓN

Patrimonio de Familia

Son objeto del patrimonio de familia:

- La Casa Habitacion

- Parcela Cultivable

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- Artículo 724.- Pueden constituir el patrimonio familiar la madre, el padre o ambos, la concubina, el concubino o ambos, la madre soltera o el padre soltero, las abuelas, los abuelos, las hijas y los hijos o cualquier persona que quiera constituirlo, para proteger jurídica y económicamente a su familia.

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- Artículo 725.- La constitución del patrimonio de familia hace pasar la propiedad de los bienes al que quedan afectos, a los miembros de la familia beneficiaria; el número de miembros de la familia determinará la copropiedad del patrimonio, señalándose los nombres y apellidos de los mismos al solicitarse la constitución del patrimonio familiar.

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- Artículo 726.- Los beneficiarios de los bienes afectos al patrimonio de la familia serán representados en sus relaciones con terceros, en todo lo que al patrimonio se refiere, por el que nombre la mayoría.

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- Artículo 740.- Constituido el patrimonio familiar, ésta tiene obligación de habitar la casa, explotar el comercio y la industria y de cultivar la parcela. El Juez de lo Familiar puede, por justa causa autorizar para que se dé en arrendamiento o aparcería, hasta por un año.

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- Sociedad Conyugal

- Articulo 194. El dominio de los bienes comunes reside en ambos cónyuges mientras subsista la sociedad conyugal. La administración quedará a cargo de quien los cónyuges hubiesen designado en las capitulaciones matrimoniales, estipulación que podrá́ ser libremente modificada, sin necesidad de expresión de causa, y en caso de desacuerdo, el Juez de lo Familiar resolverá́ lo conducente.

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- Adjudicación

- Articulo 1678. La aceptación en ningún caso produce confusión de los bienes del autor de la herencia y de los herederos, porque toda herencia se entiende aceptada a beneficio de inventario, aunque no se exprese.

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- A) La herencia.- Por medio de ella los herederos adquieren el dominio y posesión de los bienes heredados desde el momento del autor del testamento. Para la adjudicación, es necesaria la tramitación de un juicio sucesorio, y

- B) Es cuando el acreedor pide directamente al juez la adjudicación se los bienes. Debido a que no se presentan postores, el juez dicta una resolución adjudicando esos bienes.

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- Antigua Ley de Quiebras

- Por la sentencia que declare la quiebra el quebrado quedo privado de derecho de administración y disposición de sus bienes y de los que adquiera hasta finalizar aquellos.

- La persona tiene un estado de limitación donde los bienes que le quedan no los puede administrar el.

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Ley de concursos mercantiles

Patrimonio del Ausente

Todos los derechos tienen en común relaciones entre personas sancionadas por el derecho.

2/2/2015

Derechos Reales.- Poder inmediato y directo sobre una cosa y que puede ser ejercitado y hecho valer frente a todos.

- Todos los derechos tienen el carácter común de ser relaciones entre personas, reconocidas y sancionadas por el derecho.

- Se clasifican de acuerdo a los caracteres y modalidades. La clasificación mas importante es la distinción entre derecho reales y derechos personales (también llamados derechos de crédito u obligaciones).

- Las obligaciones son el vinculo jurídico entre dos personas, en virtud del cual una de ellas (acreedor), tiene derecho de exigir a la otra (deudor), un dar hacer o no hacer.

- La obligación es un vinculo que relacionara a una persona con otra.

- Cuando la obligación se observa desde el punto de vista activo se puede llamar crédito, y cuando es pasivo es deuda.

- En los derechos reales no se encuentra un vinculo entre dos partes, si no que es un poder inmediato (disposición) sobre una cosa de manera directa e inmediata.

- Aquella relación de su titular, frente a todas las personas que tienen el deber de NO PERTURBAR TU DERECHO, osea un deber de ABSTENCIÓN.

- El titular es el sujeto activo, frente a todas las demás personas que son sujetos pasivos.

Teoria Eclectica.-

Elemento interno: Poder directo sobre la cosa.

Elemento externo: Deber universal contra todos, deber de abstención.

Caracterisitcas de los derechos reales:

- Indeterminación del sujeto pasivo

- Corporeidad de la cosa

- Singularidad de su adquisición

- Escaso poder de la voluntad

- Preferencia y Persecución

- Posibilidad de abandono del derecho.

- Perpetuidad

- Oponibilidad.

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Clasificacion de derechos reales.-

1.- De dominio= Propiedad.

1.1 De goce

- Temporales.- Usufructo, uso, habitación.

- Perpetuos.- Servidumbre, Censo, Habitacion.

2.- Limitacion de dominio.-

2.1.- De garantía.- Hipoteca, anticresis

2.2.- Retención, tanteo, retracto.

Derechos reales dudosos

Retención

Facultad de retener una cosa, por

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