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CATEGORIZACIÓN DEL JUICIO DE AMPARO (formas en las que procede)

Enviado por   •  29 de Diciembre de 2017  •  4.362 Palabras (18 Páginas)  •  535 Visitas

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COMPETENCIA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

- Se da de oficio o a petición del Procurador General de la Republica.

- Puede quitar y estudiar un caso de cualquier otro órgano jurisdiccional siempre que se en materia de inconstitucionalidad

- Sea un tema de interés y trascendencia.

- Para evitar contradicciones, los atrae y establece un criterio de cómo resolver.

IMPEDIMENTOS ESCUSAS Y RECUSACIÓN

- Impedimento: circunstancia particular, normalmente de carácter personal (parentesco, amistad o relaciones comerciales) que pudiera generar una parcialidad en el Juzgado. El juez tenga un interés particular y atendiendo a este resuelva

- Escusa: Cuando el propio Juez advierte que tiene una relación personal, solicita que se le exima del conocimiento del asunto.

- Recusación: Cuando el juez no se escusa y una de las partes se percata de la relación personal.

Circunstancias en las que se dan estas figuras( art.51):

- Conyugues o parientes de algunas de las partes

- Interés personal en el asunto que haya motivado el acto reclamado (juez por ejemplo compro tierras donde no se han seguido los procedimientos adecuados)

- Han sido abogados o Apoderados de alguna de las partes. ( antes de ser juez lo fueron)

- SI fue autoridad responsable en otra instancia (conoció primero como juez, después en otra instancia como magistrado)

- Aconsejar como asesores

- Si figuran como parte en un juicio de amparo semejante al de su conocimiento

- Amistad o enemistad estrecha con alguna de las partes

- Elementos objetivos pudieran derivar perdida de imprcialidad.

Procedimiento de Escusa y Recusación ( art 58 y 59):

- Si hay impedimento lo conoce otro del mismo distrito o circuito

- Documento debe ser por escrito, expresar los agravios y los hechos bajo una manifestación bajo protesta de decir la verdad, exhibir garantía de monto minimo 30 sm. Y máximo 300 salarios mínimos. SI no se presenta el billete de depósito se desecha la recusación a menos que se demuestre insolvencia, te exigen un monto menor o me exente del pago.

- DILACIÓN. Cuando presento escritos para retrasar el juicio de amparo, impedir que se llegue a una resolución, si el magistrado se da cuenta que intentas esto no te devuelve el billete de deposito

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PARTES DEL JUICIO DE AMPARO

CONCEPTO. Es todo aquel sujeto que interviene en el juicio de amparo en razón de su interés en que se declare la constitucionalidad o la inconstitucionalidad del acto de la omisión o de la norma general que se reclama. (Actor, demandado, juez, MP , tercero interesado, tercero extraño al juicio) ( no son parte pero intervienen Peritos y testigos).

- QUEJOSO: detona el juicio afectación de un interés legítimo o derecho subjetivo. Ejemplo: afectación del ecosistema para los pescadores. Daño al arrecife.

Ejemplo: alcalde quito el piso del palacio municipal y empezó a poner otro y era un edificio de más de 100 años que según una ley entra como histórico, el INAH llego y le clausuro la obra

- La Autoridad pública no podrá invocar interés legítimo pero si el daño a un derecho. Si puede ser quejoso.

- Son parte las que fueron partes en el proceso judicial que atacamos, en este caso el actor se vuelve tercero interesado y el demandado se vuelve el quejoso (actor).

- AUTORIDAD RESPONSABLE: Autoridad u órgano del Estado, con naturaleza formal, que dicta, ordena, ejecuta o trata de ejecutar un acto que crea, modifica, o extingue un derecho u obligación de manera unilateral y obligatoria.

- Para el JA. Demando a los dos tipos de autoridad la Ordenadora (dicta el acto) y la ejecutora (ejecuta el acto)

- Actos que no son necesarios ejecutarse con solo dictarse me afectan (ejemplo de estatuto profesional, la autoridad seria el procurador agrario que dicta el nuevo estatuto).

- PARA QUE LOS PARTICULARES SEAN CONSIDERADOS COMO AUTORIDAD:

- Deben causar una afectación

- Particular actué como autoridad

- Su actuación este contemplado en una norma. Ejmplo: Hospitales privados que se nieguen a darme mi expediente. Están regulados por normas de carácter general de la secretaria de salud.

- TERCER INTERESADO. Puede tener tal carácter:

- Gestione el Acto Reclamado y tenga interés en que subsista: ejemplo: construcción de una presa. Gestiona el Acto: la empresa particular que construyo la presa.

- Contraparte del quejoso en amparo judicial que emane de un proceso previo:

- Acto reclamado: la resolución , sentencia

- Autoridad responsable: juez

- Tercero interesado: persona que quiere que subsista la sentencia ya emitida a su favor.

- Tercero extraño al juicio: persona que no era parte de él. Ejemplo: una persona compra un terreno y se pelea con el dueño, y deja de pagar y no llego a vivir, entonces el dueño vuelve a vender el terreno y el segundo comprador si vive ahí, se pelea otra vez el dueño y empieza juicio de desalojo, el primer comprador puede entrar como tercero extraño al juicio.

- Víctima . La ley de amparo le concede a la víctima ser tercero interesado cuando al acusado se le pretende dejar sin responsabilidad

- Acto reclamado: resolución sentencia

- Autoridad responsable: juez mp

- Tercero interesado: victima

- Quejoso: acusado que se ampara

- ACUSADO. MP- JUEZ. Desiste de la acción penal

- Acusado : se vuelve tercero interesado

- Víctima : se ampara

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