DERECHO LABORAL II - COLECTIVO
Enviado por poland6525 • 5 de Noviembre de 2018 • 1.119 Palabras (5 Páginas) • 516 Visitas
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similar a la que venía ejerciendo; recibiendo como respuesta las cartas de 24.9.99 y 29.9.99 que asimismo anexo y que no desvirtúan mi reclamo constante sobre cese de hostilidad.
Consecuentemente mi vínculo laboral con el Poder Judicial continuo, no se me despidió, ya que no hubo prueba alguna, y la denuncia penal sobre la materia aún no ha culminado, y conforme al Art. 37º del D.S. Nº 003-97-TR el despido no se deduce ni presume debe probarse, lo que reitero no ha sucedido en mi caso. El despido entonces sólo ocurrió luego de mi denuncia del 24 de Setiembre de 1999, ya que me obligaron a entregar mi cargo y así se lee del Acta del 17.9.99 “... deberá hacer entrega del cargo documentariamente al Presidente de la Comisión Ingeniero Daniel Masias Abadia...”, a una persona nada idónea para el cargo tan delicado que ostentaba, resultando ésta persona inclusive con más de siete proceso judiciales en su contra y separado del Poder Judicial el 13 de Octubre de 1999 (25 días después en un cargo que requería mucha responsabilidad y confidencialidad por eso mi preocupación al denunciar a los funcionarios del Poder Judicial previamente, que incluía salvar mi responsabilidad del cargo para no ser cómplice de tal irregularidad).
Consecuentemente, es totalmente procedente mi pedido de Nulidad de Despido, solicitando se declare mi reposición en su oportunidad
Fundamentos Jurídicos:
Inciso c. del Art. 29 del T.U. del Dec. Leg. 728 (D.S. 003-97-TR) Ley de Productividad y Competencia Laboral.
Ley Nº 26636 procedimiento laboral, Art. 2 y demás pertinentes.
Vía Procedimental
La presente DEMANDA se tramitara como un proceso ordinario laboral, conforme la Ley 26636.
Medios probatorios
De acuerdo con el inc. 4 del Art. 21 de Ley Procesal del Trabajo, ofrezco el mérito de lo siguiente:
1.- Copia del Acta de Entrega de cargo de Inventario del 17.9.99 para acreditar que me obligaron a entregar dicha fecha mi cargo de Coordinadora del Registro Nacional de Condenas, y no fue despedida en tal oportunidad.
2.- Copia de mi denuncia formulada ante el Ministerio Público con fecha 24.9.99 que acredita los hechos ilícitos perpetrados por ocho funcionarios del Poder Judicial en el Registro Nacional de Condenas, los que denuncié dada las irregularidades del modo de separarme del cargo.
3.- Copia de la Carta de Despido Nº 084-99-GAF-GG-PJ del 14.10.99 en el que se me despide del cargo de Coordinadora del Registro Nacional de Condenas.
4.- Copia de los tres (3) Certificados Médicos y respectivas cartas de comunicación al Poder Judicial que acreditan descanso médico por tratamiento de Migraña y Depresión.
5.- Copia de la carta de Descargos del 13 de Octubre de 1999 en el que levantó las falta que se me imputan.
6.- Copia de la carta del 20.9.99 que dirigí al Supervisor de Personal del Poder Judicial solicitando el cese de hostilidades contra mi persona.
7.- Copia de las cartas del 24.9.99 y 29.9.99 emitidas por el Lic. Fernando Marchinares Falcon, Supervisor de Personal, del Poder Judicial, dando respuesta a mis pedidos de cese de hostilidad.
8.- Copa del recorte periodístico en el que el Editorial del Diario La República hace referencia a que el Poder Judicial me contraatacó (me despidió), a raíz de la denuncia penal que formulara.
9.- Copia del Memorandum Nº 865-99-GG-GAF-PS-PJ del 22.9.99 suscrita por el Lic. Fernando Marchinares Falcon, en lo que disponen mi pase a prestar apoyo a la Gerencia de Operaciones de Centros Juveniles a partir del 22.9.99; lo que acredita que continué laborando luego de los hechos.
10. La exhibición que deberá efectuar el representante legal que salga a juicio por el poder judicial, del cargo de entrega a mi persona del reglamento interno del poder judicial, bajo apercibimiento de ley.
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