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Derecho Privado Elemetal.

Enviado por   •  4 de Mayo de 2018  •  11.851 Palabras (48 Páginas)  •  246 Visitas

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Tiene 2 definiciones, sintética y por lo descriptivo de su contenido.

- Sintético.- es el derecho privado general que regula las reclamaciones más comunes de la convivencia humana.

- Por descripción del contenido.- es el que regula:

- la personalidad (derecho de la persona)

- las relaciones jurídicos-patrimoniales (derecho patrimonial)

- la familia (derecho de familia)

- la sucesión por causa de muerte (derecho hereditario)

- La Personalidad - Derecho de la Persona

Existen 2 tipos de personas: Físicas (el ser humano) y Jurídicas (que a su vez son de tipo asociativo, aquí se engloban las empresas, y de tipo fundacional)

La personalidad nace cuando nacemos y muere cuando morimos, si se encuentra desaparecido, la declaración de fallecimiento es a los 10 años.

Capacidad de la Persona

Distinguir entre 2 conceptos jurídicos: la capacidad jurídica, que es la que tenemos al nacer, de ser titular de derechos y deberes, y la capacidad de obrar, dichos derechos y deberes. Ejemplos.- Un bebé tiene capacidad jurídica pero no de obrar, la capacidad de obrar se tiene a los 18 años. Los menores de edad pueden realizar actos jurídicos básicos, montar en el metro, comprar chucherías,… la capacidad de los menores se incrementa con el paso del tiempo, los menores emancipados tienen capacidad plena con excepciones pocas.

Estado Civil

- El matrimonio, es un estado civil pero no el único, además están

- La nacionalidad, porque se aplican las leyes españolas. En España hay 17 CC.AA. y existen distintos Códigos Civiles, hay en algunas que se aplica el derecho foral ó especial (Cataluña, País Vasco, Navarra, Aragón, Galicia, Baleares, Valencia), es decir existen 7 derechos civiles forales y el derecho civil común en el resto de España.

- La vecindad civil, que no es necesariamente donde se vive y es el criterio para aplicar el derecho civil común o foral.

- Mayoría ó Minoría de edad.

- La emancipación.

- La incapacitación.

- Las Relaciones Jurídicos-Patrimoniales - Derecho Patrimonial

Contenido económico y se dividen en 2 grandes grupos. Las Obligaciones y los Derechos Reales

Obligaciones.- vínculo jurídico que une a 2 sujetos que se llaman deudor (que tiene que hacer una prestación) a favor de un acreedor (quien debe recibir esa prestación)

- Contrato de compra-venta.- el comprador y el vendedor son acreedores y deudores por doble sentido (del dinero y del objeto).

- Contrato de donación.- el acreedor tiene derecho a reclamar la cosa, el deudor es quien recibe en donación la cosa, sólo hay un acreedor y un deudor.

- Contrato de permuta.- mediante el que 2 permutantes intercambian bienes. Cada uno de los permutantes son a la vez acreedores y deudores.

- Contrato de servicios ó de obra.- en el de obra existe un resultado.

- Contrato de depósito.- para guardar las cosas.

- Contrato de préstamo.- sólo nace cuando la cosa ya ha sido entregada. Prestamista es quien da (acreedor) y prestatario quien recibe (deudor), sólo hay un acreedor y un deudor.

La prestación, la obligación a la que tiene derecho el acreedor es (dar ó hacer ó no dar/no hacer), dar en contratos de donación, préstamo, permuta, hacer en contrato de servicio, no hacer en contrato de secreto profesional, exclusividad.

¿De dónde surgen las obligaciones? Hay 2 fuentes:

- Responsabilidad Civil Contractual.- El origen de la obligación es el contrato de voluntades, las personas son deudores o acreedores porque firman contratos.

- Responsabilidad Civil Extracontractual.- La obligación de reparar el daño causado con quien no se está ligado en ningún contrato. El sujeto agente dañoso es el deudor y el sujeto paciente ó víctima es el acreedor.

Contractual, surgen entre conocidos. Extracontractual surge entre desconocidos.

Derechos Reales.- son los que tenemos sobre las cosas, se llama así porque “real” (que no tiene nada que ver con la monarquía ó realeza) procede del latín “res”, que a su vez significa “cosa”.

El máximo exponente, el derecho que nos obliga más facultades, es el derecho de propiedad, hay otros.

- La Familia - Derecho de Familia

Relación existente entre los miembros de una familia, sobretodo los cónyuges, tanto económicos como personales, la pareja de hecho es similar.

Derechos:

- La filiación.- es la cualidad de ser hijo, existe filiación extramatrimonial, de quien no están casados (antes eran hijos ilegítimos) y filiación matrimonial, la del matrimonio.

- La adopción.- filiación adoptiva, instituciones de guarda.

- La tutela

- El acogimiento

- La curatela

Nosotros estudiaremos sólo el régimen económico matrimonial.

- La Sucesión por causa de muerte - Derecho Hereditario

¿Por qué se llama así? Porque una persona sucede a otra.

Cuando el que fallece (el causante del fallecimiento), puede haber hecho testamento se llama sucesión testamental, si no se ha realizado, entonces se produce una sucesión intestada, hay que calcular en este caso los herederos. Más allá del 4º grado no se testa, en este caso si hubiera bienes van al Estado.

- EL CÓDIGO CIVIL Y LAS LEYES CIVILES ESPECIALES

En España se creó en 1889 el Código Civil, antes las leyes estaban dispersos en leyes medievales hasta que se consiguió ordenar toda la legislación civil.

Estructura

El

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