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ESTATUTOS SINALTRAIFRU 2017

Enviado por   •  25 de Diciembre de 2018  •  8.040 Palabras (33 Páginas)  •  243 Visitas

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PARÁGRAFO 2. . Solicitar por escrito su afiliación diligenciado el formulario respectivo.

CAPÍTULO V

OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LOS AFILIADOS

Artículo 7: Son obligaciones de cada uno de los afiliados:

- Cumplir fielmente los estatutos y reglamentos de la organización, las órdenes emanadas de la Asamblea General y/o de la junta directiva, que se relacionen exclusivamente con la función legal del sindicato.

- Concurrir puntualmente a las Sesiones de la Asamblea general, de la junta directiva, y de las comisiones, cuando se forme parte de estas.

- Observar buena conducta, proceder lealmente con sus compañeros de trabajo y miembros de la organización sindical y entidades e instituciones a las que esté vinculado y/o afiliado el sindicato, en el ejercicio de sus funciones y reglamentos emanados de las respectivas asambleas o juntas directivas.

- Pagar puntualmente las cuotas ordinarias y extraordinarias y multas establecidas en estos estatutos y las que acogiéndose a ellos adopte la Junta Directiva.

- Presentar excusa por escrito, con indicación de las causas, en caso de incumplimiento de la obligación de que trata el aparte b) de este artículo.

- Acatar y cumplir cabalmente todas las normas de salud, higiene, salud ocupacional y seguridad industrial establecidas en la ley y las acordadas por el sindicato con la empresa en las distintas formas de contratación colectiva.

- Acatar y cumplir el reglamento de contrato sindical que en su condición de afiliado este ejecutando

Artículo 8: Son derechos de los asociados:

- Ser elegidos delegatarios a la asamblea general del sindicato, cuando esta es de delegados, y /o de las subdirectivas y seccionales y participar en los debates de las Asambleas Generales y/o de delegados según el caso, con derecho a voz y voto, siempre que se esté a paz y salvo con la tesorería y presentar proposiciones.

- Ser elegidos miembros de los organismos de dirección y control (juntas directivas comisiones, comités etc...) que tenga la organización sindical y ser delegados a congresos sindicales.

- Gozar de los beneficios que otorga el sindicato.

- Solicitar la intervención del sindicato, por medio de la Junta Directiva y conforme a los estatutos para el estudio y solución de todos los conflictos de trabajos individuales o colectivos que se presentan.

- Percibir y disfrutar de los beneficios y emolumentos que los órganos de dirección determinen o señalen como compensaciones o reconocimiento a su actividad y desempeño bien como directivo o por la contribución en la ejecución de un contrato sindical al que haya sido asignado para su ejecución

PARÁGRAFO 1: Se entiende que los afiliados se encuentran a Paz y Salvo con la tesorería del sindicato, mediante el pago oportuno de las cuotas.

PARÁGRAFO 2: Los afiliados que se encuentren atrasados en más de tres (3) cuotas podrán participar en las asambleas generales y/o de delegados según el caso, con voz, pero sin voto (pueden deliberar más no decidir).

CAPÍTULO VI

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Artículo 9: La Asamblea General y/o de delegados nacional, según el caso, es la máxima autoridad del sindicato, está la constituye o forma la reunión de todos los afiliados, y/o los delegados según el caso, o su mayoría, la que en ningún momento será inferior a la mitad más uno de sus miembros; para la toma de decisiones solamente se computaran los votos de los afiliados y/o delegados presentes.

PARÁGRAFO 1: Cuando el sindicato sobrepase y mantenga más de 200 afiliados y/o, cuente con subdirectivas en municipios o lugares distantes del domicilio y residencia de la organización lo que dificulta la realización de la asamblea general, esta será de delegados, garantizando el derecho de las minorías elegidos conforme a la reglamentación que la Junta Directiva Nacional establezca para tal fin, sin que se viole el derecho de las minorías.

Artículo 10: En virtud de lo establecido en el artículo 387 del Código Sustantivo del Trabajo, dado el número de socios que tiene el sindicato y lo preceptuado en el parágrafo del artículo que antecede se adopta el sistema de asamblea de delegados, dichas asambleas se conformaran con los miembros del sindicato de cada empresa, o finca, sección o municipio en proporción de un delegado con su respectivo suplente por cada veinte (20) afiliados o fracción de diez; las subdirectivas y/o seccionales será en proporción de un principal y un suplente por cada diez (10) afiliados o fracción de cinco (5).

PARÁGRAFO 1: La Junta Directiva Nacional del sindicato, con un (1) mes de anticipación a la fecha de vencimiento del periodo de delegados, que será de treinta y seis (36) meses para los delegados nacionales y de treinta y seis (36) meses para los de las subdirectivas y/o seccionales, convocara y dictara por resolución el reglamento de la elección de delegados, señalando en este el procedimiento para la inscripción de listas, provisión de suplencias, votación, ubicación de puestos de votación y nombrando los jurados de votación. De la resolución en cuestión y la documentación correspondiente al proceso de elección se enviará copia al Ministerio del Trabajo para su conocimiento.

PARÁGRAFO 2: Ninguna lista podrá contener un número de aspirantes a delegados nacionales y de subdirectivas y/o seccionales superior al treinta por ciento (30%) y veinte por ciento (20%) respectivamente, de los socios del sindicato, la elección de estos será por cociente electoral.

PARÁGRAFO 3: Cuando se valla a realizar las asambleas estatutarias ordinarias, o extraordinarias, de delegados nacionales y una o varias subdirectivas o seccionales tengan un número de delegados para participar en dichas asambleas un número igual o superior a diez (10), y su presencia se dificulté por razones de cualquier naturaleza, la Junta Directiva Nacional, en coordinación con las directivas de estas subdirectivas y/o seccionales, y/o con los delegados nacionales de estas subdirectivas y /o seccionales a fin de propiciar y garantizar la participación de todos los miembros que tienen derecho a ello, convendrán la realización y desarrollo de la asamblea nacional en paralelo (el mismo día y hora) y se desarrollara con el mismo orden del

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