Ensayo - El contrato.
Enviado por Albert • 11 de Marzo de 2018 • 1.526 Palabras (7 Páginas) • 442 Visitas
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Vemos que se presentó anteriormente el problema de que la voluntad del sujeto no sea la que el declara por eso hay un principio que es el de autorresponsabilidad pero surge una interrogante -¿por qué una persona que no tiene que ver nada con el error como es la parte no viciada también tiene responsabilidad? – y es en donde aparece la tutela de confianza.
El seguro del destinatario está en el principio de autorresponsabilidad a quien le da la razonablemente la seguridad de que la declaración es seria y confiable. Con base en el los vicios no invalidan el acto si él no los conocía ni debió reconocerlos.
Económicamente hay que dejar en claro de que el contrato no es una operación económica, porque es un fenómeno jurídico, y precisamente no es un el intercambio de bienes y servicios, sino el acuerdo, tácito o explicito, por medio del cual los interesados deciden el trato y con el cual deciden cuáles son sus prestaciones.
Y en un ámbito jurídico es por el contrato que las partes tienen derechos de retener la prestación recibida o de pretender que la prestación sea ejecutada o incluso que la prestación sea modificada o integrada. No menos cierto es que el contrato es regulado e influido por las leyes económicas, el precio por ejemplo no es un acto de arbitrio, sino una disposición que se adecua a las leyes económicas de la demanda y de la oferta, también hay ciertos aspectos no económicos que puedes influir en el contrato como lo son los móviles particulares de carácter personal que pueden impulsar a la parte a prescindir de criterio de la conveniencia económica.
Aunque hay que admitir que a pesar de que el contrato no es reducible a una operación económica si se hace necesario de un análisis económico por que como todas las figuras jurídicas es un instrumento para la satisfacción y tutela de los interés del ser humano.
Análisis jurídico, esto es básicamente todo de lo que hemos hablado pero más concretamente en la integridad de este fenómeno a la realidad social y llegamos a una definición y confirmación del el cómo el acuerdo mediante el cual partes regulan sus relaciones jurídicas patrimoniales.
La autonomía privada tiene un trasfondo que sería la libertad patrimonial creo yo que vendría siendo la del sujeto poder disponer de sus bienes propios y de comprometerse para con otros según sus propias escogencias, teniendo en cuenta a los interdictos.
Hay que también diferenciar al contrato de la norma jurídica, la cual es general y abstracta y expresa el principio de autoridad pública es decir la norma rige a todos los que hacen parte de la llamada sociedad.
En la vida se originan muchas situaciones impuestas, generalmente, por el tráfico en masa, de las que nacen derechos y obligaciones sin que, al menos aparentemente, se emitan declaraciones de voluntad. Dichas relaciones obligatorias no resultan, por lo general, de una situación de hecho que lleva implícita una oferta al público seguida o completada por un comportamiento congruente por parte de los interesados en aprovechar esa oferta, que importa una aceptación sin que exista una típica declaración de voluntad. Es lo que ocurre, por ejemplo, en el caso de utilización de un tranvía o de un ómnibus, en que el pasajero paga el boleto generalmente sin pronunciar palabra y el guarda cobra con igual actitud.
Queda, sin embargo, perfeccionada la relación jurídica que liga al transportador y al pasajero, con todo su contenido de derechos y responsabilidades.
Los contratos de la administración son contratos comunes y corrientes que regulan la actividad entre el estado y las entidades públicas con los particulares, dejando a un lado los actos administrativos que son acuerdos unilaterales, una característica seria que los contratos celebrados por ellos son de interés público.
En cuanto al derecho internacional privado se rige por principios en algunos casos se usa el principio de vínculo estrecho que nos dice que el contrato será regulado por la ley del país con el que se presente un vínculo más estrecho también estas las convenciones por ejemplo se aprobó una nueva convención en Viena de 1980 regula la venta internacional de bienes muebles.
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