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INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO DEL CONTRATO

Enviado por   •  26 de Noviembre de 2018  •  15.294 Palabras (62 Páginas)  •  272 Visitas

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Tutelas jurídicas sustanciales: Tutela jurídica mecanismos de protección cuando las situaciones jurídicas subjetivas están en peligro de lesión ó cuando son lesionados.

NORMA JURÍDICA

EN SENTIDO ESTRICTO: Artículos: 939 – 940 – 946.

ACTOS:

En Sentido Estricto:

- Actos Exteriores Puros: Artículos: 929 – 932 - 968 inc. 4

- Actos que Manifiestan un Elemento Anterior: Artículos : 959 - 960 - 1220 - 1969

- Actos de Comunicación y Participación: Artículos : 1215 – 1333

Negocios Jurídicos: Contratos, Testamento y Promesas Unilaterales.

EL CONTRATO COMO HECHO

El contrato es un hecho que produce situaciones jurídicas objeto de tutela jurídica, su incumplimiento acarrea responsabilidad que da lugar al resarcimiento (indemnización).

EL ACTO JURIDICO

1. El acto jurídico es el hecho, humano, voluntario o consciente y lícito, que establece entre las personas relaciones jurídicas, para crear, modificar o extinguir derechos y obligaciones.

2. El acto jurídico produce una modificación en las cosas o en el mundo exterior porque así lo dispone el ordenamiento jurídico.

3. Para que se dé el acto jurídico debe existir: sujeto, objeto y un hecho que los ponga en relación, estableciendo un lazo o un vínculo que los una, el hecho, por ser productor de efectos jurídicos se denomina Hecho jurídico, cuando tal hecho procede de la voluntad humana recibe el nombre de acto jurídico.

ESTRUCTURA DEL ACTO JURIDICO

Elementos Esenciales:

- Agente capaz (manifestación de voluntad que puede ser expresa o tácita, es expresa cuando se realiza en forma oral o escrita, a través de cualquier medio; es tácita, cuando la voluntad se infiere de una actitud o comportamiento que revela su existencia).

2. Objeto física y jurídicamente posible

3. Fin lícito (no contravenga la ley, el OP y las BC)

4. Observancia de la forma prescrita por la ley, bajo sanción de nulidad

Elementos naturales.- Están en la naturaleza del acto jurídico. (Mutuo de dinero los intereses).

Elementos Accidentales.- La condición, el plazo.

ORDEN PÚBLICO

- EL ORDEN PÚBLICO se refiere, a los principios fundamentales sobre los cuales se apoya el ordenamiento jurídico del estado y a los intereses generales de la colectividad, que éste reconoce tutela, principios deducibles de las normas positivas aunque no estén expresamente formulados.

- BUENAS COSTUMBRES son las normas éticas que son tratadas por la ciencia social, recibidas y sancionadas por el ordenamiento, las cuales deben concordar con los fines y los intereses que el ordenamiento mismo persigue.

CLASIFICACION DEL ACTO JURIDICO

- Existen diversos modos de clasificar los actos jurídicos; mencionaremos las principales clasificaciones:

- Unilaterales y bilaterales.

- A título gratuito y a título oneroso.

- Entre vivos o mortis causa.

- Solemnes y no solemnes.

- Causados y abstractos.

- Puros y simples y sujetos a modalidades.

- Principales, accesorios y dependientes.

- Patrimoniales y extrapatrimoniales.

LA REPRESENTACION

- La representación consiste en posibilitar la actuación jurídica de una persona por medio de un tercero o representante, el cual exterioriza una voluntad susceptible de producir efectos jurídicos.

- La facultad de representación la otorga el interesado o la confiere la ley.

- Sin son dos o mas los representantes, estos quedan obligados solidariamente frente al representado, siempre que el poder se haya otorgado por acto único y para un objeto de interés común.

- El poder puede ser revocado en cualquier momento.

CLASES DE PODER:

- Poder General

- Poder Especial

- El poder general solo comprende los actos de administración.

- El poder especial comprende los actos para los cuales ha sido conferido.

- Para disponer de la propiedad del representado o gravar sus bienes, se requiere que el encargo conste en forma indubitable y por escritura pública, bajo sanción de nulidad

ACTO JURIDICO CONSIGO MISMO

- Es anulable el acto jurídico que el representante concluya consigo mismo, en nombre propio o como representante de otro, a menos que la ley lo permita, que el representado lo hubiese autorizado específicamente, o que el contenido del acto jurídico hubiera sido determinado de modo que excluya la posibilidad de un conflicto de intereses.

- El ejercicio de la acción le corresponde al representado.

PODER ESPECIAL PARA REPRESENTACION LEGAL

- Los representantes legales requieren autorización expresa para realizar los siguientes actos sobre los bienes del representado:

1.- Disponer de ellos o gravarlos.

2.- Celebrar transacciones.

3.- Celebrar compromiso arbitral.

4.- Celebrar los demás actos para los que la ley o el acto jurídico exigen autorización especial.

INTERPRETACION DE LAS NORMAS

DEFINICION.- Interpretar una norma jurídica es establecer su sentido y alcance en relación a un hecho al cual debe aplicarse.

CLASES

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