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La sentencia. VICIOS DE LA SENTENCIA

Enviado por   •  27 de Agosto de 2018  •  1.251 Palabras (6 Páginas)  •  405 Visitas

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DE LAS IMPUGNACIONES EN RELACIÓN CON LOS DIFERENTES VICIOS DE LA SENTENCIA

Estas distinciones tienen suma importancia res- pecto del sistema de las impugnaciones de la sentencia. En primer lugar. es propio de la institución de la cosa juzgada moderna que la injusticia de la sentencia quede cubierta con el paso en cosa juzgada de la misma. Respecto a la nulidad, los sistemas varían: en Roma cabía siempre oponer a la res iudicata la nulidad de la sentencia, sin necesidad de una impugnación especial; así el Derecho romano considera nullae, y no simplemente iniustae, las sentencias evidentemente contrarias al derecho. En el Derecho común. bajo la influencia germánica, se formó un remedio especial contra la sentencia nula (querela nullitatis): y se distinguía entre nullitatis sanabilis, que eran subsanadas por el simple transcurso del término: y nullitatis insanabilis, que podían hacerse valer incluso después del término. Con el tiempo la querela nullitatis se unificó, respecto de las nulidades subsanables, con la apelación, y se conservó para hacer valer las nulidades no subsanables: unas veces, dentro de un término más o menos largo: otras, sin término. Hoy tenemos distintos medios de impugnación de las sentencias. con alguno de los cuales puede denunciarse cualquiera de sus vicios. (Chiovenda, 2005)

Las partes podrán defenderse de diferentes maneras contra una sentencia nula en sentido absoluto, o inexistente: el actor cuya de manda fue rechazada podrá reproducirla sin temor a la excepción de cosa juzgada: el demandado podrá, con una acción de declaración negativa, lograr que se declare, por ejemplo, la imposibilidad de la prestación: o bien, reservarse el hacer oposición a los futuros actos ejecutivos.

En cuanto a la sentencia dictada en contradicción con un fallo anterior, en Derecho romano era éste un caso de nulidad de sentencia; la primera conservaba toda su eficacia. En nuestro sistema, la contradicción las sentencias entre de sí puede hacerse valer como motivo de revisión (cuando una sentencia no haya fallado sobre esta excepción). o como inotivo de casación (si se ha pronunciado sobre la excepción correspondiente); pero transcurridos los términos sin que la impugnación sea propuesta. esta nulidad queda subsanada, con lo cual pierde su valor el primer fallo, puesto que el segundo implica la negación de todo fallo anterior en contrario.

EFECTOS DE LA SENTENCIA

Como acto definitivo de la relación de conocimiento, la sentencia produce una serie de efectos:

a) La obligación de las costas para la parte derrotada;

b) La cosa juzgada: Se entiende que, de la cosa juzgada en sentido sustancial, esto es, la eficacia de la sentencia firme respecto de los procesos futuros y sobre ésta. al tratar de materias en que el proceso era considerado preferentemente en su resultado favorable a una de las partes.

c) La acción ejecutiva (actio iudicat) en los casos y según las normas ya examinadas. (Chiovenda, 2005)

CONCLUSIONES

- El conocimiento solo sobre la existencia de los presupuestos procesales, conduce a una sentencia que puede ser definitiva, si niega la existencia de los presupuestos o de un presupuesto, o interlocutoria, si afirma la existencia de esos presupuestos.

- La sentencia, lo mismo cuando resuelve sobre los presupuestos procesales, que cuando dirime la cuestión de fondo, puede ser injusta y puede ser nula.

- El error del juez sobre la cuestión de derecho puede consistir en tener por inexistente una voluntad abstracta que existe, o por existente una norma abstracta que no existe.

BIBLIOGRAFÍA

Asamblea Nacional del Ecuador . (2015). Código Orgánico de Procesos. Quito: Registro Oficial N°506.

Chiovenda, G. (2005). Instituciones de Derecho Procesal Civil. Valleta Ediciones.

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