Lenguaje Natural ¿Qué sentido tiene llamar “lenguaje natural” al lenguaje común?
Enviado por Ninoka • 12 de Octubre de 2018 • 2.057 Palabras (9 Páginas) • 466 Visitas
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2-Cuando la ley habla, por ejemplo, de que tiene que ser “razonable” la fundamentación de un acto de la autoridad, un acto administrativo, no dice exactamente qué es lo razonable, no quiere tener una precisión que termine dejando afuera a actos irrazonables, sino que lo deja para que a medida que vayan sucediendo los casos los jueces puedan ir precisando y orientando.
3- Cuando comenzó la aviación comercial a tomar una gran importancia, a partir de la década de 1950, y entonces casi todas las situaciones que originaba esa nueva actividad se comenzaron a designar de un modo similar (esto quiere decir “análogo”) a situaciones parecidas que se daban en la navegación. De allí que se comenzara a hablar de “navegación aérea” para distinguirla de la navegación por agua, de “aeropuertos”, “embarques”, de situaciones “a bordo” del avión, en general aplicando a esa nueva realidad los términos tradicionalmente utilizados en el vocabulario naval.
d. En una ejercitación anterior han leído detenidamente los artículos 40, 41 y 26 del Código Penal. Vuelvan a leerlos y seleccionen, de los mismos, tres palabras que padezcan de textura abierta, tres palabras que padezcan de vaguedad y tres palabras que padezcan de ambigüedad. Recuerde fundamentar sus elecciones.
ARTICULO 26.- En los casos de primera condena a pena de prisión que no exceda de tres años, será facultad de los tribunales disponer en el mismo pronunciamiento que se deje en suspenso el cumplimiento de la pena. Esta decisión deberá ser fundada, bajo sanción de nulidad, en la personalidad moral del condenado, su actitud posterior al delito, los motivos que lo impulsaron a delinquir, la naturaleza del hecho y las demás circunstancias que demuestren la inconveniencia de aplicar efectivamente la privación de libertad. El tribunal requerirá las informaciones pertinentes para formar criterio, pudiendo las partes aportar también la prueba útil a tal efecto.
Igual facultad tendrán los tribunales en los casos de concurso de delitos si la pena impuesta al reo no excediese los tres años de prisión.
No procederá la condenación condicional respecto de las penas de multa o inhabilitación.
ARTICULO 40.- En las penas divisibles por razón de tiempo o de cantidad, los tribunales fijarán la condenación de acuerdo con las circunstancias atenuantes o agravantes particulares a cada caso y de conformidad a las reglas del artículo siguiente.
ARTICULO 41.- A los efectos del artículo anterior, se tendrá en cuenta:
1º. La naturaleza de la acción y de los medios empleados para ejecutarla y la extensión del daño y del peligro causados;
2º. La edad, la educación, las costumbres y la conducta precedente del sujeto, la calidad de los motivos que lo determinaron a delinquir, especialmente la miseria o la dificultad de ganarse el sustento propio necesario y el de los suyos, la participación que haya tomado en el hecho, las reincidencias en que hubiera incurrido y los demás antecedentes y condiciones personales, así como los vínculos personales, la calidad de las personas y las circunstancias de tiempo, lugar, modo y ocasión que demuestren su mayor o menor peligrosidad. El juez deberá tomar conocimiento directo y de visu del sujeto, de la víctima y de las circunstancias del hecho en la medida requerida para cada caso.
Ambigüedad:
Artículo 40:
“En las penas divisibles por razón de tiempo o de cantidad … No especifica si la O es disyuntiva o copulativa, ¿Es uno o el otro o pueden ser ambos?
Lo mismo ocurre con la frase “circunstancias atenuantes o agravantes particulares a cada caso” la palabra particulares corresponde a atenuante o agravante o solo a agravante, la O aquí no queda clara si es disyuntiva o copulativa para ambas palabras.
Artículo 41:
“, especialmente la miseria o la dificultad de ganarse el sustento propio necesario y el de los suyos,” Aquí habla de la calidad de los motivos por lo que alguien comete un delito, pero el entrecomillado no deja claro si esas son los motivos o si pueden ser otros.
Vaguedad:
Artículo 26:
“la personalidad moral del condenado”, en este caso no nos dice como debe ser esa personalidad moral, en que basarnos para poder saber con exactitud como valorar si es buena o mala.
“los motivos que lo impulsaron a delinquir”, aquí tampoco nos dice que motivos, si económicos, personales, fiscales, emocionales.
Artículo 41
“la calidad de los motivos …” “…la calidad de las personas” no nos dice en que basarnos para poder saber sobre que valorar la calidad.
Textura Abierta
Artículo 26:
“y las demás circunstancias que demuestren la inconveniencia de aplicar efectivamente la privación de libertad” no dice exactamente cuales esas circunstancias, no quiere tener una precisión que termine dejando afuera otras situaciones, sino que lo deja para que a medida que vayan sucediendo los casos los jueces puedan ir precisando y orientando.
Artículo 41:
“y los demás antecedentes y condiciones personales” No deja en claro que antecedentes ni qué condiciones personales deja abierta la puerta para que si surgen nuevas denominaciones el Juez pueda incluirlas.
“las circunstancias de tiempo, lugar, modo y ocasión que demuestren su mayor o menor peligrosidad” Aquí no se especifican que circunstancias se refiere, a medida que surjan los casos, al igual que en el ejemplo del Art. 26 los jueces pueden ir precisando y orientándose.
e. En los artículos indicados con anterioridad, ¿encuentran alguna palabra que padezca de los 3 problemas? Justifique.
Artículo 26:
“pudiendo las partes aportar también la prueba útil a tal efecto”
No dice como debe ser la prueba ni en que basarnos para saber su utilidad (Vaguedad)
Como no especifica que es la prueba útil, deja a criterio del Juez decidir si es útil o no, de esa forma se vayan sucediendo los casos los jueces puedan ir
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