PARCIAL CONTRATOS
Enviado por John0099 • 15 de Marzo de 2018 • 2.528 Palabras (11 Páginas) • 569 Visitas
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“…ARTICULO 1206.- Conservar la cosa en buen estado. Destrucción. El locatario debe mantener la cosa y conservarla en el estado en que la recibió. No cumple con esta obligación si la abandona sin dejar quien haga sus veces. Responde por cualquier deterioro causado a la cosa, incluso por visitantes ocasionales, pero no por acción del locador o sus dependientes; asimismo responde por la destrucción de la cosa por incendio no originado en caso fortuito…”
- En un contrato de locación de cosas, el inquilino ha cambiado el calefón de la vivienda a los 6 meses de iniciado el contrato, deteriorado por su prolongado tiempo de uso. A los 12 meses el locatario deja de pagar la renta y el locador inicia desalojo por falta de pago y cobro de las rentas adeudadas. A estas acciones se opone el inquilino aduciendo que previamente se le descuente el precio del calefón sustituido. Solucione el caso de conformidad a la legislación argentina.
El inquilino tiene derecho a que se le descuente el valor del calefón que ha cambiado deteriorado por el uso aun si esta reparación o mejora no fue convenida, en base a lo dispuesto por el art 1202 CC una vez descontado el valor del calefón el inquilino deberá pagar las mercedes locativas adeudas mas los intereses pactados o los que estipule el Tribunal de uso común Tasa Activa o Pasiva del Banco Nación.-
“…ARTICULO 1202.- Pagar mejoras. El locador debe pagar las mejoras necesarias hechas por el locatario a la cosa locada, aunque no lo haya convenido, si el contrato se resuelve sin culpa del locatario, excepto que sea por destrucción de la cosa…”
- Alberto ha encargado a Armando, destacado escultor del medio, un busto de mármol de su madre muerta, que éste promete entregarle a los 6 meses de formalizado el acuerdo, pactándose un precio de $ 5.000. Vencido el plazo acordado, Armando se constituye en el domicilio de Alberto con la obra terminada, pero éste se niega a recibirla, aduciendo que no es de su agrado por las medidas que tiene y los materiales con que fue realizada, pese a que fue él quien se los proveyó al escultor. Indique cuáles serían los derechos de las partes en una eventual contienda judicial.
Armando puede exigir que Alberto reciba y acepte la obra en virtud de lo normado por el art 1257 inciso c del CC ya que la obra fue terminada cumpliendo todas las exigencias técnicas y de materiales del comitente.-
“…ARTICULO 1257.- Obligaciones del comitente. El comitente está obligado a: c) recibir la obra si fue ejecutada conforme a lo dispuesto en el artículo 1256...”.-
“…ARTICULO 1256.- Obligaciones del contratista y del prestador. El contratista o prestador de servicios está obligado a: a) ejecutar el contrato conforme a las previsiones contractuales y a los conocimientos razonablemente requeridos al tiempo de su realización por el arte, la ciencia y la técnica correspondientes a la actividad desarrollada; b) informar al comitente sobre los aspectos esenciales del cumplimiento de la obligación comprometida; c) proveer los materiales adecuados que son necesarios para la ejecución de la obra o del servicio, excepto que algo distinto se haya pactado o resulte de los usos; d) usar diligentemente los materiales provistos por el comitente e informarle inmediatamente en caso de que esos materiales sean impropios o tengan vicios que el contratista o prestador debiese conocer; e) ejecutar la obra o el servicio en el tiempo convenido o, en su defecto, en el que razonablemente corresponda según su índole.…”
- Pedro ha encargado a Esteban, famoso arquitecto de la ciudad de Córdoba, que le construya una vivienda en un barrio cerrado, pactándose un precio de U$S 300.000 por mano de obra, honorarios, materiales, etc. Se fijó un plazo de un año para la culminación de la obra y se firmó un minucioso plano de especificaciones técnicas con todas las condiciones de la contratación. A los 6 meses de iniciados los trabajos, Pedro advierte que no contará con el dinero suficiente para afrontar el pago del precio convenido y comunica la circunstancia a Esteban. Indique cuál es la solución legal del caso y los derechos de las partes. Fundamente.
Pedro puede desistir de la obra encomendada de manera unilateral, pero deberá hacerse cargo de la indemnización de los gastos, trabajos, utilidad que dejo de percibir y que incurrió el Esteban hasta el momento del desistimiento.-
“…ARTICULO 1261.- Desistimiento unilateral. El comitente puede desistir del contrato por su sola voluntad, aunque la ejecución haya comenzado; pero debe indemnizar al prestador todos los gastos y trabajos realizados y la utilidad que hubiera podido obtener. El juez puede reducir equitativamente la utilidad si la aplicación estricta de la norma conduce a una notoria injusticia.…”
- Alejandra, Rosa y Daniela han constituido mediante un instrumento privado, firmado ante el juez de paz y debidamente sellado, una sociedad civil cuyo objeto es la distribución de mercaderías que terceros donan para personas necesitadas residentes en la localidad donde las socias viven. A los ocho meses de comenzadas las actividades, la sociedad deja de abonar el flete fijado a favor de la empresa de transporte que hace la distribución. Fije los derechos de las partes involucradas y el modo de ejercerlos, dando fundamento legal a la respuesta.
Lo que ocurre aquí es que el Nuevo Código Civil ha derogado las sociedades civiles para pasar a las asociaciones civiles, las sociedades civiles tenían un régimen simple de constitución por medio de escritura pública.- Ahora deben ser constituidas por instrumento público e inscribirse en el Registro Público según lo estipulado por el art 168 y ss. del CC. Los asociados no responden de manera directa por las deudas de la asociación, “…Su responsabilidad se limita al cumplimiento de los aportes comprometidos al constituirla o posteriormente y al de las cuotas y contribuciones a que estén obligados (art 181 CC)…”.- El fletero podrá exigir el pago judicial del valor de los trabajos realizados a la sociedad.-
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