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Propuesta de mejora del modelo organizacional de la empresa.

Enviado por   •  10 de Marzo de 2018  •  1.231 Palabras (5 Páginas)  •  596 Visitas

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Cuarto

Corresponderá al servicio de salud en realizar sus gestiones en materia de supervigilancia y fiscalización de la prevención, higiene y seguridad de todos los sitios de trabajo, cualesquiera que sean las actividades que en ellos se realicen. Al igual que las entidades empleadoras deberán implementar todas las medidas de higiene y seguridad en el trabajo que dicte el servicio de salud.

Es por ello que las organizaciones deben implementar un modelo de gestión de la prevención de riesgos, para evitar posible multas, que le puedan afectar a las organizaciones. Los empleadores que contraten o subcontraten, deberán vigilar el cumplimiento por parte de dichos contratistas o subcontratistas, debiendo implementar un sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo.

Es de vital importancia realizar gestión de la prevención de riesgos con el fin de prevenir cualquier tipo de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales que puedan suceder en el ambiente de trabajo.

Quinto

Al interior de una entidad empleadora se puede observar reflejado la gestión de la prevención de riesgo a través del Comité Paritario de Higiene y Seguridad (D.S 54). Como lo estipula la Ley 16.744 en el art. 66, el Comité Paritario tendrá las siguientes funciones:

- Asesorar e instruir a los trabajadores para la correcta utilización de los instrumentos de protección

- Vigilar el cumplimiento, tanto por parte de las empresas como de los trabajadores, de las medidas de prevención, higiene y seguridad.

- Investigar las causas de los accidentes del trabajo y enfermedad profesionales, que se produzcan en la empresa y de cualquiera otra afección que afecte en forma reiterada o general a los trabajadores y sea presumible que tenga su origen en la utilización de productos fitosanitarios, químicos o nocivos para la salud

- Indicar la adopción de todas las medidas de higiene y seguridad, que sirvan para la prevención de los riesgos profesionales.

- Cumplir las demás funciones o misiones que le encomiendo el organismo administrador respectivo.

Por lo cual toda actividad que realice el comité paritario es gestión a la prevención de riesgos en al interior de la entidad empleadora.

Sexto

Al interior de la entidad empleadora se puede observar reflejado la gestión de la prevención de riesgo a través del Departamento de Prevención de Riesgos (D.S. 40), Dirigido por un experto en la materia. De acuerdo al art. 16 de la Ley 16.744. Estipula que las empresas estarán obligadas a adoptar y poner en práctica las medidas de prevención que les indique el departamento de prevención. Entre las funciones del departamento de prevención de riesgo deberán realizar:

- Reconocimiento y evaluación de riesgos de accidente y enfermedades profesionales.

- Control de riesgos en el ambiente o medios de trabajo

- Acción educativa de prevención de riesgos y promoción de la capacitación y adiestramiento de los trabajadores.

- Registro de información y evaluación estadística de resultados, asesoramiento técnico a los comités paritarios, supervisores y líneas de administración técnica

Por lo cual, en mi punto de vista, toda actividad que realice el departamento de prevención es gestión a la prevención de riesgos en al interior de la entidad empleadora, por lo cual la gestión que realice el encargado del departamento debe ser de excelencia para poder llevar los mejores controles tanto de higiene como de seguridad y medio ambiente.

Bibliografía

Ley 16.744 (Establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales). Publicada en Diario Oficial el 01/febrero/1968. Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Gobierno de Chile.

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