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SISTEMA PARA LA DESIGNACIÓN DE LOS AGENTES PÚBLICOS ESTUDIANTE.

Enviado por   •  17 de Enero de 2018  •  2.511 Palabras (11 Páginas)  •  404 Visitas

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Aun cuando el sistema concursal para aspirar a un empleo público no está desarrollado en nuestro medio, sí existen bases legales para su aplicación. En ese sentido se perfila la fracc. VlI del apartado B del arto 123 constitucional al disponer que: La designación del personal se hará mediante sistemas que permitan apreciar los conocimientos y aptitudes de los aspirantes. En atención a la permanencia en el empleo, la ley burocrática los clasifica en trabajadores de base y trabajadores de confianza. Los primeros cuentan con inamovilidad, la cual ha sido interpretada en el sentido de reconocerle la emplea un tratamiento que lo equipara a un derecho patrimonial constituido a favor del empleado de base, a diferencia del trabajador de confianza, a quien se excluye de este derecho y del régimen contemplado por la ley de la materia.

20.6.- El concurso en nuestra legislación

Dependiendo de las labores sustantivas encomendadas a cada dependencia o entidad de la administración pública federal, así como a las labores de apoyo que le son comunes, se formulan los catálogos de puestos y los perfiles laborales que deben observar quienes los ocupen. Así, la selección del aspirante a ocupar un empleo público deberá realizarse de acuerdo con el citado perfil, el cual define las características técnicas y físicas requeridas para el buen desempeño del empleo vacante. La detección del individuo idóneo para desempeñar un cargo en la función pública se realiza, lo dijimos, mediante la aplicación de exámenes (concurso) o por medio de la valoración de méritos (experiencia, puntualidad, eficiencia) en la materia. El concurso en México, ha sido legislativamente poco desarrollado; sus disposiciones suelen ser materia de contratos colectivos o de condiciones generales de trabajo; sin embargo, desde 1976 ha sido foco de atención de la administración pública federal, lo que se ha expresado en esfuerzos por establecer un sistema de administración y desarrollo de personal que garantice el honesto y eficiente desempeño de las obligaciones derivadas de la función pública, a la par de que haga efectivos los derechos que tienen sus servidores frente al estado. Es en ese sentido que se han dirigido recursos gubernamentales, a efecto de establecer en las dependencias y entidades paraestatales, oficinas dedicadas a evaluar el desempeño del servidor público, así como a aplicar exámenes idóneos al aspirante; en dichos exámenes, en el caso de los empleados de base, se le da intervención al sindicato respectivo, de acuerdo con las condiciones generales de trabajo o contrato colectivo.

20.7.- Formación profesional o técnica

La administración pública, como toda organización, requiere personas idóneas para desempeñarlas actividades que le son propias, las cuales por su gran variedad hacen necesario el empleo, en la misma magnitud, de un personal versado en especialidades técnicas y profesionales.

En tal virtud, las instituciones públicas afrontan la necesidad de formar cuadros técnicos y profesionales, de acuerdo con los requerimientos planteados por la realidad en cada uno de los puestos por desempeñar y, además, la de actualizar permanentemente los conocimientos que en cada materia la ciencia va aportando. Dicha necesidad propia de las sociedades industrializadas y post-industrializadas, ha implicado la radical creación de estructuras dedicadas, dentro de las instituciones a la capacitación constante de su personal, mediante la elaboración de programas que les permitan desarrollar con eficiencia las actividades que les están encomendadas.

La capacitación del personal inicialmente era contemplada como una acción que de forma definitiva estaba dirigida a hacer más eficiente la operación de las empresas e instituciones, y no observaba ningún beneficio para el obrero o empleado, salvo la capacitación que recibía y lo hacía más diestro para su trabajo.

Las luchas laborales, sin embargo, conllevaron la exigencia social de que la capacitación beneficiara de igual manera tanto a la empresa como al prestador del servicio subordinado, ya que de otra forma se ensanchaba la inequidad existente.

Sin ser ajeno a este fenómeno, el estado en los países avanzados fue incorporando a sus actividades cotidianas la capacitación de los servidores públicos, junto con el hecho de estimularlos proporcionándoles mejores oportunidades de progreso dentro de su propio centro de trabajo, las cuales necesariamente se ven reflejadas en sus condiciones de vida (sobre todo. en el aspecto económico).

20.8.- Sistemas de nuestra legislación

En nuestro país, la capacitación técnica y profesional ha alcanzado el rango de derecho social, ya que la carta magna la establece como una obligación patronal, al disponer:

“Las empresas, cualquiera que sea su actividad; estarán obligadas a proporcionar a sus trabajadores, capacitación o adiestramiento para el trabajo. La ley reglamentaria determinará los sistemas, métodos y procedimientos conforme a los cuales los patrones deberán cumplir con dicha obligación. Art. 123 constitucional, apartado A, fracc. XIII”

Por su parte, en, cuanto a los servidores públicos, el apartado B en su frac. VII hace referencia a ese derecho en los términos siguientes: .....El estado organizará escuelas de administración pública."

Éste es el aspecto de la capacitación que nos interesa. Abundaremos al citar que la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado se refiere a la capacitación como un concepto de beneficio social de carácter obligatorio para los titulares de las dependencias, al preceptuar el establecimiento de escuelas de administración pública en las que se impartan los cursos necesarios para que los trabajadores puedan adquirir los conocimientos para obtener ascensos conforme al escalafón y procurar el mantenimiento de su aptitud profesional.

Obligación que le es correlativa al trabajador constriñéndolo, a su vez, a capacitarse. Cabe señalar que para la administración pública en México, la capacitación, normativamente, se encuentra en estrecha relación con el sistema escalafonarío, cuyo objetivo es promover el eficiente desempeño de los deberes, así como la preparación de los servidores públicos hacia el ejercicio de cargos de mayor responsabilidad para lo que constituyen incentivos adicionales, los cuales han de reflejarse en el desempeño laboral. Por tal motivo, la participación del trabajador en la elaboración de los programas de la materia se realiza mediante su representante sindical miembro de Ias comisiones mixtas de escalafón, existentes con todas

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