ING. EN FINANZAS Y AUDITORÍA DERECHO LABORAL
Enviado por Ledesma • 6 de Octubre de 2017 • 2.804 Palabras (12 Páginas) • 734 Visitas
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ELECCIÓN DE ELEMENTOS
- Elija la respuesta correcta, según el art. 169 se puede terminar el contrato individual por:
- Causas legalmente previstas en el contrato.
- Por injurias al trabajador, familiares o representante.
- Por muerte del trabajador o por enfermedad.
- Por disminución de la remuneración al trabajador.
- Numeral 1 y 3
- Numeral 1 y 2
- Numeral 2 y 4
- Numeral 2 y 3
JUSTIFICACIÓN: Según el ART. 169 se puede terminar un contrato individual por causas legalmente previstas en el contrato, muerte o incapacidad del empleador o trabajador, entre otras.
- Casos por las que el empleador no puede dar por terminado el contrato de trabajo:
- Por incapacidad temporal para el trabajo proveniente d enfermedad no profesional.
- Por injurias por parte del trabajador al empleador.
- Por embarazo en parte de mujer.
- Por la falta de probidad o conducta inmoral del trabajador.
- Numeral 1 y 4
- Numeral 2 y 4
- Numeral 1 y 3.
- Numeral 2 y 3.
JUSTIFICACIÓN: Según el ART. 174 Casos en los que el empleador no puede dar por terminado el contrato:
Por incapacidad temporal para el trabajo proveniente d enfermedad no profesional.
Por ausencia de la trabajadora fundada en el descanso por motivo de parto, como está señalado en el ART. 153 de este código.
- El plazo para que un trabajador regrese a cumplir sus labores después de su enfermedad es:
- Después de recuperar su salud
- 15 días
- Después de finalizado el reposo medico
- 30 días
- 4,1
- 1,4
- 1,2
- 4,3
JUSTIFICACIÓN.-El trabajador está obligado a regresar al trabajo dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que recuperó su salud y quedó en situación de realizar las labores propias de su cargo.
- El trabajador que adoleciere de enfermedad no profesional deberá comunicar este particular, a:
- Empleador
- A sus compañeros de trabajo
- Inspección de Trabajo
- Solo a la inspección de trabajo respectiva
- 2,1
- 1,3
- 2,4
- 4,3
JUSTIFICACIÓN.- El trabajador que adoleciere de enfermedad no profesional deberá comunicar este particular, por escrito, al empleador y a la inspección del trabajo respectiva
- El tiempo y el medio para notificar un desahucio será de:
- Un mes antes del cese definitivo de las labores.
- Puede ser escrito o por medios electrónicos.
- Quince días antes del cese definitivo de las labores.
- Puede ser verbal.
- 1.4
- 2,3
- 2,1
- 1,2
JUSTIFICACIÓN: Art. 184 (…) Dicha notificación se realizara al menos con quince días del cese definitivo de las funciones laborales.
RELACIÓN DE COLUMNAS
- Indemnización por despido intempestivo será de acuerdo al tiempo
Años de Servicio Valor Equivalente
- 3 años a) Un mes de remuneración por año
- +20 y -25 b) Tres meses de remuneración
- + 3 años c)Nueve mes de remuneración
- 10 años d) Un mes de remuneración por año más proporcional de la jubilación patronal
- 1c,3a,2d
- 4d, 2b, 1a
- 2a,4c,3d
- 1b, 3a, 2d
JUSTIFICACIÓN: Art. 188 (…) Hasta tres años de servicio se pagara tres meses de remuneración; y de más de tres años con el valor equivalente a un mes de remuneración por cada año de servicio, sin que el valor exceda a 25 medes de remuneración. En el caso de los trabajadores que tengan más de 20 años y menos de 25 años de trabajo adicionalmente tendrá derecho a la parte proporcional de la jubilación patronal.
- El porcentaje y tiempo de pago de una bonificación por desahucio será:
Porcentaje Tiempo de Pago
- 25% a) 48 Horas posteriores al aviso de desahucio
- 40% b) Una semana posterior al aviso desahucio
- 80% c) Quince días posterior al aviso de desahucio
- 100% d) Inmediatamente del aviso del desahucio
- 1c
- 4d
- 2a
- 3b
JUSTIFICACIÓN: Art. 185 (…) El empleador bonificara al trabajador con el 25% del equivalente a la última remuneración mensual por cada uno de los años de servicios prestados a la empresa
- Se prohíbe el desahucio dentro del lapso de:
- 15 días a) Y con menos de 15 trabajadores
- 2 días b) Y más de 100 trabajadores
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