Prescripcion derecho Laboral
Enviado por Jillian • 14 de Febrero de 2018 • 823 Palabras (4 Páginas) • 414 Visitas
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TRANSMISIÓN DE LAS OBLIGACIONES:
- Cesión de Derechos: es el derecho que tiene todo acreedor de ceder su derecho a otra persona, para que este sea el nuevo acreedor. (art. 1443) este contrato solo cede derechos.
- Subrogación: Un tercero que paga la deuda para convertirse en acreedor, todos los derechos, acciones y garantías de la obligación. Clases de subrogación:
Voluntaria: Puede ser ejecutado por un tercero, tenga o no interés ya sea consintiéndolo o ignorándolo el deudor. (art. 1380)
Legal: Cuando el que es acreedor paga a otro acreedor que le es preferente. (art. 1455 inciso 1º.)
TRANSMISION DE DEUDAS: Se da entre deudores, tiene que haber consentimiento del acreedor, para ver si el nuevo deudor tiene la capacidad para pagar la obligación (art. 1459). A esta también se le llama Asunción de la Deuda.
EXTINCION DE LAS OBLIGACIONES: Compensación, Novación, remisión, confusión y prescripción extintiva.
COMPENSACIÓN: Tiene lugar cuando dos o más personas reúnen la calidad de deudores y acreedores recíprocamente y por su propio derecho. Se forma una obligación, pero por cosas del destino se invierten los papeles.
- Compensación Total: Cuando se compensan las deudas de manera total
- Compensación Parcial: Cuando no extingue la obligación, es decir no compensa la deuda totalmente.
NOVACION: Existe novación cuando el deudor y el acreedor alteran sustancialmente la obligación sustituyéndola por otra, es decir surge una nueva obligación. (art. 1478).
NEGOCIO JURIDICO: Es una declaración de voluntad, a través de la cual las personas convienen en crear, adquirir derechos y obligaciones, lo declaran a través de un negocio jurídico. (Ejemplo, el testamento).
REQUISITOS O ELEMENTOS:
- Capacidad legal: Es la aptitud que otorga el estado para tener derechos y contraer obligaciones, se adquiere a los 18 años.
- Consentimiento que no adolezca de vicios: Es anulable cuando la declaración de voluntad emane error, dolo, simulación, violencia.
- Objeto Licito
NEGOCIO JURÍDICO CONTRACTUAL: Especie: se necesitan 2 o más personas, ejemplo compraventa, mandato, etc. Se hace por medio de un contrato.
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