TALLER DE FORMAS AUTOCOPOSITIVAS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS.
Enviado por tomas • 21 de Abril de 2018 • 1.237 Palabras (5 Páginas) • 422 Visitas
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La primera es estatal y la segunda federal. Sin embargo tienen mucha similitud en cuanto a las actividades del mediador en el conflicto. Ahora que abordamos las actividades del mediador quiero hacer de su conocimiento, que usted ya ha tomado en más de una ocasión el papel de mediador. Sí, aunque no lo crea, puesto que es tan fácil caer en una situación en que se requiere ayuda de una persona externa al conflicto, para que dé su opinión, o bien que ofrezca una alternativa (posible solución al problema). Por ejemplo, en una discusión de hermanos, siempre hay una persona que intenta solucionar el conflicto, para que no se confronten los hermanos, también se puede dar el caso de que una universidad quiera estallar una huelga, es recomendable una mediación previa a dicha huelga para que no afecte a tercero. No está tan lejano a nosotros la mediación, más bien creo que desconocemos esa terminología, creo que necesitamos incrementar nuestro conocimiento y empezar a familiarizarnos con dicha terminología. Es nueva para muchos, para otros no. Lo que sí, es que conforme se modifiquen nuestras leyes, va a empezar a sonar con más frecuencia. La llegada del nuevo sistema de justicia penal acusatorio traerá consigo la práctica de la mediación, en el sentido de que será más apropiado primeramente llegar a un acuerdo entre las partes, ahorrando así tiempo, dinero y esfuerzo. Será primordial intentar primero por ejemplo, en los divorcios, platicar con ambas partes, para ver de qué modo se puede arreglar la situación antes de que llegue a mayores. También en caso de delitos menores, se podrá llegar a un acuerdo mutuo para evitar el juicio y dar así oportunidad de un arreglo y que ambas partes queden satisfactoriamente conformes.
CONCLUSIÓN
La mediación es para diversas materias, abarca tanto asuntos civiles como penales. Y la intervención es la misma. Se dice que la mediación es una negociación asistida por un tercero imparcial y neutral que asiste a las partes en conflicto, escuchándolas atentamente, tratando de entender sus reales intereses y necesidades y las ayuda a llegar a una solución que funcione para ambas partes, es por eso que en un futuro no muy lejano los mediadores tendrán bastante trabajo. Si así……. no se las acaban!!!!!!.
BIBLIOGRAFÍA
CONSULTAS Y CITAS.
CONSULTAS Y CITAS WEB:
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CAMARA DE DIPUTADOS DEL ESTADO DE SONORA. (2014). LEY NACIONAL DE MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS EN MATERIA PENAL. 2014, de CAMARA DE DIPUTADOS DEL ESTADO DE SONORA Sitio web: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LNMASCMP_291214.pdf
SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE SONROA. (2014). LEY DE MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS PARA EL ESTADO DE SONORA. 2014, de SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE SONORA Sitio web: http://www.stjsonora.gob.mx/acceso_informacion/marco_normativo/Ley%20de%20Mecanismos%20Alternativos%20de%20soluci%C3%B3n%20de%20Controversias.pdf
CONSULTAS Y CITAS BIBLIOGRAFICAS:
Karen Grover Duffy, James W. Grosch, Paul V. Olczak. (1996). LA MEDIACIÓN Y SUS CONTEXTOS DE APLICACIÓN, Una introducción para profesionales e investigadores. Buenos Aires, Argentina: paidos.
Francisco Gutiérrez Pérez, Daniel Prieto Castillo. (1999). LA MEDIACIÓN PEDAGÓGICA, Apuntes para una educación a distancia alternativa. Argentina: ciccus, la crujia.
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