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CASO ERNST & YOUNG

Enviado por   •  1 de Julio de 2018  •  1.371 Palabras (6 Páginas)  •  467 Visitas

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En sección 290.131 del citado código de ética indica: “Se originan amenazas en relación con la independencia cuando un miembro del equipo de auditoría mantiene una relación estrecha con una persona que no es un miembro de su familia inmediata, ni un familiar próximo, pero es un administrador o directivo del cliente o un empleado con un puesto que le permite ejercer una influencia significativa sobre la preparación de los registros contables del cliente o de los estados financieros sobre los que la firma ha de expresar una opinión. El miembro del equipo de auditoría que mantenga ese tipo de relación se asesorará de conformidad con las políticas y procedimientos de la firma. La importancia de las amenazas depende de factores tales como:

- La naturaleza de la relación existente entre dicha persona y el miembro del equipo de auditoría.

- El puesto que dicha persona desempeña en la plantilla del cliente, y

- El papel del profesional en el equipo de auditoría.

Se evaluará la importancia de las amenazas y, cuando resulte necesario, se aplicarán salvaguardas para eliminarlas o reducirlas a un nivel aceptable. Ejemplos de salvaguardas son:

Retirar al profesional del equipo del auditoría, o

Estructurar las responsabilidades del equipo de auditoría de tal manera que el profesional no trate cuestiones que sean responsabilidad de la persona con la que mantiene una relación estrecha. “

- CONCLUSIONES

- En el presente caso se vio vulnerada la independencia, la objetividad, imparcialidad y ética tal como se muestra en el presente caso. (p14: NIA 200)

- Al haberse dado el presente escenario donde los auditores mantienen relaciones estrechas con sus clientes, el trabajo, la opinión del auditor se pondría en duda, ya que esta no reflejaría de una manera confiable que los estados financieros a auditar habrían cumplido fielmente con el marco de información financiera. (p3: NIA 200)

- Según el caso expuesto, se podría asumir que al tener una relación sentimental estrecha (auditora y jefe de contabilidad) se distorsionaría la seguridad razonable que el auditor debe tener para emitir su opinión, porque se podría correr el riesgo que no se haya recabado una evidencia suficiente y adecuada que conlleven a reducir el riesgo de auditoria (p5: NIA 200)

- El Auditor Supervisor, al enterarse que existía una relación entre un miembro del equipo de auditoría, debió separar del equipo a la personapor infringir el código de ética profesional, en este caso vinculación emocional. (sección 290.131 Código de Ética del Contador de la IFAC)

- El auditor deberá mantener un escepticismo profesional para obtener una seguridad razonable; al relacionarse con el cliente la capacidad crítica y evaluativa del auditor es puesta en tela de juicio. (p13 – l; p15: NIA 200)

- El juicio profesional es indispensable al momento de evaluar evidencia de auditoria, determinar la importancia relativa y riesgos de auditoria, los cuales no serían reconocidos objetivamente porque no se actuaría con la rigurosidad que se debería y esto llevaría a tomar malas decisiones por parte del auditor que mantiene esta relación, (p13–k; p16: NIA 200)

- No se cumpliría con los requerimientos normados, y con esto la conducción de la auditoria no sería llevada de acuerdo con las normas internacionales de auditoria en su totalidad. (p 18, 19, 20: NIA 200)

- Se debe evaluar las vinculaciones durante todo el proceso de auditoría.

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