Caso La empresa Suministros Martínez S.A.
Enviado por poland6525 • 1 de Febrero de 2018 • 832 Palabras (4 Páginas) • 629 Visitas
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- Según artículo 5 y 6 de la LPRL, el empresario debe designar un número suficiente de trabajadores, con formación, capacidad, medios y tiempo adecuados encargados de la organización de la actividad preventiva o recurrir a un servicio de prevención ajeno que evalúe los riesgos, elabore informes e imparta antes del inicio de la prestación de los servicios, de forma gratuita y durante la jornada de trabajo cursos de formación e información.
- Según el artículo 4 (deber de cooperación) del capítulo II (concurrencia de trabajadores de varias empresas en un mismo centro de trabajo) del Real Decreto cuando concurran en un mismo centro de trabajo empresas y trabajadores autónomos deberán cooperar en la aplicación de la normativa de prevención de riesgos laborales existan o no relaciones jurídicas entre ellos. Y según el artículo 10 del capítulo IV, el empresario principal, en nuestro caso el empresario de Suminsitros Martínez además de cumplir con el artículo citado anteriormente, también deberá vigilar el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales por parte de las empresas contratistas o subcontratistas de obras y servicios correspondientes a su propia actividad y que se desarrollen en su propio centro de trabajo. Por tanto, una medida a llevar a cabo es facilitar la intervención de los autónomos en la aplicación de la normativa y otra medida sería asegurarse de que se cumpla la normativa por parte de sus empleados fijos de la empresa y por parte de los ajenos.
- Si la actividad que se realizase fuese alguna de las consideradas como actividades peligrosas del Anexo I del RD 39/1997, ¿sería obligatoria la constitución de un servicio de prevención propio? Razona la respuesta.
No sería obligatorio, puesto que el empresario, según el reglamento estaría obligado a constituir un servicio de prevención propio, cuando se trate de empresas que aún desarrollando alguna actividad incluida en el Anexo I del RD 39/1997 cuente entre 250 y 500 trabajadores.
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