ASUNTO: AMPARO DIRECTO
Enviado por Jerry • 1 de Noviembre de 2018 • 1.478 Palabras (6 Páginas) • 325 Visitas
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Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los hechos y abstenciones me constan y son ciertos, los cuales vienen a constituir los antecedentes del acto reclamado y son fundamento de los conceptos de violación que a continuación señalo y vienen a constituir los:
A N T E C E D E N T E S
Los antecedentes de los actos que vengo reclamado se encuentran contenidos a los autos del expediente número 2442/2016 siendo este es expediente de origen dentro del cual se presentó la negativa a admitir el incidente de resolución de litigio planteado en el juicio de la patria potestad y guarda y custodia de la menor, promovido por la C. CARMEN SALINAS parte actora, aduciendo que dicha incidencia fue entablada fuera de termino, desatendiendo el hecho de que con dicho trámite se persigue el establecimiento de la patria potestad y la guarda y custodia de la menor, lo que traduce dicha negativa en un grave atentado al interés superior del niño tal como lo establecen los tratados internacionales en los que México es parte y de la Constitución Federal, aclarando que en contra de dicha negativa por parte del juez natural, la suscrita entable el recurso de apelación el cual se resolvió en fecha 28 de marzo del año 2017 y fue notificada a la suscrita en fecha 30 del mismo mes y año, resolución que en esencia, confirma el auto que desecha el incidente planteado ante la H. Cuarta sala del tribunal superior de justicia del estado, dejando a la suscrita violándose sus derechos y en total estado de indefensión.
GARANTÍAS VIOLADAS
Las autoridades responsables violan en perjuicio de la quejosa las garantías individuales consagradas en los artículos 1, 4, 14 y 16 de nuestra Carta Magna.
CONCEPTOS DE VIOLACIÓN
La autoridad responsable viola en perjuicio de la queja y a la menor de edad lo establecido por el artículo primero constitucional, toda vez que existen derechos humanos violentados por parte de la autoridad jurisdiccional, lo cual tiene como consecuencia una vulneración grave a los derechos humanos inherentes al interés superior del niño, tales como impedir la convivencia con la menor para su pleno desarrollo.
La autoridad responsable viola en perjuicio de la queja y la persona menor de edad el artículo 4, en concreto con la obligación del Estado por velar que el interés superior del niño en las decisiones y actuaciones de los órganos jurisdiccionales, las cuales deben estar apegadas estrictamente a este principio constitucional, lo cual es evidente que no está siendo cumpliendo plenamente, puesto que es posible vislumbrar que el Juzgado de origen, como la Sala de Circuito Civil Zona Centro no realizan al negar el incidente promovido por la quejosa, y respetivamente el actuar de la Sala los cuales resultan inconstitucionales y actualizan una transgresión grave a la Constitución y a los menores involucrados en la litis, lo cuales por mandato constitucional deben recibir todos los derechos que nuestro Documento Fundamental y los tratados internacionales prevén.
Época: Décima Época
Registro: 2003913
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Libro XXII, Julio de 2013, Tomo 2
Materia(s): Civil
Tesis: XXXI.12 C (10a.)
Página: 1295.
Siendo esta la razón por la cual comparezco ante este H. Tribunal demandando el AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL a efectos de que las autoridades hoy responsables dicten una resolución congruente a las circunstancias reales que quedaron debidamente acreditadas en autos del juicio natural del cual emanan las violaciones al derecho tanto en la aplicación del derecho sustantivo como a las reglas esenciales del procedimiento.
Por todo lo anteriormente expuesto y fundado a este H. Órgano Colegiado muy atenta y respetuosamente le P I D O:
PRIMERO.- Se me tenga por presentado en los términos del presente escrito, solicitando EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL, en contra de los actos reclamados y sus efectos a las autoridades responsables, ya precisadas con anterioridad.
SEGUNDO.-Se requiera a las autoridades responsables para que en el término de ley, rindan sus informes justificados y asimismo remitan los autos originales del expediente de origen y el toca de apelación al H. Tribunal Colegiado del Duodécimo Circuito con residencia en Mazatlán, Sinaloa.
TERCERO.- Una vez substanciado el presente juicio de garantías por todas sus etapas procesales, se dicte resolución donde se me conceda EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL, por así proceder conforme a derecho.
PROTESTO LO NECESARIO
Culiacán, Sinaloa, a Abril del 2017
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C. CARMEN SALINAS
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