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Caso Groenlandia

Enviado por   •  27 de Junio de 2018  •  2.766 Palabras (12 Páginas)  •  228 Visitas

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La sentencia de la camara nacional de apelaciones del trabajo confirmó lo resuelto en primera instancia haciendo lugar al amparo y declarando la inconstitucionalidad de la noorma cuestionada. La suprema corte hizo lugar a la queja interpuesta por el Estado Nacional y revocó la sentencia.

5) La Soberanía:

Para ser persona plena del derecho de gentes, el Estado necesita el atributo de la soberanía. La Soberanía, en el plano internacional, encuentra sus límites naturales en la igualdad soberana de los Estados y en el propio derecho internacional, que impone a estas obligaciones. En rigor, la soberanía debe ser tomada en el derecho de gentes en un sentido relativo, como una soberanía limitada, por contradictorios que ambos términos parezcan. La inmediatez: suele decirse que, por ser soberano, el Estado esta sometido inmediatamente al orden jurídico internacional. Inmediatez significa que ente el Estado y el derecho de gentes no hay intermediarios: no es soberano un Estado que cedió el manejo de sus relaciones exteriores a otro Estado, por ejemplo, a través de un tratado.

Conviene también señalar que la soberanía estatal es un verdadero principio constitucional de la comunidad internacional.

El caso Portugal c/ India sobre el derecho de paso en 1955 Portugal presento una demanda contra India ante la Corte Internacional de Justicia sosteniendo que el territorio de Portugal en la península de la India comprendía tres distritos: Goa, Damao y Diu. Camao comprende también el territorio litoral, dos parcelas copletamente rodeadas por el territorio Indio y que constituyen enclaves: Dadra y Nagar-Aveli. Respecto de las comunicaciones de esos enclaves se plantea la cuestión de un Derecho de Paso e beneficio de Portugal en territorio de la India para que Portugal pueda seguir ejerciendo su soberanía, con su inmediatez característica, para esto la India debía cumplir con sus obligaciones. La india llevaba una campaña abiertamende desde 1950 por la anexión de terriororios portugueses que ha impedido ejercer el derecho de paso. La oposición mantenida por la India, resultó según la demanda, en completo aislamiento de Dadra y de Nagar.Avelo del resto del territorio portugués, impidiendo asi el ejercicio de la soberanía de Portugal. India plantea la incompetencia de la corte alegando que dicha cuestion corresponde a la jurisdicción exclusiva de la India pero no se reunen las condiciones necesarias en este caso. Dada la costumbre de hace siglos, la corte alega en la costumbre este derecho de paso, aceptado por las partes y con una obligación correspondiente. La practica supone que el soberano territorial tenía el poder discrecional de retirar o de rehusar su autorización, que siempre fue acordada, pero que no podría afectar la situación jurídica. En la práctica admitían el libre paso de personas privadas, funcionarios civiles mercaderías en general y también consiste en una autorización previa para fuerzas armadas y municiones.

La demanda de Portugal de derecho de paso esta subordinada al pleno reconocimiento y al ejercicio de la soberanía de la India sobre el territorio intermedio, sin ninguna inmunidad a favor de Portugal,lo cual la corte desestima, porque la India tiene poder de reglamentacion y control del derecho de paso de portugal. Por lo tanto se seguira ejerciendo ese derecho de paso sobre las personas privadas, funcionarios civiles y mercadería en general, pero no para fuerzas armadas, policía armada, ni armas, ni municiones y que la India no actuó en forma contraria a las oblicaciones que le impone el derecho de paso de Portugal para las personas privadas funcionarios y mercaderías.

6) En el caso Casime Carlos c/ Estado Nacional aparecen referencias a normas de Derecho de Mar, se produjo esa situación ante el planteamiento de inconstitucionalidad de un decreto de necesidad y urgencia que permitía a un buque de bandera extranjera la pesca en la zona económica exclusiva. Se plantea un recurso formalmente admisible, que ha puesto en tela de juicio la validez constitucional de un acto de autoridad nacional y la desición ha sido contraria a su validez. En la motivación de dicho acto administrativo sse invoca la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. De ahí es que surge cuestión federal de trascendencia a los efectos de esta vía de excepción. El capitan del barco pesquero argentino, el cual pueder ver menoscabado su derecho porque resulta legitimado paa excluir la concurrencia de pesqueros de bandera extranjera por ver afectadas sus condiciones y posibilidades de trabajo, el cual a su vez tiene sustento en el derecho internacional de los derechos humanos a que hace referencia e aart 75 inc 22 de la CN. El art 62 de la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho de Mar establece que el estado ribereño establecera su capacidad de capturar los recursos vivos en la zona económica exclusiva, cuando no tenga capacidad para capturar toda la captura permisible, eduant acuerdos u otros arreglos (como se dio en este caso) y de conformidad a las modalidades, condiciones y leyes y reglamentos teniendo en cuenta los art 69 y 70 de la misma convención. El estado que otorga el permiso tendra que tener en cuenta los recursos vivos de la zona para la economía del Estado y de los demas intereses nacionales. Se deberan tomar medidas de conservación, se podra dar conseciones, de determinaran las especies, se reglamentarán las temporadas de pesca y las areas, edad y tamaño de los peces, se determinara la información que deberan proporcionar los buques pesqueros, el embarque, la descarga en puertos del estado ribereño, modalidades de operación de las empresa, requisitos de información personal y de tecnología pesquera.

7) Según la nota de soberanía, la naturaleza del poder esatal consiste por un lado, en un poder autónomo supremo o summa potestas en la conducción de sus relaciones con sus propios sujetos, esto es el aspecto interno, yy por otro lado en un poder de deternimar libremente su conducta respecto de otros estados, esto es el aspecto externo. Los elementos de la soberanía estatal son: la población, el territorio y la organización política, bajo la idea global de soberanía que perminte calificas al Estad como una rganización independiente sobre una base territorial.

- La población: es el conjunto de personas que de modo permanente habitan en el es territorio del Estdo y están en general unidas a éste por el vínculo de la nacionalidad. Al caracterizar a la población como permanente se esta haciendo referencia a su estabilidad relativaa sobre el territorio del Estado. El hecho de que la población e identifique en principio con el cnjunto de personas que ostentan la nacionalidad

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