NO CONTENCIOSO CONCUBINATO
Enviado por antindual • 9 de Marzo de 2018 • Apuntes • 812 Palabras (4 Páginas) • 1.000 Visitas
JAVIOERA OLVERA LOPEZ
JUICIO: PROCEDIMIENTO JUDICIAL
NO CONTENCIOSO.
ESCRITO INICIAL.
JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO
DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCO
ESTADO DE MEXICO.
JAVIOERA OLVERA LOPEZ, por mi propio derecho y señalando como medio para oír y recibir notificaciones las Listas del Boletín judicial, autorizando como mi abogado patrono a la ********************** ante usted con el debido respeto comparezco para exponer:
Que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3.1 y 3.2 del Código de Procedimientos Civiles vigentes en el estado de México en vía de procedimiento judicial no contencioso, vengo a promover ante su Señoría DILIGENCIAS PARA ACREDITAR LOS HECHOS DE “CONCUBINATO”, relación que sostuve con el señor C. ARIAM CUE DE LA ROSA.
Lo anterior para acreditar mi calidad de concubina.
PRESTACIONES
A) EL RECONOCIMIENTO JUDICIAL sobre la IDENTIDAD DE PERSONA que determine la calidad de la suscrita JAVIOERA OLVERA LOPEZ, como “CONCUBINA” del señor C. ARIAM CUE DE LA ROSA.
Para la presente petición me fundo en los siguientes Hechos y consideraciones de Derecho.
HECHOS
1.- ARIAM CUE DE LA ROSA y la suscrita JAVIOERA OLVERA LOPEZ, a partir del año 2010 hicimos vida en común en una relación de concubinato, aclarando que aunque no contrajimos matrimonio civil siempre fuimos vistos para familiares y amigos, así como en nuestro entorno social como marido y mujer.
2.- De la relación que se hace referencia en el hecho que antecede, se procrearon dos hijos de nombres
Me permito adjuntar las actas de nacimiento respectivas de mis hijos, como anexo número 1.
3.-El ultimo domicilio que habitamos conjuntamente, como familia mi concubino ARIAM CUE DE LA ROSA y mis hijos lo es el ubicado en 3er Cerrada de Boulevard los Héroes Chalco, mz 32, lt40 casa 2 fraccionamiento los Héroes Chalco Estado de México, desde el año 2011 hasta abril del 2017.
4.- ARIAM CUE DE LA ROSA y la suscrita JAVIOERA OLVERA LOPEZ, nunca contrajimos MATRIMONIO CIVIL tal y como se acredita con la CONSTANCIA DE NO REGISTRO DE MATRIMONIO, como anexo numero 2.
5.-Viviamos en concubinato, estos hechos le constan a nuestra amiga MARÍA CARLOTA VALVERDE CASTILLO, y a la niñera de nuestros hijos, cuyo nombre es EVELIA RAMOS PACHECO, estas personas pudieron constatar y darse cuenta de la relación que desempeñábamos como familia.
PRUEBAS.
En cumplimiento a lo establecido en la fracción VI del artículo 3.2 del Código de Procedimientos Civiles, ofrezco a continuación los siguientes medios de convicción:
I.-LA DOCUMENTAL PUBLICA,
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