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COMO ES EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL

Enviado por   •  23 de Octubre de 2017  •  15.462 Palabras (62 Páginas)  •  547 Visitas

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TOTAL DE SANCION EN DIAS DE SALARIO MINIMO GENERAL VIGENTE EN EL DISTRITO FEDERAL 80

3.- El suscrito FELIPE ORTIZ MARTINEZ acredito mi interés jurídico con la BOLETA DE INFRACCIÓN FOLIO 4089017 que se adjunta.

4.- Como al suscrito FELIPE ORTIZ MARTINEZ se me sancionó, mediante la Boleta de Infracción a que me refiero en los puntos precedentes, sin tener el Integrante de la Policía Federal que la emitió, competencia material y territorial para hacerlo y transgrediendo con su actitud, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, es la razón por la que acudo ante Ese H. Tribunal a DEMANDAR SU NULIDAD, en consecuencia la cancelación de la misma.

5.- En fecha 02 de septiembre de 2015, se me levantó la infracción que se combate, fecha en que quedé notificado.

V.- PRUEBAS:

DOCUMENTAL, consistente en la BOLETA DE INFRACCIÓN FOLIO 4089017, que indebidamente se levantó en mi contra y cuya nulidad se demanda. Este documento se adjunta a este escrito como anexo número uno, constante de una foja.

INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES: Consistente en todas y cada una de las actuaciones que favorezcan a mis intereses.

PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANDA: En el mismo sentido que la probanza anterior, de la que se deducirá: que el Oficial de la Policía Federal de la División de Seguridad Regional de la Policía Federal VICTOR MANUEL COLMENARES CAMPOS, Expediente 4206, adscrito a la Estación CALPULALPAN, Entidad Federativa TLAXCALA, Municipio CALPULALPAN, en el kilómetro 85+000 de la Vía Federal LOS REYES-ZACATEPEC, Tramo [DATO ILEGIBLE]-APIZACO, que emitió la boleta de infracción que se combate, carece de facultades para hacerlo y aún más para sancionar al demandante; que no existe el hecho generador del acto que se impugna en virtud de que existe falta de fundamentación y motivación de parte de la autoridad que emite la boleta de infracción y sanciona; que la boleta de infracción ilegalmente emitida y las multas impuestas no están fundadas ni motivadas mucho menos circunstanciadas, de ahí, por qué tales actos son contrarios a derecho.

VI.- CONCEPTOS DE IMPUGNACION:

A G R A V I O S:

PRIMERO:

FUENTE DEL AGRAVIO: La ilegal Boleta de Infracción Folio 4089017 de fecha 02 de septiembre de 2015, levantada por el Oficial de la Policía Federal de la División de Seguridad Regional de la Policía Federal VICTOR MANUEL COLMENARES CAMPOS, Expediente 4206, adscrito a la Estación CALPULALPAN, Entidad Federativa TLAXCALA, Municipio CALPULALPAN, en el kilómetro 85+000 de la Vía Federal LOS REYES-ZACATEPEC, Tramo [DATO ILEGIBLE]-APIZACO, respecto del vehículo: AUTOMOTOR Marca FREIGHTLINER, Tipo TRACTOR, Modelo 2000, No. de Serie 3AKYDSE9BYD675390, No. de Motor 06R0555944, Placas de Circulación 31AA8E de Servicio Público Federal y SEMIRREMOLQUE Marca ATRO, Tipo PLATAFORMA, Modelo 2013, No. de Serie 3T73KM34SD2000957, Placas de Circulación 306WR4 de Servicio Público Federal; boleta de infracción determinante de multas cuya suma asciende a 80 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, por haber incurrido supuestamente en infracciones al Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal.

DISPOSICIONES VIOLADAS: Artículo 16 de la Carta del constituyente; por inexacta aplicación los artículos 21 párrafo noveno Constitucional; 75 fracción II de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Publica; 1, 2 fracción I, 4 fracción IV, 8 fracciones I, III incisos a), c), d) y e), V, XXXIII, XXXV, XXXVI, XLVII y Segundo Transitorio de la Ley de la Policía Federal; 70 Bis, 74 Bis fracciones I, II y segundo párrafo, 74 Ter fracciones I, II, III, IV y V, 79 Bis fracción I de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 1, 5 fracciones II inciso c), VI y penúltimo párrafo, 10 fracciones IV y VII, 13 fracciones XVIII, XIX y XXI, 41 apartado A fracción II, 42 fracciones XXXIV, XXXV, XXXVI, XLIII y XLIV apartados B, C, D y E, 108 fracciones I apartados A, B, C, II apartados A, B, C, III apartados A, B, C, y IV apartados A, B, C, D del Reglamento de la Ley de la Policía Federal; 4, inciso B, fracciones VII y IX, 194, 195 fracción III, 199, 200, 203, 205 y 207 del Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal; PRIMERO, fracciones I, II y III, SEGUNDO, fracción II incisos a), b), c) y d) y TERCERO del ACUERDO 01/2010 del Titular de la División de Seguridad Regional de la Policía Federal, por el que se expiden Lineamientos de operación para el imposición de sanciones por violación a las disposiciones legales en materia de tránsito, autotransporte federal, sus servicios auxiliares y transporte privado, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de octubre de 2010, en relación con los artículos PRIMERO, SEGUNDO y TERCERO fracción XXIX apartado A, Seguridad Preventiva 3, inciso _ del ACUERDO 01/2011 del Secretario de Seguridad Publica, por el que se determinan las circunscripciones territoriales en las que tendrán competencia las Coordinaciones Estatales de la Policía Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de febrero de 2011; y SEGUNDO transitorio primer párrafo del DECRETO por el que se reforman y adicionan diversos artículos del Reglamento de la Secretaria de Gobernación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 04 de enero de 2013; artículo 3 fracciones I y V de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; artículo 51 fracción I de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; todos los artículos en relación con los artículos 14 y 16 de la Carta del Constituyente.

CONCEPTO DEL AGRAVIO: Al emitirse la Boleta de Infracción Folio 4089017 de fecha 02 de septiembre de 2015, levantada por el Oficial de la Policía Federal de la División de Seguridad Regional de la Policía Federal VICTOR MANUEL COLMENARES CAMPOS, Expediente 4206, adscrito a la Estación CALPULALPAN, Entidad Federativa TLAXCALA, Municipio CALPULALPAN, en el kilómetro 85+000 de la Vía Federal LOS REYES-ZACATEPEC, Tramo [DATO ILEGIBLE]-APIZACO, respecto del vehículo: AUTOMOTOR Marca FREIGHTLINER, Tipo TRACTOR, Modelo 2000, No. de Serie 3AKYDSE9BYD675390, No. de Motor 06R0555944, Placas de Circulación 31AA8E de Servicio Público Federal y SEMIRREMOLQUE Marca ATRO, Tipo PLATAFORMA, Modelo 2013, No. de Serie 3T73KM34SD2000957, Placas de Circulación 306WR4 de Servicio Público Federal; boleta de infracción determinante

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