ANALISIS DE SENTENCIA T-555DE 2011.
Enviado por Rimma • 1 de Mayo de 2018 • 973 Palabras (4 Páginas) • 467 Visitas
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- Pero la corte hace alusión a que este objetivo es legítimo constitucional mente pero que lo expuesto en la carta (Lo señalado) no es suficiente para hacer ese tratamiento pues el objetivó está bien pero la aplicación es equivocada se puede recurrir a otros medio ya expuesto.
5-DECISION: La Sala Sexta de Revisión de la Corte Constitucional, administrando justicia en nombre del pueblo y por mandato de la constitución:
RESUELVE
5.1- Revocar el fallo dictado por el Tribunal Superior de Cundinamarca Sala Civil- Familia, que confirmo la negación del amparo dictada por el Juzgado Promiscuo de Familia Circuito Facativa, pues no fue atendida de forma apropiada la petición del amparo pues el objeto carece.
5.2- Declaración de la carencia del objeto por daño consumado.
5.3- PREVENIR: Al colegio para que tome medidas para la no repetición de situaciones como la que dio origen a esta acción de tutela.
5.3.1-ORDENARLE: Que en un término no mayor a 48 horas modifique el artículo 44 de su manual de convivencia del centro de estudios y lo demás que sea necesario para prevenir esta clase de situaciones en la ceremonias de grado por cada periodo lectivo.
5-4: Por secretaria general, LIBERESE la comunicación a que alude el articulo 36 del decreto 25 de 1991.
Cópiese, notifique, comuníquese a la Gaceta de la corte Constitucional y cúmplase.
6-POSTURA CRÍTICA: Las instituciones educativas del País deben velar por la buena formación de los estudiantes académicamente, buscar la manera que prestar los servicios básicos para dicha formación o en efecto si se puede mayores servicios también, para que los estudiantes se sientan complacidos y atraídos a la educación hasta terminar la formación culminado con el bachillerato, pero que el estudiante también ponga de su parte para complementar de manera efectiva esta formación, que puede darce mediante incentivos por parte del Colegio o plantel como en las materias definidas en las que el estudiante es bueno, reconocimiento en público en cualquier ceremonia dada en el trascurso del tiempo escolar o que al final de su bachillerato (UNDECIMO) el Colegio tenga prioridades para los estudiantes más destacados en las pruebas de Estado o del mismo plantel o si no un premio que no altere susceptibilidad en los demás compañeros posteriores a ellos.
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