Essays.club - Ensayos gratis, notas de cursos, notas de libros, tareas, monografías y trabajos de investigación
Buscar

Apuntes de procesal Laboral

Enviado por   •  1 de Noviembre de 2018  •  2.873 Palabras (12 Páginas)  •  372 Visitas

Página 1 de 12

...

CUANTIFICACIÓN POR DESPIDO (LIQUIDACIÓN)

a) Indemnización Constitucional 3 meses de salario

180 días (3 meses) X Salario diario integrado

b) Aguinaldo

15 días X Salario diario integrado

c) Vacaciones

días de vacaciones (según tiempo trabajado, ver tabla) X Salario diario integrado

d) Prima Vacacional

e) Prima de Antigüedad

12 días por año trabajado X Salario diario integrado

- Renuncia.

La Renuncia es una decisión mediante la cual una persona se separa voluntariamente de su ámbito habitual de trabajo.

El pago del finiquito solo opera bajo este supuesto y comprende:

CUANTIFICACIÓN POR RENUNCIA (FINIQUITO)

a) Salario diario por tiempo trabajado

# días trabajados (No pagados hasta ese momento) X Salario diario integrado

b) Aguinaldo

# días de aguinaldo generados (Parte proporcional) X Salario diario integrado

c) Vacaciones

# días de vacaciones generados (Parte proporcional) X Salario diario integrado

d) Prima Vacacional

25% del valor de vacaciones proporcionales generadas (Parte proporcional)

- Convenio.

El convenio es un documento que en el que se pacta una cierta cantidad con la intención de llegar a juicio, ambas partes se someten al arbitrio. Las prestaciones que se pueden convenir según negociación son:

- Aguinaldo

- Vacaciones

- Prima Vacacional

La negociación parte de: 1 mes y medio de Salario + Prestaciones (Aguinaldo, Vacaciones y prima vacacional)

- Audiencia CDE

Artículo 873 LFT

La audiencia de Conciliación Demanda y Excepciones, se desarrolla en 2 etapas, comprendidas dentro de la misma audiencia.

- Conciliación

- Demanda y Excepciones.

Una vez que las partes se presentan en la Junta señalada en el auto de radicación, en fecha y hora indicada, se procede a la Audiencia de Conciliación Demanda y Excepciones.

Etapa de Conciliación

- Las partes deberán comparecer (Apersonarse a juicio).

Actor.- Acredita personalidad y se identifica, esto puede ser personalmente o por conducto de su apoderado legal, mismo que tendrá que acreditar personalidad en términos de carta poder expedida a su favor e identificándose.

Demandado.- Acredita personalidad y se identifica, este puede acreditar personalidad en términos del testimonio notarial (Si es que se encuentra en el) o términos de la carta poder que se relacione con el testimonio notarial.

II. La junta por conducto de su funcionario conciliador exhorta a las partes a llegar a una solución justa para dar por terminada la controversia.

II-A. En caso de que lleguen a un acuerdo, se procede a la elaboración de un convenio, aprobado por la junta y éste producirá efectos legales similares al laudo.

II-B. En caso de no llegar a un acuerdo se les tendrá por inconformes y se pasará a la Etapa de Demanda y Excepciones

Etapa de Demanda y Excepciones

- El actor, expondrá personalmente o por conducto de su apoderado legal su demanda, ratificándola, aclarándola, modificándola y/o precisando sus puntos petitorios.

- La junta prevendrá al actor de subsanar requisitos omitidos, para que lo haga en ese momento.

- Expuesta la demanda, el demandado procederá a dar contestación oponiendo excepciones y defensas, debiendo referirse a todos y cada uno de los puntos controvertidos, ya que en caso de no contestar, estas omisión se darán por contestadas en sentido afirmativo.

- Las parte solo podrán replicar y contrarreplicar por una sola vez.

- Si el demandado reconviene, esta se deberá contestar de inmediato o a solicitud, la junta deberá acordar la suspensión de la Audiencia, señalando fecha y hora para su continuación.

- Una vez expuestos los anteriores, la Junta acuerda que se tiene por admitida la demanda y la contestación y se señala fecha y hora para la Audiencia de Ofrecimiento y Admisión de las Pruebas.

- Declara cerrada la Etapa

- Audiencia OAP

Artículo 879 LFT

La Audiencia de Ofrecimiento y Admisión de Pruebas consta de 2 Etapas

- Ofrecimiento de Pruebas

- Admisión de las Pruebas

Previo al desarrollo de las Etapa de Ofrecimiento de pruebas, nuevamente las partes deberán comparecer (apersonarse a juicio). Una vez habiendo comparecido, se procede.

Etapa de Ofrecimiento de Pruebas

- El actor ofrecerá sus pruebas en relación con los hechos controvertidos.

- El demandado podrá objetar las pruebas ofrecidas por su contra parte y podrá inmediatamente después ofrecer las suyas.

- El actor podrá a su vez objetar las de su contraparte.

Etapa de Admisión de Pruebas

Al momento en que la junta resuelve sobre las pruebas admitidas y las que se desechan, se cierra la etapa de ofrecimiento y se abre la etapa de Admisión de Pruebas.

En esta etapa solamente se desarrolla, mediante el acuerdo emitido por la Junta, en

...

Descargar como  txt (19.2 Kb)   pdf (70 Kb)   docx (25.3 Kb)  
Leer 11 páginas más »
Disponible sólo en Essays.club