EL PROCESAL LABORAL es el camino o método para producir un resultado
Enviado por Sara • 20 de Septiembre de 2018 • 6.315 Palabras (26 Páginas) • 401 Visitas
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Un ejemplo el ingeniero contrata a los maestros de obra y estos a su vez contratan a los empleadores, entonces el ultimo dice que el maestro no ha pagado, el maestro dice que no paga porque el ingeniero no responde, que pasa si el trabajador falleció, ahí demando en solidaridad, aparentemente el que tiene mayor plata es el ingeniero pero es de responsabilidad, entonces demando como abogado, a los maestros, que pueden ser pruebas de que llevaron a los trabajadores y demando en solidadridad al ingeniero y maestro,
En esos procesos de única instancia seguirá asi
- dirección.
- HECHOS. Se ria el señor pedro fue contratado por la señloira rosa en un contrato posiblemente verbal, siempre que vamos a demandar se colocara como primer hecho los EXTREMOS DE LA DEMANDA, que es el inicio del contrato de trabajo y finalización, para que el juez sepa si es contrato verbal, escrito contrato de obra, entonces de primero en la demanda van estos extremos.
- Depsues van las pretensiones de la demanda, entonces sírvase señor juez reconcoer al trabnajador cuya dueña es maria, para que le concecda el beneficio entonece sorvase llamar a rosa, posiblemente otros trabajadores, en el segundo caso de debe citar al ingeniero, al maestro y a los demás obreros para que declaren en el juicio con el fin de que sena cancelado todos las prestaciones sociales y en caso que no tenga afiliación de riesgos profesionales se debe adelantar un proceso civil
- Vienen los argumentos con la parte positiva e ir al código y revisar los artículos del código sustantivo del trabajo y hacer la argumentación citando cada articulo,
Una vez reunidos todos estos el juez resuelve todo porque es un proceso de única instancia lo mas importante son la pruebas si las partes no están de malas fallo con lo que tiene, en ese proceso como se le ha corrido traslado el demandando tendrá derecho aportar sus pruebas y el juez resuelve las excepciones previas y de fondo
Las excepciones Previas atacan las formalidades y las de fondo las pretensiones
El proceso ordinario entonces de dos instancias
- Forma escrita con la presentación de la demanda en esta fase el juez tiene dos caminos que son admisión o rechazo, si la rechaza por formalidades tienes cinco días para corregirla, si la admite entonces hay 10 días para contestarla, en esa primera audiencia el demandado puede proponer as excepciones previas como también puede proponer incidentes.
Los trabajadores oficiales son aquellos que por lo general están en el compartimiento de oficios varios de mantenimiento de los establecimientos las demandas de estos trabajadores iran al juzgado laborales
Un perito puede descubrir unapersona en un delito puede hace r experticios
El empleado publico las demandas van antes juzgado adminsitrativo,
- El pleito pendiente entre las mismas partes y el mismo asunto, si hagouna audiencia de conciliación nopuedo luego solicitar que me paguen esos mismo
- No llamar a la demanda a todos los litisconsortes necesarios, ejemplo unos muchachos trabajaban con tigo, y estos antes con y, antes con z y antes con t, la pregunta es a quien le reclmo, esto es una SUSTITUCION PATRONAL, de empleador, porque z recogió las acreencias de t hasta que x recongio todas las acomuladas pero entonces responde tigo, entonces tigo le paga a todos, entonces en un momento de la demanda, entones tengo que llamarlos a t,z,y,x entonces tienen que hacer unas negociaciones, t tenia que liquidar y temrinimnar los contratos y sanear, entonces cada unoi tenia que ahcerlo, pero ncomo no lo hicieron entonces se llaman a todos, esto puede ser una excepción previa nollamar a todos
- No llamar a las personas que la ley dispone citar, personas que van a ser como una prueba testimonial o documental,
- Haber notificiado el auto admisorio de la demanda a persona distinta de la que fue demandada, hoy en dei, se autorizo desde el año pasado notificarse a través de un poder, es decir a través de un tercero, lo flexibilizo, hay empresa con trabajadores de popayan, y se tnian que venir hasta aca, ahora se notifican a través de UNA TERCERA PERSONA, entonces en la notificación posiblmente se daba un poder a un abogado, pero no lleva la onotacion de notificarse a taves de el, entonces quedaba mal notificada, entonces al quedar mal notificada la puede excdepcionar perfectamente, entonces el que se notifico no es lapersonal real.
- Falta de jurisdicción y competencia, estas son las enmarcadas en un mapa la jurisdicción del cauca, a los jueces de popayan les corresponde la jurisdicción del tambo, timbio, rosas, purace, piendamo cajibio. A bolívar, que eta compuesto por san sebastian, la vega, sucre, almaguer, Piamonte, para el patia, esta balboa, Argelia, Florencia, mercaderes, para Santander de quilichao esta, caloto, miranda, puerto tejada, villarica, suares, padilla guachene caldono, para guapi esta timbiqui lopez de micay. Entonces si el trabajador esta en puerto tejada, si el promiscuo trabaja ahí en el municipio ahí esta la empresa.le corresponde ahí, sino entonces le corresponde a Santander. Entonces LA COMPTENCIA, seria cual es el juez competente para llevarle e proceso, la competencia son juzgados laborales y juzgados adminsitrativs, entonces JUEZ LABORAL, es la competencia rabajadores privados y oficiales, Y PLOS JUEZCES ADMINISTRATIVOS, son los empeados públicos.
- INEXISTENCIA DEL DEMANDANTE O DEMANDADO, entonces tenemos que ver lo que es un genree y un representante legal de una empresa con persona jurídica, o ambos pueden hacer la misma parte, ejemplo, MOLINOS SA, entonces lo que se hace es llamar al señor representante legal, no siempre el representate legal es el que apodere, puede ser que serlo represente el gerente, o puede ser al contrario, o a veces puede ser una sola persona el representante legal y el genrenre, se tiene que tener cuidado, a quien llama a una conciliación es a aquel persona que lo llamo a firmar el contrato o a trabajar.
08-03-2015.
LOCUS REGITNETUM O LEX LOCI LABORIS
EXEQUATUR. Principio que se le da a las sentencias extrangeras una vez homolagadas con las normas del pais.
PRINCIPIO DE PRETECCIONISMO PARA EL TRABAJADOR, esta la favorabilidad,
29-03-20’16
JUAN MENDEZ
Habla
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