Calculo ptu
Enviado por Helena • 4 de Diciembre de 2018 • 955 Palabras (4 Páginas) • 288 Visitas
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año
secretaria 115, 200 360
Cajera 65,200 276
Vendedor 1 74,100.00 320
Vendedor 2 56,000.00 360
Vendedor 3 86,300.00 310
Velador 56,300.00 360
Chofer 1 36,000.00 320
Chofer 2 38,900.00 360
Afanadora 25,600.00 350
Bodeguero 75,410.00 360
Totales 629,010.00 3,376
NOTA: Considerar que para el cálculo de la siguiente actividad
El porcentaje a repartir es del 50 % de la P.T.U.
Reparto individual de la P.T.U. a los trabajadores de la Empresa:
Importe la de la P.T.U. a repartir por el ejercicio de 2002: $ 852,249.00•
Procedimiento de reparto individual de utilidades
En atención a la primera nota que nos indica que el porcentaje a repartir es del 50% de la P.T.U. consideraremos lo siguiente de acuerdo a la información para la De-terminación de la PTU a repartir para el ejercicio 2002 de donde extraemos la siguiente información:
Base de Reparto para PTU 852,249.00
% de PTU 50%
PTU determinada para ejercicio 2002 426,124.50
Por lo que considerando el artículo 123 de la LFT PROCEDEREMOS a dividir la utilidad repartible, $ 426,124.50 en dos partes iguales:
a) La primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, inde-pendientemente del monto de los salarios. ($ 213,062.25 entre 3376 días laborados en el año por los trabajadores es igual a $63.1108 de utilidad por día trabajado)
b) La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devenga-dos por el trabajo prestado durante el año” ($ 213,062.25 entre $ 629,010.00 del monto del salario devengado en el año por los trabajado-res es igual a $ 0.3387 de utilidad por peso ganado)
Con lo que obtendremos la siguiente tabla:
Puesto del empleado Salarios anuales devengados
$
A Días traba-jados en el año
B Factor días
63.1108
C P.T.U por día
D=B+C Factor Salario
$ 0.3387
E P.T.U. por salario
F=A+E TOTAL de P.T.U.
G=D+F
secretaria 115, 200 360 63.1108 22,719.90 0.3387 39,021.30 61,741.20
Cajera 65,200 276 63.1108 17,418.60 0.3387 22,084.95 39,503.55
Vendedor 1 74,100.00 320 63.1108 20,195.50 0.3387 25,099.60 45,295.10
Vendedor 2 56,000.00 360 63.1108 22,719.90 0.3387 18,968.70 41,688.60
Vendedor 3 86,300.00 310 63.1108 19,564.35 0.3387 29,232.10 48,796.45
Velador 56,300.00 360 63.1108 22,719.90 0.3387 19,070.30 41,790.20
Chofer 1 36,000.00 320 63.1108 20,195.50 0.3387 12,194.10 32,389.60
Chofer 2 38,900.00 360 63.1108 22,719.90 0.3387 13,176.40 35,896.30
Afanadora 25,600.00 350 63.1108 22,088.80 0.3387 8,671.40 30,760.20
Bodeguero 75,410.00 360 63.1108 22,719.90 0.3387 25,543.30 48,263.30
Totales 629,010.00 3,376 213,062.25 213,062.25 426,1124.50
Como se puede apreciar cada trabajador percibe de acuerdo a su aportación en la generación de la utilidad de la empresa. La información que se presenta es antes de considerar el ISR y los subsidios correspondientes al impuesto respectivo.
No debemos olvidar que de acuerdo al artículo 122 de la LFT la PTU debe pa-garse dentro de los siguientes 60 días después de la fecha en que se debe de presen-tar la declaración fiscal correspondiente al ejercicio y tampoco olvidemos que hay per-sonas morales exentas de la obligación como aquellas que aún no cumplen un año de ejercicio fiscal o aquellas que elaboran un producto nuevo en sus dos primeros años o las industrias extractivas cuando están en su etapa de exploración, así como el IMSS y empresas descentralizadas con fines culturales asistenciales o de beneficencia.
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