DERECHO PROCESAL FISCAL TRABAJO
Enviado por Christopher • 26 de Noviembre de 2018 • 969 Palabras (4 Páginas) • 413 Visitas
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En términos de los articulo 8 fracción I y 9 fracción II de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, solicitaría el sobreseimiento por improcedencia de la demanda, toda vez que al no estar debidamente legitimado no se afectan los intereses jurídicos del demandante.
6) Usted es el abogado de un contribuyente en un juicio de nulidad, en cuya demanda ofreció una prueba pericial contable, para que la Sala le admita dicha prueba ¿como debería ofrecerla?
En términos del articulo 14 fracción V, párrafo segundo de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, ofrecería dicha pericial precisando los hechos sobre los versa la misma, señalando los nombres y domicilios del perito o de los testigos.
7) La Sala del TFJA al acordar la admisión del dictamen pericial que presentó expresa que le desecha el mismo por ser extemporáneo y Usted está seguro y es evidente acordó indebidamente su desechamiento la Sala, que puede hacer en un caso así?
De acuerdo a lo establecido por el artículo 59 segundo de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, interpondría ante la Sala o Sección respectiva el Recurso de Reclamación, toda vez que este es procedente en contra de las resoluciones del Magistrado Instructor que desechen o tengan por no presentada alguna prueba.
8) Si se da cuenta durante la etapa de alegatos que necesita solicitar la suspensión, lo puede hacer? Y si aun es posible, como lo haría?
Solitaria la suspensión de la ejecución del acto administrativo impugnado, toda vez que de acuerdo a lo establecido por el articulo 28 fracción III inciso a) de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, dicha solicitud podrá ser formulada en la demanda o en escrito diverso presentado ante la Sala en que se encuentre radicado el juicio, en cualquier tiempo mientras no se dicte sentencia definitiva.
9) Si le notifican una sentencia de nulidad en la que le otorgan la nulidad para efectos, que puede hacer si esta no se ajusta a sus pretensiones iniciales de demanda?
Toda vez que la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, no contempla recurso alguno para que el particular pueda impugnar las sentencias definitivas emitidas por el Pleno, las Secciones de la Sala Superior o por las Salas Regionales del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el recurso idóneo a ejercitar seria el Amparo Directo, ante el Tribunal Colegiado de Circuito correspondiente, ello tomando en consideración la disposición contenida en los artículos 34 y 170 fracción II de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
10) Si desea llevar su juicio de nulidad en modalidad en línea, que necesita para ello?
De conformidad con el articulo 13 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, al momento de presentar la demanda se deberá manifestar el deseo de substanciar dicho Juicio de Nulidad a través del Sistema de Justicia en Línea.
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