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“EL ACCESO A LOS SERVICIOS PÚBLICOS COMO DERECHO FUNDAMENTAL EN COLOMBIA”

Enviado por   •  26 de Abril de 2018  •  3.712 Palabras (15 Páginas)  •  596 Visitas

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LOS SERVICIOS PÚBLICOS, SU NATURALEZA Y ALGUNOS DE SUS PUNTOS CONTROVERSIALES

Los diferentes órdenes incluidos entre los servicios públicos hacen de ellos un esquema amplio y complejo en su clasificación, León Duguit[5] los define como actividades de naturaleza estatal que necesariamente deben ser reglamentadas y garantizadas por el gobierno, pues representan una pieza indispensable cuando se habla de calidad de vida y esencialidad humana, motivo por el cual se restringen en la zona de los derechos fundamentales.

A pesar de estas puntualizaciones sobre la zona a la cual deberían asociarse los derechos públicos en nuestro país, es importante mencionar la relación de los mismos con el campo industrial y económico, que genera una percepción de actividades privadas dentro del concepto esquemático de lo estatal, lo cual debate el concepto expresado inicialmente. Así encontramos, que los servicios públicos se constituyen como un campo de disposición colectiva, que requiere administración pública.

Al ser un complejo que influye en la vida de un colectivo amplio, cuya garantía es responsabilidad del gobierno, no se puede convertir en el fin de lucro, ni en el producto de comercio de entidades particulares, pues, en efecto, la demanda de estos servicios es amplia, contundente y constante, por lo que iniciativas privadas no la podrían satisfacer en su totalidad de forma adecuada, haciendo énfasis en el hecho de que las solicitudes colectivas amplias y obligatorias son las que motivan la organización pública.

En este orden de ideas, los servicios públicos no corresponden a actividades de fines exclusivos monetarios, en donde se explota alguna materia prima para procesarla, comerciarla y obtener una ganancia considerable, son más bien, acciones organizadas de carácter público cuyo propósito es satisfacer algunas de las necesidades básicas de la población de un determinado territorio de forma prolongada, coherente con la legislación correspondiente y equitativa para todas las personas involucradas.

LOS SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS Y SUS CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES

Son una categoría singular de los derechos públicos. Se definen de forma práctica como redes tangibles de elementos y personas que tienen fin en los diferentes domicilios o recintos, cuyo propósito es concreto y se relaciona con la promoción de la vida digna para la población. Actualmente en el territorio nacional encontramos en el marco de los servicios públicos domiciliarios, el acueducto, el alcantarillado, el saneamiento básico, el agua potable, el gas combustible y la energía eléctrica; no estipulamos en esta sección los servicios de telefonía y relacionados, por que se encuentran referenciados y debidamente reglamentados en otra sección constitucional, gracias a la Ley 1341 de 2009 que los discriminó de los demás servicios por sus características particulares.

La reglamentación especializada en servicios públicos domiciliarios de nuestro país, concreta de forma expresa el compromiso obligatorio que tiene el estado de promover y garantizar la distribución efectiva de los servicios públicos de forma imparcial, procurando superar la desigualdad en este campo y velando por la vida digna de cada colombiano.

De acuerdo a esto, los derechos públicos domiciliarios se deben otorgar de manera justa y universal, no deben perder su continuidad porque satisfacen requerimientos esenciales de las comunidades y deben ser eficaces para llegar a todos los sectores sociales. Deben estar regidos por la legislación adecuada y contar con un régimen jurídico especial de derecho público.

A pesar de que mantienen relación con actividades económicas privadas, son de interés colectivo, su carácter esencial los hace insustituibles y representan la garantía de dignidad humana para todas las personas que se encuentren cobijadas estatalmente por ellos, por lo que es responsabilidad del gobierno la verificación de su distribución eficiente y el acceso a ellos por parte de todos los habitantes del país, sin importar su ubicación geográfica o actividad económica.

LA EDUCACIÓN COMO SERVICIO PÚBLICO Y DERECHO FUNDAMENTAL PARA EL DESARROLLO DE LA SOCIEDAD COLOMBIANA

La educación, como se establece en la misma constitución1, es “(...) un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, y a los demás bienes y valores de la cultura.” Es decir que la educación es un servicio público y un derecho de los sujetos, que puede ser prestado por el estado o por particulares, y en ese caso el estado deberá llevar un seguimiento y control tanto a los prestadores, como al servicio que estos brinden, que deberá cumplir con lo planteado tanto en la constitución política y como en la ley correspondiente al nivel educativo que esta proporcione.

Esto se plantea con el fin estatal de velar por la calidad educativa, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación, intelectual y física de los habitantes del territorio nacional. Lo anterior debería expresarse en una mejora de la calidad de vida de los sujetos, en la mejora de la capacidad de ser críticos y de elegir, y como lo plantean Vincezi & Tudesco[6], en una sociedad más equitativa y justa en la que se de igualdad de oportunidades para “acceder a recursos que les permitan acrecentar su autonomía”.

Para reglamentar el seguimiento y control a las instituciones educativas particulares, los entes de inspección y vigilancia así como la participación de las entidades territoriales en la dirección, financiación y administración de los servicios educativos estatales, se tiene como marco jurídico las leyes 115 de 1994 y 715 de 2002 para instituciones dedicadas a los niveles de preescolar, básica y media. Mientras que si la institución se dedica a la educación superior, deberá cumplir con lo establecido en la ley 30 de 1992.

Más sin embargo, es visible en el panorama nacional que algo, ya sea en la vigilancia o en las mismas leyes, o inclusive en el modelo educativo implementado, no está funcionando de manera correcta, la educación no está cumpliendo con su misión. Los sujetos no están siendo formados para la autonomía y el pensamiento crítico, sino para las competencias, para memorizar los contenidos escolares, más no para entender la forma en que éstos se relacionan con su vida y su entorno y de este modo entenderse como parte de un contexto frente al cual se deben asumir responsabilidades como la de ser críticos y elegir con base en este criterio.

Una fehaciente muestra

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