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La Constitucionalización del Derecho Privado

Enviado por   •  6 de Diciembre de 2018  •  922 Palabras (4 Páginas)  •  257 Visitas

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Derechos Reales y Derechos personales

Los derechos reales pueden definirse como la relación jurídica existente entre una persona y una cosa.

Los derechos personales o de crédito son derechos patrimoniales relativos, es decir que sólo existen en las relaciones de ciertas personas entre sí.

También han sido denominados así por poderse ejercer sólo respecto de una persona o personas determinadas, que pueden ser naturales o jurídicas, en contraposición a los derechos reales, que son derechos oponibles contra todo mundo. O lo que es lo mismo, que se pueden ejercer en contra de todo el conglomerado social, ya que, los demás miembros de la sociedad tienen el deber de abstenerse de realizar conductas que se dirijan a vulnerar los derechos de cualquier integrante de la sociedad, y de este modo respetar no sólo los derechos consagrados, sino, la convivencia social

Una obligación es un vínculo jurídico en virtud del cual un acreedor puede exigir de un deudor el cumplimiento de una prestación que puede ser de dar, hacer o no hacer; al punto cabe reiterar que la prestación que materializa la obligación goza de una virtud importantísima: el acreedor puede exigirla judicialmente. Existen otros dos institutos que en la academia se han tendido a confundir a nivel nacional: los deberes y las cargas y por consiguiente plantean problemas para identificar cuándo nos encontramos efectivamente frente a una obligación y cuándo no.

Existe un vínculo jurídico entre un sujeto activo llamado acreedor y un sujeto pasivo llamado deudor; en virtud del cual este último se encuentra en la necesidad de cumplir con una prestación o conducta positiva de dar o hacer, o una conducta negativa o abstención que consiste en un no hacer, mientras que el acreedor puede exigir, incluso judicialmente, su cumplimiento forzoso o su equivalente en dinero, el así llamado subrogado pecuniario, es decir, el acreedor puede hacer valer su crédito ante el deudor acudiendo al derecho objetivo por medio de las acciones que este le otorga.

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